Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2014 (21/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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para el Residentado Medico, en lo que corresponde al periodo de octubre a diciembre del presente ano; Que, en ese sentido, la Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud considera que resulta necesario modificar el articulo 5 de la Resolucion Suprema 002-2006-SA, a efectos de facultar al CONAREME a convocar un MORDAZA extraordinario de seleccion de postulantes para los diversos programas, en base a las necesidades de atencion de salud de la poblacion y que estara sujeto a la nueva oferta que financien las instituciones que integran el Sistema Nacional de Residentado Medico, la cual no sera menor al 10% del total de la oferta del MORDAZA regular de admision del mismo ano; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y por el inciso 4) del articulo 11 de la Ley 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1.- Modificar el articulo 5 del Reglamento del Sistema Nacional de Residentado Medico, aprobado por la Resolucion Suprema 002-2006-SA, con el texto siguiente: "Articulo 5.- Dicho concurso se realizara en forma anual y simultaneamente en todos y cada uno de los Programas de Residentado Medico. Adicionalmente, podra realizarse un concurso extraordinario anual, siempre que la oferta de plazas que financien las instituciones que integran el Sistema Nacional de Residentado Medico sea no menor al 10% del total de la oferta de plazas del MORDAZA regular de admision del mismo ano. Los concursos se realizaran en el mes, dia y hora que senale el CONAREME." Articulo 2.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y la Ministra de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1140593-5

El Peruano MORDAZA 21 de setiembre de 2014

Que, el numeral 6) del articulo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud establece que el Ministerio de Salud es competente en productos farmaceuticos y sanitarios, dispositivos medicos y establecimientos farmaceuticos; Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2011-SA se aprobo el Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y Productos Sanitarios, con el objeto de establecer las disposiciones reglamentarias de la Ley N° 29459, regulando el registro, control y vigilancia sanitaria de estos productos en concordancia con los lineamientos de la Politica Nacional de Medicamentos; Que, con Decreto Supremo N° 016-2013-SA, se modifico el precitado Reglamento, cuya MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria establece que la Autoridad Nacional de Salud (ANS), en un plazo de sesenta (60) dias calendario, conformara el grupo de trabajo encargado de elaborar los criterios y acciones para la evaluacion y cumplimiento de su eficacia y seguridad de las especialidades farmaceuticas que fueron autorizadas MORDAZA de la vigencia de la Ley N° 29459; Que, en tal sentido, mediante los documentos del visto, la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas ha propuesto la conformacion del Grupo de Trabajo, a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 016-2013-SA; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas; Con el visado del Director General de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y; De conformidad con lo previsto en el articulo 35 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1.- Conformar el Grupo de Trabajo encargado de elaborar los criterios y acciones para la evaluacion y cumplimiento de la eficacia y seguridad de las especialidades farmaceuticas comprendidas en la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 016-2013-SA, el mismo que estara integrado por: · · · · · · Med. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien lo presidira. Q.F. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lopez. Med. MORDAZA Okamoto Kuniyoshi. Q.F. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Exebio. Med. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Delgado. Q.F. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arizabal.

Conforman Grupo de Trabajo encargado de elaborar los criterios y acciones para evaluacion y cumplimiento de la eficacia y seguridad de las especialidades farmaceuticas, a que se refiere el D.S. Nº 016-2013-SA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 707-2014/MINSA MORDAZA, 19 de setiembre del 2014 Visto, el Expediente N° 14-087837-001, que contiene la Nota Informativa N° 378-2014-DIGEMID-DG-EA/MINSA, de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29459, Ley de los Productos Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y Productos Sanitarios, define y establece los principios, normas, criterios y exigencias basicas sobre los productos farmaceuticos, dispositivos medicos y productos sanitarios de uso en seres humanos, en concordancia con la Politica Nacional de Salud y la Politica Nacional de Medicamentos;

Articulo 2.- El Grupo de Trabajo, debera instalarse dentro de los siete (7) dias siguientes a la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Asimismo, contara con un plazo de ciento ochenta (180) dias calendario contados a partir de su instalacion para cumplir con el encargo encomendado. Articulo 3.- El Grupo de Trabajo podra solicitar a la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas, y a las instancias publicas o privadas que considere pertinente, la coordinacion, apoyo y facilidades requeridas para el cumplimiento de su labor. Articulo 4.- La conformacion del presente Grupo de Trabajo, asi como el desarrollo de la labor encomendada no generaran gastos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 5.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA institucional del Ministerio de Salud, en la direccion electronica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/dge_normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1140482-2

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