NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (21/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 44
El Peruano Domingo 21 de setiembre de 2014 533058 al 29 de setiembre de 2014, para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo durante la Feria Internacional de Turismo “ABAV 2014”, a realizarse en la referida ciudad. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Liz Carolina Chuecas Gatty: - Pasajes Aéreos : US $ 730,00 - Viáticos (US$ 370,00 x 6 días) : US $ 2 220,00 Araceli Delia Carpio Luna: - Pasajes Aéreos : US $ 730,00 - Viáticos (US$ 370,00 x 6 días) : US $ 2 220,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1139710-1 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 196-2014-PROMPERÚ/SG Lima, 11 de setiembre de 2014 Visto los Sustentos Técnicos de viaje de la Dirección de Promoción del Turismo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de dichas funciones, PROMPERÚ tiene previsto participar en la Feria Internacional de Turismo “Jata Tourism Expo Japan”, a realizarse del 25 al 28 de setiembre de 2014, en la ciudad de Tokio, Japón, con la presencia de tour operadores peruanos a fi n de generar nuevos contratos comerciales, incentivar a que nuevas empresas japonesas ofrezcan nuestro destino así como identifi car nuevas oportunidades para la generación de acciones de promoción del país en el mercado japonés; Que, asimismo PROMPERÚ ha programado realizar el evento “Workshop Osaka”, a realizarse en la ciudad de Osaka, Japón, el 30 de setiembre de 2014, con la fi nalidad de fomentar la comercialización de nuestro destino entre tour operadores peruanos y japoneses, así como incorporar nuevas agencias de viaje para la comercialización del destino, especialmente agencias medianas y pequeñas provenientes de Osaka, la segunda ciudad emisiva de turistas japoneses al Perú; Que, en tal razón, la Dirección de Promoción del Turismo ha solicitado que se autorice la comisión de servicios de la señora Karina Giovanna Oliva Black, quien presta servicios en dicha Dirección, a las ciudades de Tokio y Osaka, Japón, para que en representación de PROMPERÚ, desarrolle diversas actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en los eventos antes señalados; Que, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Karina Giovanna Oliva Black, a las ciudades de Tokio y Osaka, Japón, del 22 de setiembre al 1º de octubre de 2014, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo durante los eventos mencionados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes Aéreos: : US $ 2 828,00 - Viáticos (US$ 500,00 x 8 días) : US $ 4 000,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, la señora Karina Giovanna Oliva Black, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realiz0das y los logros obtenidos durante los eventos a que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1139710-2 CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 004-2014-SINEACE/CDAH-P Mediante Ofi cio Nº 390-2014-SINEACE/P el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 004-2014-SINEACE/CDAH-P, publicada en la edición del 15 de setiembre de 2014. En el cuarto párrafo del sexto considerando. DICE: “(...) iii) Acuerdo Nº 010-2014-CDAH, mediante el cual se otorga la acreditación de la carrera de Educación Secundaria, en base al INFORME AC-03-2014-SINEACE/ ST-DEA-ESU, de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria del SINEACE en el