Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2014 (13/09/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Sabado 13 de setiembre de 2014

532427
inscrito no pueden inscribirse como candidatos en otros partidos politicos, movimientos u organizaciones politicas locales, a menos que hubiesen renunciado con cinco meses de anticipacion a la fecha del cierre de las inscripciones del MORDAZA electoral que corresponda o cuenten con autorizacion expresa del partido politico al que pertenecen, la cual debe adjuntarse a la solicitud de inscripcion, y que este no presente candidato en la respectiva circunscripcion. 2. En el presente caso, de acuerdo con la consulta detallada de afiliacion efectuada al Registro de Organizaciones Politicas (en adelante ROP), se advierte que el candidato MORDAZA Macdonio MORDAZA MORDAZA se encuentra afiliado al partido politico Alianza Para el Progreso desde el 31 de marzo de 2014, informacion que debe considerarse valida pues corresponde a los padrones que han sido ingresados por la citada agrupacion politica al referido registro electoral. 3. De igual forma, se verifica que el citado candidato no registra afiliacion actual a la organizacion politica Partido Aprista Peruano, conforme lo argumenta el tachante, sino que se encontro afiliado al citado partido politico desde el 23 de enero de 2008 hasta el 26 de noviembre de 2013. Asi tambien, en la referida consulta se registra que su renuncia la efectuo el 26 de noviembre de 2013 y que esta fue comunicada al ROP el 16 de enero de 2014. Siendo asi, la renuncia al Partido Aprista Peruano se efectuo MORDAZA del plazo de cinco meses de anticipacion a la fecha del cierre de las inscripciones del MORDAZA electoral, esto es, MORDAZA del 7 de febrero de 2014. 4. Por consiguiente, el candidato MORDAZA Macdonio MORDAZA MORDAZA no registra doble afiliacion y tiene MORDAZA su derecho de participacion en el presente MORDAZA de elecciones municipales. Finalmente, con relacion a la MORDAZA de afiliacion expedida por el Partido Aprista Peruano, con fecha 9 de MORDAZA de 2014, en la cual se senala que el citado candidato se encuentra afiliado en su padron nacional, dicha informacion solo permite evidenciar una falta de actualizacion de los padrones de la citada organizacion politica. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA G Otoya MORDAZA y, en consecuencia CONFIRMAR la Resolucion Nº 3, de fecha 26 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA MORDAZA, que declaro infundada la tacha contra MORDAZA Macdonio MORDAZA MORDAZA, candidato MORDAZA distrital por el partido politico Alianza Para el Progreso. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1136735-3

en improcedente, con lo cual corresponde desestimar el presente recurso y confirmar la resolucion venida en grado. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal titular del partido politico Fuerza Popular y CONFIRMAR la Resolucion Nº 002-2014-JEE-ABANCAY/JNE, del 22 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Abancay, en el extremo que declaro improcedente la solicitud de inscripcion del candidato titular MORDAZA Paliza MORDAZA, presentada por el citado partido politico para el Consejo Regional de MORDAZA, con el objeto de participar en las elecciones regionales de 2014. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1136735-2

Confirman resolucion que declaro infundada la tacha contra candidato a MORDAZA distrital de Mollebamba, provincia de MORDAZA de MORDAZA, departamento de La MORDAZA
RESOLUCION Nº 1482-2014-JNE Expediente Nº J-2014-01789 MOLLEBAMBA - MORDAZA DE MORDAZA - LA MORDAZA JEE MORDAZA MORDAZA (EXPEDIENTE Nº 091-2014-053) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 MORDAZA, doce de agosto de dos mil catorce VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA G Otoya MORDAZA en contra de la Resolucion Nº 3, de fecha 26 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA MORDAZA, que declaro infundada la tacha interpuesta por el recurrente contra MORDAZA Macdonio MORDAZA MORDAZA, candidato a MORDAZA distrital de Mollebamba, provincia de MORDAZA de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, por el partido politico Alianza Para el Progreso. ANTECEDENTES Mediante la resolucion venida en grado (fojas 14 y 15), el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA MORDAZA (en adelante JEE) declaro infundada la tacha interpuesta por el recurrente, al considerar que MORDAZA Macdonio MORDAZA MORDAZA, candidato MORDAZA distrital por el partido politico Alianza Para el Progreso, ademas de encontrarse afiliado a la citada organizacion politica, tambien lo esta en el Partido Aprista Peruano. En su recurso de apelacion (fojas 2 a 7), el recurrente, sustancialmente, reitero los argumentos expuestos en su escrito de tacha y senalo que el JEE no valoro debidamente los documentos anexos al mismo. CONSIDERANDOS 1. De conformidad con el articulo 18 de la Ley Nº 28094, Ley de Partidos Politicos, los afiliados a un partido politico

Confirman resolucion que declaro infundada la tacha interpuesta contra candidata a regidora del Concejo Distrital de Supe, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 1486-2014-JNE Expediente Nº J-2014-01410 SUPE - BARRANCA - MORDAZA JEE HUAURA (EXPEDIENTE Nº 0051-2014-0056) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACION MORDAZA, doce de agosto de dos mil catorce.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.