Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2014 (21/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA 21 de setiembre de 2014

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CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 28º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Articulos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalizacion y Acreditacion, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta MORDAZA Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comites Tecnicos de Normalizacion; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la Organizacion Mundial del Comercio, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion 0482008/CNB-INDECOPI; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo los siguientes Comites Tecnicos de Normalizacion: a) Productos forestales maderables transformados y b) Juegos mecanicos; de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, los Comites Tecnicos de Normalizacion citados, presentaron Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas (PNTP) y fueron sometidos a Discusion Publica en las fechas indicadas: a) Productos forestales maderables transformados, 01 PNTP, el 16 de MORDAZA de 2014, mediante el Sistema 2 u ordinario por un periodo de 60 dias contados a partir del 04 de MORDAZA de 2014; b) Juegos mecanicos, 05 PNTP, el 27 de MORDAZA de 2014, mediante el Sistema 2 u ordinario por un periodo de 60 dias contados a partir del 04 de MORDAZA de 2014; Que, no habiendose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas, y luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo su aprobacion como Normas Tecnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolucion 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros. RESUELVE: APROBAR como Normas Tecnicas Peruanas, las siguientes: NTP 260.068:2014 MUEBLES. Mobiliario para instituciones educativas. Requisitos y ensayos. Superficies para escribir con tizas. 1ª Edicion JUEGOS MECANICOS. Practica normalizada para calidad, manufactura y construccion de juegos mecanicos y dispositivos. 1ª Edicion JUEGOS MECANICOS. Guia normalizada para inspeccion

que senala que considerando la informacion de la empresa SGS Certificadora de Educacion SAC y el INFORME AC-2013-04-CONEAU/DEA/Observador, se recomienda otorgar la acreditacion a la MORDAZA MORDAZA mencionada, por el periodo de tres (03) anos; (...)" DEBE DECIR: "(...) iii) Acuerdo Nº 010-2014-CDAH, mediante el cual se otorga la acreditacion de la MORDAZA de Educacion Secundaria: Filosofia y Teologia, en base al INFORME AC-03-2014SINEACE/ST-DEA-ESU, de la Direccion de Evaluacion y Acreditacion de Educacion Superior Universitaria del SINEACE en el que senala que considerando la informacion de la empresa SGS Certificadora de Educacion SAC y el INFORME AC-2013-04-CONEAU/DEA/Observador, se recomienda otorgar la acreditacion a la MORDAZA MORDAZA mencionada, por el periodo de tres (03) anos; (...)" En el articulo 1º. DICE: "(...) Articulo 1º.- Oficializar la acreditacion a las carreras profesionales universitarias de Enfermeria, Educacion Primaria y Educacion Secundaria de la Universidad Catolica MORDAZA MORDAZA de Mogrovejo ­ sede Chiclayo, otorgadas mediante Acuerdos Nº 008-2014-CDAH, Nº 009-2014-CDAH y Nº 010-2014-CDAH respectivamente, de Sesion de fecha 03 de setiembre continuada el 08 de setiembre 2014, del Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE. Dichas acreditaciones se otorgan por el periodo tres (03) anos, contados a partir de la publicacion de la presente resolucion. (...) DEBE DECIR: "(...) Articulo 1º.- Oficializar la acreditacion a las carreras profesionales universitarias de Enfermeria, Educacion Primaria y Educacion Secundaria: Filosofia y Teologia de la Universidad Catolica MORDAZA MORDAZA de Mogrovejo ­ sede Chiclayo, otorgadas mediante Acuerdos Nº 008-2014-CDAH, Nº 009-2014-CDAH y Nº 010-2014-CDAH respectivamente, de Sesion de fecha 03 de setiembre continuada el 08 de setiembre 2014, del Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE. Dichas acreditaciones se otorgan por el periodo tres (03) anos, contados a partir de la publicacion de la presente resolucion. (...)" 1140478-1

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Aprueban Normas Tecnicas Peruanas sobre muebles, juegos mecanicos, azucar, alimentos envasados y etiquetado, y dejan sin efecto 10 NTP
RESOLUCION COMISION DE NORMALIZACION Y DE FISCALIZACION DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 93-2014/CNB-INDECOPI MORDAZA, 4 de setiembre de 2014

NTP 924.004:2014

NTP 924.005:2014

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