Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2014 (25/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano Sabado 25 de octubre de 2014

PROYECTO

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el fin que los habitantes y las generaciones futuras gocen de salud y seguridad; Que, ante esta situacion, el Comite Permanente para la Construccion Sostenible y la Direccion General de Politicas y Regulacion en Construccion y Saneamiento del Viceministerio de Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - MVCS, sustentan la necesidad de aprobar una MORDAZA tecnica denominada Codigo Tecnico de Construccion Sostenible, a fin de promover las eficiencias energetica e hidrica en las edificaciones, estando a las condiciones bioclimaticas de la localidad en que se desarrolle, comprendiendo; entre otros; el aprovechamiento de las aguas residuales tratadas y la utilizacion de artefactos o sistemas con eficiencia energetica; Que, con Informe Nº 005-2014/VIVIENDA-VMCSDGPRCS, la Direccion General de Politicas y Regulacion en Construccion y Saneamiento del Viceministerio de Construccion y Saneamiento del MVCS, hace MORDAZA el Informe Nº 040-2014-VIVIENDA-VMCS/DGPRCS/DC, de la Direccion de Construccion, en el cual se solicita la publicacion del citado proyecto, a fin de difundir y recibir sugerencias y comentarios; Que, en tal sentido, es necesario disponer la publicacion del referido proyecto de MORDAZA, en el Diario Oficial El Peruano y, en el MORDAZA institucional de este Ministerio en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia, a fin que las entidades publicas y privadas, asi como las personas interesadas alcancen sus observaciones, comentarios y/o aportes, por via electronica a traves del MORDAZA institucional, de acuerdo al articulo 14 del Decreto Supremo Nº 0012009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio; y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General; SE RESUELVE: Articulo 1.- Dispongase la publicacion del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Codigo Tecnico de Construccion Sostenible y su Exposicion de Motivos, en el Diario Oficial El Peruano y, en el MORDAZA institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) por el plazo de treinta (30) dias habiles contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el citado Diario, a efectos de recibir las observaciones, comentarios y/o aportes de las entidades publicas, privadas y de la ciudadania en general. Articulo 2.- Encargase a la Direccion de Construccion de la Direccion General de Politicas y Regulacion en Construccion y Saneamiento, la consolidacion de las observaciones, comentarios y/o sugerencias que se presenten respecto del proyecto de Codigo Tecnico de Construccion Sostenible referido en el articulo precedente, que se recibiran a traves del correo electronico rprieto@ vivienda.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento DECRETO SUPREMO Nº -2014-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, dispone que toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno

desarrollo de la MORDAZA, y el deber de contribuir a una efectiva gestion ambiental y de proteger el ambiente, asi como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservacion de la diversidad biologica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del pais; Que, de acuerdo a la Ley Nº 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - MVCS, este Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, proteccion e integracion de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, facilita el acceso de la poblacion; en especial de aquella rural o de menores recursos; a una vivienda MORDAZA y a los servicios de saneamiento de calidad y sostenibles; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado con Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, establece que corresponde a la Direccion General de Politicas y Regulacion en Construccion y Saneamiento del Viceministerio de Construccion y Saneamiento, aprobar o proponer normas y procedimientos, entre otros, sobre el desarrollo de la construccion sostenible, en coordinacion con los organos competentes; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2006VIVIENDA, se aprobo el "Plan Nacional de Vivienda - Vivienda para Todos: Lineamientos de Politica 2006 2015", el cual senala como una de las Lineas de Accion Programatica del MVCS, la "Modernizacion Normativa", estableciendo en la misma; entre otros; un MORDAZA normativo tecnico-administrativo nacional, relacionado con el uso del suelo MORDAZA y el desarrollo MORDAZA en general, siendo uno de sus objetivos, promover el crecimiento, conservacion, mejoramiento y proteccion de los centros de poblacion de manera sostenible, es decir, social, economica y ambiental; Que, la construccion y el desarrollo de las ciudades estan en relacion directa con el consumo desmedido de recursos naturales (agua, vegetacion, energia, etc.); asi como, con la produccion de Dioxido de Carbono (CO2), Oxido de Nitrogeno (NOx), Metano (CH4) y otros gases de efecto invernadero, causantes del cambio climatico, lo cual determina que el Peru sea un MORDAZA vulnerable al mencionado cambio, situacion que impulsa a crear nuevas formas de disenar, de construir y de habitar las edificaciones y ciudades, con el fin que los habitantes y las generaciones futuras gocen de salud y seguridad; Que, el Comite Permanente para la Construccion Sostenible y la Direccion General de Politicas y Regulacion en Construccion y Saneamiento del Viceministerio de Construccion y Saneamiento del MVCS, sustentan la necesidad de aprobar el "Codigo Tecnico de Construccion Sostenible", a fin de promover las eficiencias energetica e hidrica en las edificaciones, estando a las condiciones bioclimaticas de la localidad en que se desarrolla, comprendiendo; entre otros; el aprovechamiento de las aguas residuales tratadas y la utilizacion de artefactos o sistemas con eficiencia energetica; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; el numeral 3 del articulo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; el Decreto Supremo Nº 010-2014VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion del Codigo Tecnico de Construccion Sostenible Apruebase el Codigo Tecnico de Construccion Sostenible, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el mismo que consta de dos Titulos. Articulo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA a los

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