Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2014 (12/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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la aplicacion de la Nueva Ley Procesal de Trabajo", con cargo a estudios posteriores. Asimismo, dicha resolucion establece en su articulo tercero que esta se complementa con lo dispuesto en la Resolucion Administrativa N° 2452012-CE-PJ, de fecha 5 de diciembre de 2012, en lo que corresponda. Quinto. Que mediante Resoluciones Administrativas N° 194-2014-CE-PJ y N° 222-2014-CE-PJ, se dispuso la prorroga de funcionamiento hasta el 31 de agosto de 2014 del 2º Juzgado de Trabajo Transitorio de la Corte Superior de Justicia Arequipa; y del 1º y 3º Juzgado de Trabajo Transitorios de la Corte Superior de Justicia del Callao. Asimismo, se dispuso en dichas resoluciones administrativas que las Comisiones Distritales de Descarga Procesal cumplan con monitorear el funcionamiento de la produccion de los organos jurisdiccionales laborales liquidadores transitorios, informando a la Comision Nacional de Descarga Procesal, para efectos de determinar la continuidad, conversion y/o reubicacion de los respectivos organos jurisdiccionales transitorios. Sexto. Que la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal ha consolidado las solicitudes presentadas por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y Callao, realizando la evaluacion de sus propuestas en base a la informacion estadistica registrada y disponible en los Sistemas Informaticos del Poder Judicial, correspondiente al periodo de enero a junio de 2014, considerando que el avance ideal de la meta al mes de junio de cada ano equivale al 45% de la misma; estableciendose, de esta manera, la capacidad operativa de cada Corte Superior de Justicia en la administracion de organos jurisdiccionales y la optimizacion de recursos para la mejora de la productividad y eficiencia a nivel nacional, teniendo en cuenta la escasez de recursos presupuestales disponibles. Setimo. Que, mediante Informe N° 089-2014-GOCNDP-CE/PJ, la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal da cuenta de lo siguiente: a) En el Distrito Judicial de MORDAZA, al mes de junio del presente ano, el 2º Juzgado de Trabajo Transitorio de MORDAZA registro una carga pendiente por liquidar de solamente 399 expedientes, estimandose que a la fecha de emision de dicho informe la misma debe de haber disminuido. Asimismo, se observa que la carga procesal proyectada de los expedientes de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, por el momento no justificaria la asignacion de otro organo jurisdiccional transitorio en el Distrito de MORDAZA, dado que actualmente existe un organo jurisdiccional transitorio en apoyo de los permanentes que tramitan expedientes de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, el cual puede asumir la carga pendiente; y por lo que, dada la baja carga por liquidar del 2º Juzgado de Trabajo Transitorio de MORDAZA, se recomienda la prorroga por un mes. b) En el Distrito Judicial del Callao, se observa una minima carga procesal pendiente por liquidar de 1,894 expedientes, correspondiente a los procesos laborales al MORDAZA de la Ley Nº 26636, lo cual significa que para liquidar la referida carga procesal, solo se justificaria el funcionamiento de tres de los cinco organos jurisdiccionales que actualmente existen en dicho Distrito Judicial, por lo que, dada la baja carga procesal de expedientes por liquidar; asi como, el bajo nivel resolutivo de expedientes del 1º y 3º Juzgados de Trabajo Transitorios del Callao, se recomienda su prorroga por un mes. Octavo. Que el articulo 82°, incisos 25) y 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial determina como funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial convertir y reubicar organos jurisdiccionales; asi como la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 7222014 de la trigesima sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion del senor De MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia. Por unanimidad, SE RESUELVE:

El Peruano Viernes 12 de setiembre de 2014

Articulo Primero.- Prorrogar a partir del 1 de setiembre de 2014, el funcionamiento de los siguientes organos jurisdiccionales laborales liquidadores transitorios: Hasta el 30 de setiembre de 2014 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA · 2º Juzgado de Trabajo Transitorio - MORDAZA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO · 1º Juzgado de Trabajo Transitorio - Callao · 3º Juzgado de Trabajo Transitorio - Callao Articulo Segundo.- Establecer como politica institucional que durante el MORDAZA de descarga de expedientes de los organos jurisdiccionales destinados para tal fin, aquellos que se queden sin carga procesal por su buen nivel resolutivo reciban los expedientes de los organos jurisdiccionales menos productivos, los cuales seran reubicados a otro Distrito Judicial. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y Callao, Comision Nacional de Descarga Procesal, Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1136398-3

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Oficializan Acuerdo de Sala Plena Nº 05-2014 de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur, mediante el cual se dispone reconformar diversas comisiones
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA SUR Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA Nº 0946-2014-P-CSJLIMASUR/PJ MORDAZA, cinco de setiembre de dos mil catorce//. I. ANTECEDENTES: Las Resoluciones Administrativas de Presidencia N° 0493-2014-P-CSJLIMASUR/PJ, N° 580-2014-PCSJLIMASUR/PJ y N° 0762-2014-P-CSJLIMASUR/PJ; y, el Acuerdo de Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur de fecha 05 de setiembre de 2014. II. FUNDAMENTOS: 1. Mediante Resolucion Administrativa N° 243-2009CE-PJ, del 03 de agosto de 2009, se crearon los Registros Distritales Transitorios de Jueces Supernumerarios en las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA y se aprobo el Reglamento del Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios, el mismo que establece en su articulo 7° que la Sala Plena es la encargada de conformar una Comision y designar a sus integrantes, que estara conformada por Jueces Superiores Titulares en el numero que cada Sala Plena lo determine. Asimismo, el mencionado reglamento dispone en su articulo 10° que el Asesor Legal actuara como Secretario de la Comision.

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