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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (22/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Lunes 22 de setiembre de 2014 533114 de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, la Ley N° 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2004-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación efectuada por Resolución Ministerial N° 265-2013-VIVIENDA. Artículo 2º.- Designar al Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, como responsable de remitir las ofertas de empleo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1140481-1 Designan representante del Ministerio ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública y Junta de Participación Social de Chimbote (Ancash) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 341-2014-VIVIENDA Lima, 18 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2010- MIMDES, se dictaron medidas para el funcionamiento de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social, aprobándose la conformación de su Directorio, el mismo que está integrado, entre otros, por un representante designado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, por Resolución Ministerial N° 679-2008- VIVIENDA, se designó a la señora Carmen Rosa Hoyos Vargas, como miembro del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública y Junta de Participación Social de Chimbote (Ancash), en representación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario dar por concluida la citada designación y, asimismo, designar a su reemplazo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y el Decreto Supremo N° 004-2010-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación de la señora Carmen Rosa Hoyos Vargas, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública y Junta de Participación Social de Chimbote (Ancash), dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor Dennys L Velásquez Carrasco como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante el Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública y Junta de Participación Social de Chimbote (Ancash). Artículo 3º.- Notifi car la presente Resolución al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1140481-2 ORGANOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Confirman resolución en el extremo que declaró improcedente solicitud de inscripción de candidato a alcalde para el Concejo Distrital de Desaguadero, provincia de Chucuito, departamento de Puno RESOLUCIÓN Nº 1346-2014-JNE Expediente Nº J-2014-01704 DESAGUADERO - CHUCUITO - PUNO JEE PUNO (EXPEDIENTE Nº 00131-2014-084) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACIÓN Lima, nueve de agosto de dos mil catorce. VISTO en audiencia pública de la fecha el recurso de apelación interpuesto por Roger Maquera Lupaca, personero legal titular del movimiento regional Proyecto Político Aquí, en contra de la Resolución Nº 00002-2014-JEE-PUNO/ JNE, del 19 de julio de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Puno, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de inscripción del candidato a alcalde Fabio Estanislao Sarmiento Choque, para el Concejo Distrital de Desaguadero, provincia de Chucuito, departamento de Puno, presentada por la citada organización política con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014. ANTECEDENTES Mediante Resolución Nº 00001-2014-PUNO/JNE (fojas 60), de fecha 10 de julio de 2014, el Jurado Electoral Especial de Puno (en adelante JEE) declaró inadmisible la referida solicitud de inscripción, requiriendo, respecto al candidato Fabio Estanislao Sarmiento Choque, que se adjunte la autorización por persona debidamente acreditada y con las atribuciones que le otorgue el estatuto o reglamento interno de la organización política al cual se encuentra afi liado (Partido Nacionalista Peruano), motivo por el cual, mediante escrito de fojas 65, el personero legal pretende subsanar tal omisión, precisando que el citado candidato no se encuentra afi liado a ningún partido político, presentando copia legalizada de la constancia de estado de afi liación emitida por el responsable de la Unidad Regional de Enlace Puno del Jurado Nacional de Elecciones de fecha 9 de abril de 2014 (fojas 141). Mediante Resolución Nº 00002-2014-JEE-PUNO/ JNE, de fecha 19 de julio de 2014, el JEE, declaró, entre otros, improcedente la inscripción del candidato Fabio Estanislao Sarmiento Choque, por cuanto de la consulta en el Registro de Organizaciones Políticas sobre su afi liación actual, se advierte que el candidato en cuestión se encuentra afi liado al Partido Nacionalista Peruano, desde el 14 de mayo de 2014, es decir un mes después de otorgada la constancia presentada con la subsanación que refi ere que no tiene afi liación a organización política alguna, por lo que al no haber subsanada la observación, se declaró la improcedencia de su candidatura. En contra de la referida resolución, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de inscripción del candidato señalado, el 1 de agosto de 2014, se interpuso recurso de apelación sosteniendo que el candidato, previo a la toma la decisión de postular, verifi có su afi liación a algún partido, hecho que resultó negativo conforme se puede apreciar de la constancia emitida el 9 de abril de 2014, donde se precisa que no está afi liado a ningún partido, sin embargo, en fecha posterior sin consentimiento y conocimiento, aparece afi liado al Partido Nacionalista Peruano, razón por la cual, en el mes de mayo solicitó al personero legal el permiso para participar en las elecciones municipales 2014, adjuntando la autorización emitida por la citada organización política de fecha 7 de junio de 2014 (fojas 154).