Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2014 (12/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Viernes 12 de setiembre de 2014

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para la correcta tramitacion de los procesos bajo el MORDAZA de aplicacion del Codigo Procesal Penal. En el caso de los organos jurisdiccionales de la Sala Penal Nacional creados por la presente resolucion en adicion a sus funciones pueden conocer los procesos tramitados dentro del MORDAZA de las Leyes Nros. 29574 y 29648 . Articulo Setimo.- Precisar que las demas disposiciones contenidas en la Resolucion Administrativa N° 228-2014CE-PJ, mantienen su vigencia, en concordancia con lo dispuesto por los articulos MORDAZA y MORDAZA de la presente resolucion. Articulo Octavo.- Precisar que en los Distritos Judiciales donde se encuentra vigente en su totalidad el Codigo Procesal Penal, sus organos jurisdiccionales tramitaran los procesos contra el crimen organizado conforme a las disposiciones del citado codigo, la Ley N° 30077 y su modificatoria Ley N° 30133, salvo en los casos referidos al conocimiento de los organos jurisdiccionales de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales. Articulo Noveno.- Exhortar a la Gerencia General y Unidades Ejecutoras, a fin de dar prioridad a la ejecucion del presupuesto asignado para la implementacion de los organos jurisdiccionales de la presente resolucion, facilitando los tramites para su pronta y adecuada ejecucion, bajo responsabilidad funcional. Articulo Decimo.- Precisar que los organos jurisdiccionales creados por la presente resolucion, funcionaran con el personal jurisdiccional y administrativo asignado conforme a la desagregacion propuesta por el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal; bajo responsabilidad funcional. Articulo Undecimo.- Facultar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, MORDAZA, Callao, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA Este, MORDAZA Norte, MORDAZA Nor Oeste-Ventanilla y MORDAZA Sur; asi como a la Magistrada Coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales; y a la Gerencia General del Poder Judicial; en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Duodecimo.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio Publico, Ministerio de Economia y Finanzas, Ministerio del Interior, Ministerio del Ambiente, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, Presidencia de la Comision Nacional de Descarga Procesal, Magistrada Coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales, Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1136398-1

SEDE JUDICIAL DE LA SALA PENAL NACIONAL Y JUZGADOS PENALES NACIONALES: · Juzgado de la Investigacion Preparatoria Nacional, en 1° Juzgado de la Investigacion Preparatoria Nacional. Articulo Tercero.- Establecer, a partir del 1 de setiembre de 2014, las siguientes disposiciones de aplicacion a los organos jurisdiccionales que a continuacion se senalan: DISTRITO JUDICIAL DE APURIMAC: · El 1° Juzgado Penal de la Provincia de Andahuaylas, dejara la adicion de funciones como Juzgado de la Investigacion Preparatoria, debiendo remitir los procesos en dicha materia al Juzgado de la Investigacion Preparatoria creado; para dicha redistribucion la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA adoptara las acciones necesarias, a fin de no perjudicar el normal tramite de los procesos. DISTRITO JUDICIAL DE AYACUCHO: · El 1° y 2° Juzgados de la Investigacion Preparatoria, tendran la facultad de itinerar en todo el Distrito Judicial, conforme a lo que disponga la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por razones de carga procesal, ambito geografico y acceso a la justicia. DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA ESTE: · Los expedientes en materia de crimen organizado que vienen conociendo los organos jurisdiccionales habilitados segun la Resolucion Administrativa N° 228-2014-CE-PJ, seran redistribuidos a los organos jurisdiccionales creados, atendiendo a la naturaleza de cada organo jurisdiccional. La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este, adoptara las acciones necesarias, a fin de no perjudicar el normal tramite de los procesos. SEDE JUDICIAL DE LA SALA PENAL NACIONAL Y JUZGADOS PENALES NACIONALES: · Los organos jurisdiccionales que vienen conociendo en adicion a sus funciones crimen organizado, dejaran dicha adicion de funciones; asimismo, los expedientes en materia de crimen organizado que vienen conociendo, seran redistribuidos a los organos jurisdiccionales creados, atendiendo a la naturaleza de cada organo jurisdiccional y siempre que se hayan instalado efectivamente. La Magistrada Coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales, adoptara las acciones necesarias, a fin de no perjudicar el normal tramite de los procesos. Articulo Cuarto.- Precisar que las disposiciones contenidas en el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa N° 228-2014-CE-PJ, se mantendran vigentes en tanto entren en funcionamiento los organos jurisdiccionales creados en el articulo primero de la presente resolucion; con excepcion de la Corte Superior de Justicia del Callao, para la cual dichas disposiciones se mantendran vigentes hasta que se dicten medidas en contrario. Articulo Quinto.- Precisar que para el caso de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este, las disposiciones contenidas en el articulo 2°, literal b), de la Resolucion Administrativa N° 228-2014-CE-PJ, se mantienen vigentes hasta la efectiva instalacion de los organos jurisdiccionales creados en la presente resolucion; asimismo, la Presidencia de la citada Corte Superior, debera determinar cual de los organos jurisdiccionales penales, debera continuar en adicion a sus funciones como Juzgado Penal Unipersonal solo para integrar el Juzgado Penal Colegiado con los dos Juzgados Penales Unipersonales creados. Articulo Sexto.- Facultar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia para que puedan encargar, en adicion a sus funciones, a los organos jurisdiccionales creados por la presente resolucion, el conocimiento de los procesos tramitados dentro del MORDAZA de las Leyes Nros. 29574 y 29648, en forma equitativa buscando la optimizacion de recursos; asimismo, los procesos en el MORDAZA del Codigo de Procedimientos Penales de 1940, como parte de la politica de descarga procesal del Distrito Judicial; en este ultimo caso, hasta que los organos jurisdiccionales creados equilibren su carga con el Codigo Procesal Penal. Se adoptaran las medidas necesarias a fin de conformar los organos jurisdiccionales colegiados

Prorrogan funcionamiento de organos jurisdiccionales en diversos distritos judiciales
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 292-2014-CE-PJ MORDAZA, 27 de agosto de 2014 VISTO: El Oficio N° 691-2014-GO-CNDP-CE-PJ, cursado por la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolucion Administrativa Nº 0292008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008 y sus modificatorias,

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