Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2014 (13/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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Tercero.- Que, en el articulo MORDAZA, de la Resolucion Administrativa Nº 292-2014-CE-PJ, publicada en el diario oficial "El Peruano" en la fecha, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, deja sin efecto la disposicion senalada en el primer considerando y MORDAZA que los Juzgados Civiles Permanentes y Transitorios del Distrito de MORDAZA MORDAZA, asuman competencia en materia de familia, en atencion de lo dispuesto en el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa N° 201-2014-CE/PJ, en concordancia con lo establecido en articulo 49°, inciso tres del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Cuarto.- Que, estando a lo MORDAZA detallado y luego de analizar los documentos de vistos; amerita disponer las acciones administrativas y establecer el rol de turno permanente en materia de Familia ­ Infractores para los Juzgados Civiles de MORDAZA Anita. Por las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas en los incisos tercero, MORDAZA y noveno del articulo noventa del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Primero.- DEJAR SIN EFECTO, lo dispuesto en el articulo tercero de la Resolucion Administrativa N° 752014-P-CSJLE/PJ, en cuanto establece turno en materia de Familia ­ Infractores, hasta el treinta y uno de diciembre del ano en curso, para el Juzgado de Familia de La MORDAZA y Cieneguilla, con competencia ademas en el Distrito de MORDAZA Anita. Segundo.- Establecer en materia de Familia ­ Infractores, en el Distrito de MORDAZA MORDAZA el turno con alternancia semanal, comenzando el Juzgado Civil Permanente, seguido por el Primer Juzgado Civil Transitorio y continua el MORDAZA Juzgado Civil Transitorio del citado Distrito y asi sucesivamente. Tercero.- Por esta unica vez, de manera excepcional el Juzgado Civil de MORDAZA MORDAZA, asumira tambien turno correspondiente a los dias trece y catorce de setiembre del ano en curso, en materia de Familia - Infractores. Cuarto.- Dejar sin efecto las disposiciones administrativas que se opongan a la presente resolucion. Quinto.- PONER la presente resolucion a conocimiento de la Presidente del Poder Judicial, Corte Suprema de Justicia de la Republica, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Comision Nacional de Descarga Procesal, Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Personal y Escalafon Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de La Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este ­ ODECMA y la Oficina de Administracion Distrital de este Distrito Judicial, para los fines pertinentes. Publiquese, comuniquese, registrese y cumplase. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA ALTABAS KAJATT Presidenta Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este 1137146-1 VISTO:

El Peruano Sabado 13 de setiembre de 2014

El Informe Nº 180-2014-OAJ-CNM emitido por la Oficina de Asesoria Juridica del Consejo Nacional de la Magistratura; CONSIDERANDO: Primero.- Que, el 19 de enero del 2014 se publico en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 30155, Ley que regula la publicacion electronica de las resoluciones, disposiciones y notificaciones del Consejo Nacional de la Magistratura; Segundo.- Que, mediante Resolucion Nº 079-2014CNM, de fecha 31 de marzo del 2014, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura aprobo el Reglamento de la Ley N.º 30155, cuya Novena Disposicion Complementaria Final, Modificatoria y Transitoria establece que mediante Resolucion de Presidencia del Consejo se aprueban las directivas que MORDAZA necesarias para su mejor aplicacion; Tercero.- Que, mediante Resolucion Nº 094-2014P-CNM, de fecha 17 de junio del 2014, se constituyo la Comision de Diseno e Implementacion del Boletin Oficial del Consejo Nacional de la Magistratura; Cuarto.- Que, existe la necesidad de modificar los articulos 7° y 13° del Reglamento de la Ley Nº 30155, aprobado por Resolucion Nº 079-2014-CNM, en cuanto se refiere a la estructura y organo(s) responsable(s) de la publicacion del Boletin Oficial de la Magistratura, a fin de dotarlo de un mejor diseno y mayor practicidad; Quinto.- Que, de conformidad con los articulos 1° y 21° de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, asi como la Tercera Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 30155, y estando al acuerdo Nº 834, adoptado por el Pleno del Consejo en sesion del 09 de septiembre de 2014; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar los articulos 7° y 13° del Reglamento de la Ley Nº 30155, aprobado por Resolucion Nº 079-2014-CNM, cuyos textos finales quedaran redactados de la siguiente manera: Art. 7° Estructura La estructura del Boletin Oficial de la Magistratura es la siguiente: Seccion 1: Reglamentos, directivas y precedentes administrativos. Seccion 2: Resoluciones Seccion 3: Edictos Seccion 4: Comunicados oficiales. Seccion 5: Informes y entrevistas orales. Art. 13° De la Oficina de Tecnologias de la Informacion Corresponde a la Oficina de Tecnologias de la Informacion: a. Editar y difundir el Boletin Oficial de la Magistratura en la sede electronica del Consejo. b. Dotar al Boletin Oficial de la Magistratura de las garantias de autenticidad, integridad e inalterabilidad de los documentos que se publiquen. c. Custodiar y conservar la edicion electronica del Boletin Oficial de la Magistratura. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional del Consejo Nacional de la Magistratura: www.cnm.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TALAVERA MORDAZA Presidente 1136114-1

ORGANOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Modifican articulos 7º y 13º del Reglamento de la Ley Nº 30155, aprobado por la Res. Nº 079-2014CNM
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 255-2014-CNM San MORDAZA, 9 de septiembre de 2014

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