Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2014 (25/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano Sabado 25 de octubre de 2014

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Que, el numeral 40.1 del articulo 40º de la Ley del Procedimiento Administrativo General senala que "para el inicio, prosecucion o conclusion de un procedimiento, las entidades quedan prohibidas de solicitar a los administrados la MORDAZA de la siguiente informacion o la documentacion que la contenga: (...) 40.1.8 MORDAZA de pago realizado ante la propia entidad por algun tramite, en cuyo caso el administrado solo queda obligado a informar en su escrito el dia de pago y el numero de MORDAZA de pago, correspondiendo a la administracion la verificacion inmediata." Que, la Ley Nº 27444 en su "Articulo 41 senala: 41.1. Para el cumplimiento de los requisitos correspondientes a los procedimientos administrativos, las entidades estan obligadas a recibir los siguientes documentos e informaciones en vez de la documentacion oficial, a la cual reemplazan con el mismo merito probatorio: 41.1.1. Copias simples o autenticadas por los fedatarios institucionales, en reemplazo de documentos originales o copias legalizadas notarialmente de tales documentos. Las copias simples seran aceptadas, esten o no certificadas por notarios, funcionarios o servidores publicos en el ejercicio de sus funciones y tendran el mismo valor que los documentos originales para el cumplimiento de los requisitos correspondientes a la tramitacion de procedimientos administrativos seguidos ante cualquier entidad. Solo se exigiran copias autenticadas por fedatarios institucionales en los casos en que sea razonablemente indispensable. Que, asimismo la Ley Nº 27444 dispone en su "Articulo 115.1.- Para la tramitacion ordinaria de los procedimientos, es requerido poder general formalizado mediante simple designacion de persona cierta en el escrito, o acreditando una carta poder con firma del administrado (...)" Que, la Ley 27444 ­ Ley de Procedimiento Administrativo General establece en su articulo 38º, numeral 38.5, establece que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique creacion de nuevos procedimientos o incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se podran efectuar por Decreto de Alcaldia y su publicacion; Que, es necesario modificar algunos de los requisitos de los procedimientos Nº 12, 13, 14 y 15 de la Gerencia de Rentas contenidos en el MORDAZA de la Municipalidad, a fin de que se encuentren enmarcados a las disposiciones legales vigentes. Estando a merito de lo expuesto, con aprobacion de la Gerencia Municipal, opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de sus facultades conferidas por el articulo 20º, inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1º.- Modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, especificamente respecto a los procedimientos Nº 12, 13, 14 y 15 a cargo de la Gerencia de Rentas, conforme al Anexo que forma parte de la presente norma. Los procedimientos materia de modificacion son los siguientes: · 12 - Autorizacion para la ubicacion de elementos de publicidad exterior y/o anuncios en: Paneles Monumentales: - Simples, - Unipolares; · 13 ­ Avisos Publicitarios con un area de exhibicion hasta 12 m2. ­ Simples, - Luminosos, - Iluminados, Especiales; · 14 ­ Avisos Publicitarios con un area de exhibicion mayor a 12 m2. ­ Simples, - Luminosos, - Iluminados, Especiales"; y · 15 ­ Afiches o Banderolas de Campanas y Eventos Temporales. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente norma. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la Municipalidad (www.munichosica.gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1154289-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Disponen celebracion del MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario 2014
DECRETO DE ALCALDIA Nº 015 San MORDAZA de Lurigancho, 23 de octubre de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: El Informe Nº 067-2014-SGRRCC-SG/MDSJL, de fecha 21 de octubre del 2014 de la Sub Gerencia de Registro Civil; CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, aprobado por Ordenanza Nº 176-2009 complementarias y modificatorias contiene en el Procedimiento Nº 3, todos los requisitos para contraer matrimonio civil; Que, siendo el objetivo primordial de la actual gestion municipal propiciar las bases solidas de formacion de la familia, contribuyendo a su consolidacion, fortalecimiento, proteccion y formalizacion como celula basica de la sociedad en MORDAZA con nuestro ordenamiento juridico, e igualmente es labor funcional administrativa, crear medios para la formalizacion de las uniones de hecho otorgando facilidades a las parejas para la celebracion del matrimonio civil, consolidando legalmente vinculos de paternidad y proteccion a la familia en MORDAZA con nuestra Constitucion Politica del Peru; Que, el Articulo 252º del Codigo Civil vigente faculta al MORDAZA dispensar la publicacion de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el articulo 248º del mismo cuerpo legal; Que, el numeral 36.3) del articulo 36º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, senala que las disposiciones concernientes a la eliminacion de procedimientos o requisitos o la simplificacion de los mismos, podran aprobarse para el caso de municipalidades por Decretos de Alcaldia; Que, de acuerdo al Plan Operativo Institucional de la Sub Gerencia de Registro Civil aprobado para el ano 2014, dicha Sub Gerencia tiene programado llevar a cabo el 5to. Matrimonio Civil Comunitario 2014, con ocasion de celebrar "Las MORDAZA Navidenas", el dia sabado 13 de diciembre del presente ano, a las 11.00 horas, en el Modulo Siglo XXI del Gran MORDAZA Zonal Wiracocha; Por las consideraciones MORDAZA expuestas, y estando a lo establecido en el numeral 6) del Articulo 20º de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, el articulo 248º y 252º del Codigo Civil vigente y el numeral 36.3) del articulo 36º de la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER la celebracion del 5to. Matrimonio Civil Comunitario 2014, con ocasion de celebrar "Las MORDAZA Navidenas", el mismo que se llevara a cabo el dia sabado 13 de diciembre del 2014, a las 11.00 horas en el Modulo Siglo XXI del Gran MORDAZA Zonal Wiracocha, ubicado en la Av. Proceres de la Independencia Cuadra 15 ­ San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Segundo.- DISPENSAR la publicacion de los avisos a los que hace referencia el articulo 252º del Codigo Civil, para la celebracion del 5to. Matrimonio Civil Comunitario 2014. Articulo Tercero.- ESTABLECER como tarifa por Derecho de Matrimonio Civil para el 5to. Matrimonio Civil Comunitario 2014, la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles), los mismos que estaran disgregados de la manera siguiente: - POR GASTOS ADMINISTRATIVOS: Pagar en MORDAZA del Local Central por Expediente Matrimonial la suma de S/. 40.00 (Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles).

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