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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (25/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 84

El Peruano Sábado 25 de octubre de 2014 535922 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes, en Sesión Extraordinaria Nº 14 realizada el 13 de Agosto del 2014, aprobó mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 055-2014/GOB.REG.TUMBES-CR-CD, el Dictamen de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado de 1993, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680, concordante con la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192º inciso 1) dispone que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, defi ne al Reglamento de Organización y Funciones –ROF, como un documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos, la misma que contiene funciones generales de la Entidad y las funciones específi cas de los órganos y unidades orgánicas, y a la vez establece sus relaciones y sus responsabilidades; Que, los ROF de la sede y órganos estructurales que conforman el Pliego Gobierno Regional Tumbes, se han aprobado de manera independiente, sin embargo, con fecha 15 de mayo del 2013, la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, Mariana Llona Rosa ha remitido al Presidente Regional de Tumbes, el Ofi cio Múltiple Nº 025-2013-PCM/SGP, precisando que de acuerdo al D.S. Nº 043-2006-PCM, Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones-ROF de las entidades de la administración pública, los Gobiernos Regionales deben contar con un único ROF, por lo que le solicita se realicen las gestiones del caso a fi n de dar cumplimiento a los mandatos legales señalados; Que, el artículo 34º del D.S. 043-2006-PCM, establece que la aprobación del ROF de los Gobiernos Regionales se realizará mediante Ordenanza Regional; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitución Política del Estado, con lo establecido en la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización y sus modifi catorias y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias y contando con opinión legal favorable; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, del Pliego Gobierno Regional Tumbes, que consta de quinientos noventa y uno (591) Artículos, en 681 páginas conformado por: 1. Sede Central, 2. Dirección Regional de Energía y Minas, 3. Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, 4. Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, 5. Dirección Regional de Vivienda Construcción y Saneamiento de Tumbes, 6. Dirección Regional de Producción de Tumbes, 7. Dirección Regional de Agricultura de Tumbes, 8. Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Tumbes, 9. Dirección Regional de Salud, 10. Hospital Regional “José Alfredo Mendoza Olavarría” JAMO II-2, 11. Dirección Ejecutiva de RED de Salud, 12. Dirección Regional de Educación, 13. Unidad de Gestión Educativa Local de Tumbes, 14. Unidad de Gestión Educativa de Zarumilla, 15. Unidad de Gestión Educativa de Contralmirante Villar, 16. Proyecto Especial “Irrigación de la Margen Derecha del Río Tumbes, 17. Archivo Regional de Tumbes, 18. Centro de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización y Servicios CETICOS Tumbes. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, las ordenanzas regionales y demás normas regionales que antes de la presente Ordenanza Regional aprobaron o modifi caron el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de los órganos estructurales que conforman el Pliego Gobierno Regional Tumbes. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, hacer cumplir la presente Ordenanza Regional y se dicten los actos administrativos correspondientes para su efectiva implementación en cada uno de los órganos estructurales que conforman el Pliego Gobierno Regional Tumbes. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 42º, de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, debiendo ser publicado el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Pliego Gobierno Regional Tumbes, en la página web: www regiontumbes.gob.pe. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación. En Tumbes, a los 13 días del mes de agosto del dos mil catorce. MARCO ANTONIO SAYÁN GIANELLA Consejero Delegado POR TANTO Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Gobierno Regional de Tumbes el 20 de agosto de 2014 ORLANDO LA CHIRA PASACHE Presidente 1154163-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Modifican el TUPA de la Municipalidad, respecto a procedimientos a cargo de la Gerencia de Rentas DECRETO DE ALCALDÍA Nº 16-2014/MDLCH Chosica, 7 de octubre del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO CHOSICA VISTO: el Informe Nº 817-2014/MDLCH/GR/SGAT, de 02 de octubre de 2014, de la Sub Gerencia de Administración Tributaria de la Gerencia de Rentas, sobre diversos requisitos que se vienen exigiendo en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, de la Municipalidad Distrital de Lurigancho – Chosica, para la obtención de autorizaciones para la instalación de anuncios y/o avisos publicitarios, específi camente en los Procedimientos Nºs. 12, 13, 14 y 15 a cargo de la Gerencia de Rentas; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 159-MDLCH de 21 de julio de 2011, la Municipalidad de Lurigancho Chosica aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de las Unidades Orgánicas de la Comuna, norma ratifi cada mediante Acuerdo Nº 873 del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de fecha 08 de setiembre de 2011;