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El Peruano Miércoles 29 de octubre de 2014 536235 con otras entidades y organizaciones para su participación en la organización y desarrollo del Proceso. Artículo 15º De la Participación Pueden participar: - Los miembros del Consejo Regional y los miembros del Consejo de Coordinación Regional. - Representantes de las Entidades del Gobierno nacional, del Gobierno Regional e Entidades Públicas, que desarrollan actividades, programas o proyectos de inversión en el ámbito regional. - Delegados o Representantes de los Procesos Participativos provinciales, elegidos por sus conciudadanos y conciudadanas - Representantes regionales de las Organizaciones e Instituciones Privadas - Representantes regionales de las Organizaciones Sociales de Base - Conciudadanos y Conciudadanas identi¿ cados (as) con el desarrollo regional - El Equipo Técnico de soporte, que participa con voz, pero sin voto. Artículo 16º Requisitos para la Identi¿ cación, Inscripción y Registro de los Agentes Participantes a) Requisitos. El Agente Participante presenta la siguiente documentación: 1. Una Solicitud de Inscripción, dirigida al Presidente del Gobierno Regional de La Libertad, según modelo y Formato, consignando el nombre de la Organización, siglas, el domicilio legal, el tipo de organización, los datos personales del Representante entre otros datos. No se aceptarán representaciones adicionales de una misma Organización. 2. Copia fotostática del Acta o documento actualizado, en el que la Organización designa al Representante, debiendo constar la propuesta del Proyecto de Inversión de Impacto y Competencia Regional. Para las Entidades Públicas la designación se realiza mediante O¿ cio de la Jefatura correspondiente. 3. Copia fotostática simple de la Inscripción o renovación de Inscripción de la Organización o Asociación en la O¿ cina de Registros Públicos o copia fotostática del libro de Constitución de la Organización con una antigüedad mayor a 2 años, en el que conste la legalización por Notario Público. De la Inscripción y Registro 1. La presentación de la Solicitud y requisitos se realizará en la O¿ cina de Trámite Documentario del Gobierno Regional de La Libertad. 2. La Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, a través de la Sub Gerencia de Planeamiento, elaborará el Registro Único de Agentes Participantes, que han cumplido con la presentación de los requisitos. 3. Las instituciones públicas, Gobiernos Locales Provinciales y Mancomunidades remitirán mediante o¿ cio, la acreditación de su representante para el proceso del Presupuesto Participativo 2015. Para el caso de los miembros del Consejo de Coordinación Regional, podrán remitirse a su Reglamento sobre el particular. 4. Las organizaciones sociales del nivel regional o multiprovincial remitirán formalmente la acreditación de su representante elegido, para su participación en el proceso del Presupuesto Participativo 2015. 5. Las organizaciones que tienen alguna observación a su solicitud de inscripción tendrán un plazo no mayor de tres días hábiles para subsanarla, contados a partir de la fecha de noti¿ cación. 6. Con las acreditaciones formales recibidas, se elaborará la relación de Agentes Participantes en el proceso del Presupuesto Participativo 2015. Las organizaciones que no se inscriban dentro del plazo previsto, no participarán en el proceso. Se cumplirá estrictamente el plazo aprobado para la Inscripción de los Agentes Participantes. Artículo 17º Metodología de la Participación 17.1 De la Obligatoriedad a) Los Agentes Participantes inscritos y registrados, están obligados a participar en los talleres y reuniones a las que convoque el Gobierno Regional, dentro del Proceso Participativo para el Año Fiscal 2015, en los días, horarios y lugares previstos en el Cronograma. b) Cada Agente Participante contará con una Tarjeta de Identificación y recibirá una constancia de Acreditación como Agente Participante, que serán entregadas sólo a los Agentes Participantes inscritos y registrados, que cuenten con Capacitación, según el Cronograma del proceso del Presupuesto Participativo. c) Sólo participarán en los Talleres de Trabajo, los Agentes Participantes que cuenten con las Capacitaciones, según Cronograma del proceso del Presupuesto Participativo. d) Los Agentes Participantes están en la obligatoriedad de respetar los Principios Rectores del Proceso Participativo y del presente Reglamento. 17.2 Del Tiempo y Forma de Intervención en el desarrollo de los talleres de trabajo y reuniones a) Los Agentes Participantes Acreditados podrán hacer uso de tres minutos (3´) por cada intervención, con una réplica de dos minutos (2”) por única vez. b) Los Agentes Participantes Acreditados, para poder intervenir en el debate, discusión o concertación, en cada Taller o Reunión, se regirán por el orden de participación que indique el Facilitador. Las intervenciones se harán en forma mesurada y respetuosa sobre los temas de agenda. 17.3 De la Toma de Decisiones Las Decisiones tomadas en los Talleres de Trabajo deberán ser aprobadas por concertación o en votación, por mayoría simple de los Agentes Participantes Acreditados. Características de la Votación: a) La votación será pública y a mano alzada. b) Están habilitados para votar todos aquellos Agentes Participantes Acreditados. c) Se computará un voto por Agente Participante presente, y no se admitirá representación adicional de ningún tipo. d) Los integrantes del Equipo Técnico tendrán voz, pero NO voto. Artículo 18º Elección del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo Los Agentes Participantes Acreditados presentan la propuesta de su Representante para que integren el Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2015, previa Votación democrática Los requisitos para ser elegidos miembros del Comité de Vigilancia son: • Ser Agente Participante Acreditado, representante de una organización social de base o de institución privada del ámbito jurisdiccional. • Por ningún motivo, se aceptarán propuestas de representantes del Sector Público. • Radicar en la jurisdicción regional. • No haber sido condenado por delitos o faltas. Artículo 19º Formalización de los Acuerdos y Compromisos Los miembros del Consejo de Coordinación Regional y Agentes Participantes Acreditados formalizan los Acuerdos y Compromisos, ¿ rmando el Acta respectiva, la cual se remitirá a la Contraloría General de la República, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Los resultados del Proceso serán difundidos a nivel del Pliego Institucional, Consejo de Coordinación Regional, Comité de Vigilancia y serán publicados en el Portal Electrónico del Gobierno Regional La Libertad. Si en la etapa de ejecución alguno de los proyectos priorizados en el presupuesto participativo no puede ser