Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2014 (22/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Lunes 22 de setiembre de 2014

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Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de Huanuco. Articulo 2°.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion de autorizacion y debe haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 3°.- La titular de la autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados. Articulo 4°.- La titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38° del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones
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Que, el articulo 19° de la Ley de Radio y Television, concordante con el numeral 3) del articulo 71° de su Reglamento, establece que el plazo MORDAZA para resolver las solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento veinte (120) dias; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo, conforme a lo establecido en el MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Informe N° 0079-2014-MTC/29.02. ECER_HUANUCO, MORDAZA con Informe N° 0051-2014MTC/29.02.01_ECER_HUANUCO, del 02 de MORDAZA de 2014 y 13 de junio de 2014, respectivamente, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones da cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica realizada el 21 de marzo de 2014, a la estacion de radiodifusion autorizada a la empresa RADIO FRECUENCIA ESTELAR STEREO S.R.L., concluyendo que la administrada se encuentra operando correctamente la estacion de radiodifusion, de acuerdo a las Normas Tecnicas de Radiodifusion y conforme a la caracteristicas y tecnicas autorizadas; y, asimismo, cumple con el objetivo y programacion de su proyecto de comunicacion; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 30216 otorga un plazo de sesenta (60) dias habiles para que los radiodifusores cuyas renovaciones de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion hayan incurrido en causal de denegatoria, improcedencia o nulidad, soliciten la tramitacion de su renovacion y cumplan con las condiciones y requisitos previstos en la Ley N° 28278 y su Reglamento; siempre que la frecuencia o MORDAZA no MORDAZA sido asignado y que el acto administrativo no MORDAZA quedado firme administrativamente o no se cuente con resolucion judicial firme o consentida, en cuyo caso se requerira la MORDAZA del escrito de desistimiento expreso e irrevocable al recurso administrativo o MORDAZA judicial, segun sea el caso; Que, con Escrito P/D N° 147390 del 20 del agosto de 2014, la administrada solicito acogerse a los beneficios de la Ley N° 30216; Que, por Resolucion Directoral N° 1327-2014-MTC/28 del 11 de setiembre de 2014, se aprobo el cambio de ubicacion de la planta transmisora de la estacion autorizada a la empresa RADIO FRECUENCIA ESTELAR STEREO S.R.L., mediante Resolucion Viceministerial N° 545-95-TCC/15.17; Que, mediante Informe N° 1693-2014-MTC/28, MORDAZA con Informe N° 1805-2014-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones opina que es viable renovar la autorizacion otorgada a la empresa RADIO FRECUENCIA ESTELAR STEREO S.R.L. por Resolucion Ministerial Nº 545-95-TCC/15.17, al haber verificado el cumplimiento de las condiciones y requisitos previstos para tal efecto, y que la solicitante no se encuentra incursa en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion, contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; y de acuerdo a lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 30216; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 096-2004MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM), para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, entre las que se encuentra la localidad de MORDAZA, que comprende al distrito de MORDAZA, lugar donde se ubica la estacion materia de renovacion; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, su modificatoria la Ley N° 30216, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada a la empresa RADIO FRECUENCIA ESTELAR STEREO S.R.L., mediante Resolucion Viceministerial N° 54595-TCC/15.17, por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 30 de diciembre de 2015, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia

Denominacion social de la administrada, de acuerdo a la Partida Registral y la vigencia de poder que obran en los actuados.

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VIVIENDA
Designan funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo del Ministerio a la Direccion General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 340-2014-VIVIENDA MORDAZA, 18 de setiembre de 2014 VISTO: El Informe N° 035-2014/VIVIENDA-OGGRH de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 265-2013VIVIENDA, se designo al Jefe de la Unidad de Personal de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, como responsable de remitir las ofertas de empleo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a la Direccion General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, establece una nueva estructura organica del Ministerio, que comprende entre otros organos de apoyo, a la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos; Que, en consecuencia, es necesario dar por concluida la designacion efectuada por Resolucion Ministerial N° 265-2013-VIVIENDA y designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a la Direccion General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y su Reglamento

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