Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2014 (29/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado y al articulo 2º de la Ley Organica de Gobierno Regionales, Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 y su Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, Ley Nº 27680, establece que es competencia de los Gobiernos Regionales, promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, red vial, comunicacion, salud y medio ambiente, conforme a Ley. Que, es competencia del Gobierno Regional de La MORDAZA, emitir Ordenanzas Regionales conforme a lo prescrito en el articulo 38º de la acotada Ley, que establece: "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (...)". Que, la Declaracion Universal de los Derechos de los Animales, proclamada por la Liga de los Derechos de los Animales en 1978 y aprobada por la Organizacion de las Naciones Unidas (ONU) y por la Organizacion de las Naciones Unidas para la Educacion, la Ciencia y La Cultura (UNESCO) establece: Considerando que todo animal posee derechos y que el desconocimiento y desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crimenes contra la naturaleza y los animales, articulo 2º incisos a) Todo animal tiene derecho al respeto; b) El Hombre como especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos, violando ese derecho (...); c) Todos los animales tienen derecho a la atencion, a los cuidados y a la proteccion del hombre, articulo 3º.- Ningun animal sera sometido a malos tratos ni actos crueles, articulo 4º.- Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aereo o acuatico y a reproducirse y el articulo 10º.- Ningun animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre. Que, la Ley Nº 27265, Ley de Proteccion a los Animales domesticos y silvestres mantenidos en cautiverio, en su articulo primero, declara de interes nacional la proteccion a todas las especies de animales domesticos y de animales en cautiverio, contra todo acto de crueldad causado o permitido por el hombre, directa o indirectamente, que les ocasione sufrimiento innecesario, lesion o muerte. Que, asimismo en su articulo MORDAZA indica que son objetivos de dicha ley, incisos a) erradicar y prevenir todo maltrato y actos de crueldad con los animales, evitandoles sufrimientos innecesarios; b) fomentar el respeto a la MORDAZA y los derechos de los animales a traves de la educacion; c) velar por la salud y bienestar de los animales promoviendo su adecuada reproduccion y el control de las enfermedades transmisibles al hombre; d) fomentar y promover la participacion de todos los miembros de la sociedad en la adopcion de medidas tendientes a la proteccion de los animales. Que, desde hace ocho anos se viene realizando la marcha por la defensa de los animales "Los Animales Me Importan", evento que se realiza en la MORDAZA de MORDAZA el MORDAZA MORDAZA de junio y participan las diversas asociaciones protectoras de animales de MORDAZA y la poblacion; con el objetivo de concientizar y sensibilizar a la poblacion sobre el trato MORDAZA a los animales, evitando los abusos y maltratos de los que muchas veces son objeto nuestras mascotas o los animales silvestres en nuestra Region. En ejercicio de las atribuciones que le con MORDAZA la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modi catorias, y estando a lo acordado. Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- DECLARAR de interes regional las acciones de difusion y promocion de los derechos de los animales domesticos y silvestres mantenidos en cautiverio, con el objetivo de erradicar y prevenir todo MORDAZA de maltrato animal en nuestra Region. Articulo Segundo.- ESTABLECER el MORDAZA MORDAZA del mes de junio, como el Dia de la Defensa

El Peruano Miercoles 29 de octubre de 2014

de los Derechos de los Animales en la Region La Libertad. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Agricultura en coordinacion con la Gerencia Regional de Salud, Gerencia Regional de Educacion, Gerencia Regional del Ambiente, Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA La MORDAZA, los Gobiernos Locales, Colegio Medico Veterinario La MORDAZA y Asociaciones Protectoras de Animales de La MORDAZA, realizar las siguientes acciones: a. Elaborar e implementar un plan de actividades de difusion y promocion de los derechos de los animales domesticos y silvestres. b. Organizar y realizar marchas u otras formas de sensibilizacion a la colectividad sobre la defensa de los derechos de los animales domesticos y silvestres. c. Celebrar el MORDAZA MORDAZA del mes de junio, el Dia de la Defensa de los Derechos de los Animales en la Region La Libertad. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Agricultura el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario O cial El Peruano y sera difundida a traves del MORDAZA electronico del Gobierno Regional de La Libertad. Comuniquese al senor Presidente Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los cinco dias del mes de agosto del ano dos mil catorce. HEBERT MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Regional La MORDAZA AL SENOR PRESIDENTE REGIONAL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR TANTO: Mando se registre y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La MORDAZA a los trece dias del mes de agosto del ano dos mil catorce. MORDAZA A. MORDAZA DE LA MORDAZA Presidente Regional 1155609-1 DEL

Aprueban Convocatoria del MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Gobierno Regional de La MORDAZA para el anos fiscal 2015
ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2014-GR-LL/CR EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional de La MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru; Ley de Bases de Descentralizacion, Ley Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modi catorias, y demas normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: En Sesion Extraordinaria de fecha 27 de agosto del 2014, el Dictamen recaido en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a convocar al MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo basado en resultados

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