Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2014 (10/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Miercoles 10 de setiembre de 2014

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a. Si cumplio con adjuntar el impreso del formato de resumen del plan de gobierno de la organizacion politica, empero, el JEE posteriormente senalo que este diferia del formato ingresado al MORDAZA electronico institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones. b. Senala que no ha sido posible efectuar la subsanacion en el Sistema de Registro de Personeros, Candidatos y Observadores Electorales (en adelante sistema PECAOE), en tanto dicho sistema se cerro automaticamente. c. Que ha solicitado al JEE que se le permita acceder al sistema PECAOE para efectos de efectuar la rectificacion correspondiente. d. En relacion a la acreditacion del domicilio del candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presento contratos de locacion de servicios de los anos 2011 a 2012, pero de no ser suficientes presenta en el dicho recurso contratos de locacion de servicios de los anos 2013 a 2014. CUESTION EN DISCUSION Determinar si el JEE realizo una correcta calificacion respecto de la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos para el Concejo Provincial de Morropon de la organizacion politica Movimiento de Afirmacion Social - Accion. CONSIDERANDOS

ORGANOS AUTONOMOS MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Revocan resolucion en el extremo que declara improcedente solicitud de inscripcion de lista de candidatos al Concejo Provincial de Morropon por la no subsanacion de formato de resumen de plan de gobierno y la confirman en el extremo referido a la no subsanacion de domicilio de candidato
RESOLUCION N° 879-2014-JNE Expediente N° J-2014-1031 MORROPON - MORDAZA JEE MORROPON (EXPEDIENTE N° 115-2014-082) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACION MORDAZA, veinticinco de MORDAZA de dos mil catorce

Sobre la regulacion normativa VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal alterno de la organizacion politica Movimiernto de Afirmacion Social ­ Accion, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Morropon, en contra de la Resolucion N° 002-2014-JEE-MORROPON/JNE, del 13 de MORDAZA de 2014, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Concejo Provincial de Morropon, departamento de MORDAZA, a efectos de que participe en el MORDAZA de elecciones municipales de 2014. ANTECEDENTES Respecto de la solicitud de inscripcion de lista de candidatos Con fecha 7 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del Movimiento de Afirmacion Social - Accion, solicito la inscripcion de la lista de candidatos para el Concejo Provincial de Morropon, departamento de MORDAZA, en el MORDAZA de elecciones municipales de 2014 (folios 3 a 4). Respecto de la decision del MORDAZA Electoral Especial de Morropon Mediante Resolucion N° 001-2014-JEE-MORROPON/ JNE, de fecha 9 de MORDAZA de 2014, el MORDAZA Electoral Especial de Morropon (en adelante JEE), resolvio declarar inadmisible la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos del Movimiento de Afirmacion Social Accion, otorgando dos dias para la subsanacion de las observaciones anotadas en MORDAZA (folios 97 a 98). El escrito de subsanacion fue presentado el 12 de MORDAZA de 2014 (folios 100 a 101). A traves de la Resolucion N° 002-2014-JEEMORROPON/JNE, de fecha 13 de MORDAZA de 2014, el JEE declaro improcedente la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos presentada por la organizacion politica Movimiento de Afirmacion Social - Accion, para participar en las elecciones municipales de 2014, en el distrito de La Matanza, provincia de Morropon, departamento de Piura. Respecto del recurso de apelacion Con fecha 18 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal alterno del Movimiento de afirmacion Social - Accion, interpone recurso de apelacion en contra de la Resolucion N° 0022014-JEE-MORROPON/JNE, alegando lo siguiente: 1. Los articulos 16 y 25, numeral 25.4, del Reglamento de Inscripcion de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado mediante Resolucion N° 2712014-JNE (en adelante, el Reglamento), senalan que las organizaciones politicas deben presentar, entre otros, el impreso del formato resumen del Plan de Gobierno y la MORDAZA de haber registrado el mismo en el sistema PECAOE. 2. El articulo 22, literal b, del Reglamento prescribe como requisito al cargo de candidato a elecciones municipales domiciliar en la provincia o distrito donde se postule, cuando menos dos anos continuos, cumplidos hasta la fecha limite de MORDAZA de la solicitud de inscripcion de listas de candidatos. En caso de domicilio multiple, rigen las disposiciones del articulo 35 del Codigo Civil. 3. Asimismo, el articulo 25, numeral 25.10, del Reglamento establece que, solo en caso de que el Documento Nacional de Identidad (en adelante DNI) no acredite el tiempo de domicilio requerido, se debera presentar original o MORDAZA legalizada del o los documentos con fecha cierta, que acrediten los dos anos de domicilio en la circunscripcion en la que se postula. 4. El articulo 29, numeral 29.1, del Reglamento, prescribe que "el JEE declarara la improcedencia de la solicitud de inscripcion por el incumplimiento de un requisito de ley no subsanable, o por la no subsanacion de las observaciones efectuadas. Si se declara la improcedencia de toda la lista de candidatos, esta no se inscribe. Si se declara la improcedencia de uno o mas candidatos de la lista, no se invalida la inscripcion de los demas candidatos, quienes permanecen en sus posiciones de origen." Sobre el formato resumen del plan de gobierno 5. En el folio 15 de autos, obra la "Constancia de Registro del Plan de Gobierno Elecciones Regionales y Municipales 2014", suscrita por el personero legal alterno de la organizacion politica apelante. A consideracion de este Supremo Tribunal Electoral dicho documento acredita que la mencionada organizacion politica registro en el sistema PECAOE el plan de gobierno y el formato resumen de plan de gobierno. MORDAZA si el JEE senalo que el documento del formato resumen del plan de gobierno que adjunto al subsanar la observacion diferia del formato resumen descargado del MORDAZA electronico institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones. 6. Cabe senalar que los personeros legales de las organizaciones politicas podian acceder al sistema PECAOE con el usuario y contrasena otorgado por

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