Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2014 (29/10/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano Miercoles 29 de octubre de 2014

536237
2) Suscribir las actas y demas instrumentos que garanticen la formalidad del proceso. 3) Coordinar permanentemente con las Organizaciones que representan a n de informarles los avances del MORDAZA y la MORDAZA de sus propuestas. 4) Respetar los Principios de participacion, transparencia, igualdad, tolerancia, e ciencia, equidad, respeto y compromiso. 5) Los agentes participantes titulares participan de pleno derecho en el Proceso. Solo en su ausencia, podran ejercer la representacion los miembros alternos. 6) Otros que demande el proceso. Articulo Septimo: COMPLEMENTARIAS. DISPOSICIONES

Articulo Tercero: LOS AGENTES PARTICIPANTES Para el efecto del presente Reglamento se considera como Agentes Participantes a quienes participan, con voz y MORDAZA, en la discusion y toma de decisiones sobre la priorizacion de problemas y de proyectos de inversion durante las fases del MORDAZA del Presupuesto Participativo. Estan integrados por: 1. Los miembros del Consejo de Coordinacion Regional, 2. Los miembros del Consejo Regional, 3. Los representantes de la Sociedad Civil identi cados para este proposito y 4. El Equipo Tecnico de soporte del MORDAZA, quien tiene a su cargo la conduccion del mismo. Articulo Cuarto: SOCIEDAD CIVIL La sociedad Civil, comprende a las organizaciones sociales de base territorial o tematica asi como a Organismos e Instituciones Privadas dentro del ambito regional. Articulo Quinto: EL MORDAZA DE IDENTIFICACION Y ACREDITACION. Con la nalidad de ordenar la Acreditacion e Identi cacion de Agentes Participantes, se efectuaran los siguientes procedimientos: 1) El Gobierno Regional aperturara el Libro de Registro de los Agentes Participantes en el MORDAZA, cuya custodia y actualizacion estara a cargo de la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial. 2) El Gobierno Regional efectuara la convocatoria publica a traves de la pagina web de la institucion y de los medios de comunicacion y difusion, la misma que sera suscrita por el Presidente del Gobierno Regional. 3) La inscripcion para la participacion de las instituciones y organizaciones de la sociedad civil en el MORDAZA de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del ano scal 2015, se realizara teniendo en cuenta los siguientes requisitos: a) Solicitud de inscripcion dirigida al Presidente Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, que contenga la razon social de la organizacion y la identi cacion de la persona que la representara como Agente Participante titular, asi como la designacion de un alterno para que asuma su representatividad en caso de ausencia del titular designado. b) MORDAZA del documento de identidad del representante legal de la organizacion y de los Agentes Participantes designados (titular y alterno). c) MORDAZA de Vigencia de poder del representante o el que haga sus veces en la organizacion, con antiguedad no mayor a seis meses. d) MORDAZA simple del acta o documento que contenga el acuerdo de participacion en el MORDAZA, y la designacion de su (s) representante (s) titular y suplente. e) MORDAZA simple de documentos que acrediten por lo menos dos (2) anos de actividad institucional y presencia efectiva en la Region. 4) Los Agentes Participantes deben ser elegidos para cada MORDAZA participativo por las organizaciones a las cuales pertenecen, para actuar en su representacion. 5) Los agentes participantes de las Instituciones y Organizaciones Publicas se acreditaran con documento suscrito por la mas alta autoridad de la institucion o del sector, en su jurisdiccion. 6) El plazo de inscripcion de los agentes participantes sera de 15 dias calendarios a partir de la aprobacion del presente Reglamento. Finalizado el plazo de inscripcion, el Gobierno Regional procedera a publicar la relacion de los participantes en el proceso. Articulo Sexto: DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS AGENTES PARTICIPANTES Los agentes participantes acreditados en el MORDAZA tienen las siguientes atribuciones: 1) Participar activamente en la discusion, de nicion, priorizacion y toma de decisiones respecto de los resultados a ser priorizados en el MORDAZA, asi como de los proyectos a ser considerados para contribuir al logro de dichos resultados.

1) Las propuestas de los agentes participantes, seran presentadas por escrito, con el aval mani esto de la organizacion o institucion a la cual representan. 2) Los Acuerdos del Presupuesto Participativo seran presentados al Consejo Regional, para su aprobacion. 3) Los aspectos no contemplados en el presente reglamento seran precisados por el Gobierno regional a traves de la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, y, de ser el caso, por el Presidente Regional. 1155617-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA DE MORDAZA
Declaran de interes y necesidad regional el Saneamiento Basico Rural y el establecimiento del MORDAZA general para su gestion
ORDENANZA REGIONAL Nº 06-2014-RMDD/CR POR CUANTO El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria llevada a cabo el dia 17 de junio del ano 2014. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modi catorias, establece y regula la estructura, organizacion, competencias y funciones de los gobiernos regionales. De ne, asimismo, la organizacion democratica, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitucion y a la Ley de Bases de la Descentralizacion. Que, los Gobiernos Regionales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y nanciera, un pliego presupuestal; siendo competentes, entre otros, para aprobar su organizacion interna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el articulo 192 de la Constitucion Politica del Peru. Que, el Consejo Regional es el organo normativo y scalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del articulo 15 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, corresponde a los Gobiernos Regionales, asumir las funciones previstas en el articulo 58 de su Ley Organica, consistentes en "formular, aprobar y evaluar los planes y politicas regionales en materia de vivienda y saneamiento, en concordancia con los planes de desarrollo de los gobiernos locales y de conformidad con las politicas nacionales y planes sectoriales (literal a); y, ejecutar acciones de promocion asistencia tecnica, capacitacion, investigacion cientifica y tecnologica en materia de construccion y saneamiento (literal e).

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.