Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2014 (25/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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PROYECTO

El Peruano Sabado 25 de octubre de 2014

Articulo 2°.- ENCARGAR a la Oficina de Comunicacion Corporativa la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente Resolucion; y a la Oficina General de Asesoria Juridica la publicacion de la indicada Resolucion, asi como de la MORDAZA "Lineamientos para los contratos o convenios suscritos entre las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud y las Unidades de Gestion de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud" en la pagina web de SUSALUD "www.susalud.gob. pe". Articulo 3°.- ENCARGAR a la Intendencia de Normas y Autorizaciones la recepcion, procesamiento y sistematizacion de los comentarios y sugerencias que se presenten, a fin de evaluar y efectuar los ajustes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE MORDAZA PHILIPPS MORDAZA Superintendente LINEAMIENTOS PARA LOS CONTRATOS O CONVENIOS SUSCRITOS ENTRE LAS INSTITUCIONES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO EN SALUD Y LAS UNIDADES GESTION DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1°.- Objeto de la MORDAZA La presente MORDAZA tiene por objeto establecer lineamientos para los contratos o convenios suscritos entre las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) y las Unidades de Gestion de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (UGIPRESS) publicas, privadas o mixtas, con la finalidad de garantizar el adecuado flujo de los recursos a cada una de las IPRESS que conforman su red prestacional, asi como que las prestaciones de salud MORDAZA brindadas con calidad, oportunidad, disponibilidad y aceptabilidad. Articulo 2°.- Definiciones y Acronimos Para los efectos de la presente MORDAZA son de aplicacion las definiciones establecidas en los articulos 6° y 7° del Decreto Legislativo N° 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y cambio de denominacion de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, asi como de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo N° 008-2014-SA, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud. Listado de Acronimos CECONAR : Centro de Conciliacion y Arbitraje de la Superintendencia Nacional de Salud IAFAS : Institucion Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud IPRESS : Institucion Prestadora de Servicios de Salud UGIPRESS : Unidad de Gestion de IPRESS SUSALUD : Superintendencia Nacional de Salud Articulo 3°.- Ambito de Aplicacion Las disposiciones de la presente MORDAZA son de obligatorio cumplimiento para las IAFAS publicas o privadas en sus relaciones contractuales o de convenio con las UGIPRESS publicas o privadas. Se encuentran excluidas las IAFAS senaladas en los numerales 6 y 7 del articulo 6° del Decreto Legislativo N° 1158. CAPITULO II DISPOSICIONES ESPECIFICAS Articulo 4°.- Modalidades de vinculacion La IAFAS privada, para la compra de servicios de salud de la red prestacional de una UGIPRESS privada,

debera celebrar un contrato de acuerdo a los lineamientos establecidos en la presente norma. La IAFAS privada, para la compra de servicios de salud de la red prestacional de una UGIPRESS publica, debera celebrar un contrato de acuerdo a los lineamientos establecidos en la presente MORDAZA, en el cual esta MORDAZA se compromete a disponer los medios necesarios para no afectar la atencion de los asegurados de la IAFAS publica a la que pertenece o de la que es red prestacional preferente. La IAFAS publica, para la compra de servicios de salud de la red prestacional de una UGIPRESS privada, debera celebrar un convenio de acuerdo a los lineamientos establecidos en la presente MORDAZA, previo procedimiento regulado por la Ley de Contrataciones del Estado o Decreto Legislativo N° 1163, segun corresponda. La IAFAS publica, para la compra de servicios de salud de la red prestacional de una UGIPRESS publica que no sea de su propiedad o que no constituya su red preferente, debera celebrar un convenio de acuerdo a los lineamientos establecidos en la presente MORDAZA, previo procedimiento regulado por la Ley de Contrataciones del Estado o Decreto Legislativo N° 1159, segun corresponda. Articulo 5°.- Lineamientos del Contrato o Convenio Los contratos o convenios que suscriban las IAFAS en cualquiera de las relaciones senaladas en el articulo 4° de la presente MORDAZA, deberan observar necesariamente los siguientes lineamientos: 1. Razon social, domicilio legal, ficha registral, datos del representante legal y numero de registro vigente en SUSALUD de la IAFAS y la UGIPRESS. 2. Descripcion detallada del servicio, incluidas prestaciones a ser cubiertas asi como estandares de calidad que incluyen oportunidad de la atencion, competencias tecnica de los prestadores, capacidad resolutiva sustentada, atencion brindada bajo carteras de servicios y protocolos o guias de practica clinica adoptados por comun acuerdo, auditoria de la validez prestacional con estandares consensuados; sistema de identificacion del asegurado; tarifas consensuadas o aceptadas segun sea por contrato o convenio, respectivamente; se debe incluir tambien un glosario con las definiciones operativas que incluya la fuente y forma de calculo de cada item que conforma la forma de pago. De modo especifico, el contrato debe contener el detalle de las exclusiones y supuestos en los cuales la IAFAS queda autorizada a no reconocer la prestacion brindada. 3. Codigos y estandares utilizados entre la remision de informacion entre la IAFAS y UGIPRESS. 4. Mecanismos de pago acordado, tarifario aplicable, asi como su forma de calculo y procedimiento de reevaluacion, reemplazo o perdida de vigencia del mecanismo de pago acordado, asi como el porcentaje destinado para cubrir los gastos de administracion de la UGIPRESS, de ser el caso. 5. Plazo de duracion del contrato, asi como el periodo de renovacion. En el caso de IAFAS publicas el plazo de duracion es de hasta tres (3) anos renovables. 6. Forma y procedimiento de MORDAZA de los reportes de atencion consolidados por la UGIPRESS para pago y control posterior de la IAFAS. 7. Plazo MORDAZA de pago de las prestaciones, el que no puede superar de los cuarenta y cinco (45) dias calendario contados desde la MORDAZA del documento de pago. 8. Compromiso de la UGIPRESS que su red prestacional cumple con las condiciones minimas establecidas por SUSALUD para regular los contratos o convenios suscritos entre las IAFAS y las IPRESS. 9. Compromiso de la UGIPRESS de mantener el pago oportuno a las IPRESS de su red prestacional, garantizando el adecuado flujo de los recursos transferidos por la IAFAS. 10. Compromiso de la UGIPRESS de vigilar la calidad de las prestaciones de salud brindadas en su red prestacional. Articulo 6°.- Solucion de Controversias Las partes podran someterse de comun acuerdo

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