Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2015 (02/04/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Jueves 2 de MORDAZA de 2015

550011
MORDAZA Mendiola Nºs. 3520, 3540 y MORDAZA MORDAZA Bonifaz Nº 480, Distrito de Independencia, Provincia y Departamento de Lima; sin perjuicio de las responsabilidades de caracter administrativo que pudiera acarrear las omisiones a las obligaciones y deberes asumidas por la Persona Juridica de SERVICIO DE ADIESTRAMIENTO EN TRABAJO INDUSTRIAL ­ SENATI, al otorgarle la autorizacion como Escuela de Conductores Integrales. Articulo Segundo.- La Oficina General de Administracion ­ OGA, debe proceder a devolver la Carta Fianza Nº 0011-0661-9800086991-61, previa MORDAZA de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, cuyos gastos seran irrogados por la empresa denominada SERVICIO DE ADIESTRAMIENTO EN TRABAJO INDUSTRIAL ­ SENATI. Articulo Tercero.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias Sutran, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Quinto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a los sesenta (60) dias calendario de aprobada la solicitud de renuncia por la autoridad competente. Una vez quede firme la presente resolucion, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre

licencia de conducir de la clase A categorias II, III y de la clase B categoria II-c; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3460-2012MTC/15 de fecha 07 de setiembre de 2012 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de octubre de 2012, se autorizo a La Escuela para impartir los cursos de capacitacion para obtener la licencia de conducir de la clase A categoria I; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2915-2013MTC/15 de fecha 17 de MORDAZA de 2013 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17 de octubre de 2013, se autorizo a La Escuela el uso de un circuito de manejo, el cual se encuentra ubicado en: Av. MORDAZA Mendiola Mz. "J", Lotes 2, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 13, 14, 16, 17, 18, 19, 20, Seccion B, Urb. Habilitacion Industrial Panamericana Norte, Distrito de Independencia, Provincia y Departamento de Lima; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 534-2014MTC/15 de fecha 10 de febrero de 2014 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15 de marzo de 2014, se autorizo a la Escuela la renovacion de su autorizacion como Escuela de Conductores Integrales, autorizada mediante Resolucion Directoral Nº 11700-2008-MTC/15 por el periodo de cinco (05) anos, contados a partir del 13 de febrero de 2014; Que, mediante Parte Diario Nº 022576 de fecha 04 de febrero de 2014, La Escuela presento la Carta Fianza Nº 0011-0661-9800086991-61, emitida por el Banco BBVA Continental, a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por la suma de $10.000.00 Dolares Americanos, con fecha de vencimiento al 16 de febrero de 2015; a fin de cumplir con las condiciones de permanencia como Escuela de Conductores, establecido en el numeral 6 del articulo 62º del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre, y sus modificatorias, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; Que, mediante Parte Diario Nº 231628 de fecha 16 de diciembre de 2014, La Escuela formulo renuncia a su autorizacion otorgada por Resolucion Directoral Nº 5342014-MTC/15, la cual renovo su autorizacion primigenia emitida por Resolucion Directoral Nº 11700-2008-MTC; Que, mediante Oficio Nº 8933-2014-MTC/15.03 de fecha 19 de Diciembre de 2014, esta administracion solicito a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias, en adelante SUTRAN, se sirva informar si existe alguna sancion y/o procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la recurrente, a fin de evaluar sobre la procedencia de lo solicitado por la citada Escuela; Que, el articulo 63º de El Reglamento indica que: "Las autorizaciones concluyen por las siguientes causales: (...) c) Por renuncia de autorizacion formulada por la persona juridica autorizada, en cuyo caso surtira efectos a los sesenta (60) dias calendario de aprobada la solicitud de renuncia por la autoridad competente..."; Que, el MORDAZA parrafo del inciso d) del articulo 63º de la MORDAZA acotada precedentemente, senala que "Con excepcion del vencimiento del plazo de la autorizacion, los demas casos de conclusion de la autorizacion requieren declaracion expresa de la autoridad competente mediante Resolucion Directoral, la misma que, una vez que quede firme, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano"; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 156-2015MTC/15.03, que forma parte integrante de la presente Resolucion Directoral, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar PROCEDENTE la solicitud presentada por la empresa denominada SERVICIO DE ADIESTRAMIENTO EN TRABAJO INDUSTRIAL ­ SENATI, mediante el cual solicita la renuncia a la autorizacion otorgada a traves de la Resolucion Directoral Nº 534-2014-MTC/15 de fecha 10 de febrero de 2014, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales en el local ubicado en: Av. Panamericana Norte Km. 15.200 - Av.

1204446-1

Autorizan a Global Servicios y Construcciones Sociedad Anonima Cerrada la modificacion de los terminos de su autorizacion contenida en la R.D. Nº 2089-2013-MTC/15
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1099-2015-MTC/15
MORDAZA, 12 de marzo de 2015 VISTOS: El Parte Diario Nº 022363, presentado por la empresa denominada GLOBAL SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - GLOBAL SERCO S.A.C.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 14742011-MTC/15 de fecha 26 de MORDAZA de 2011, se autorizo a la empresa denominada GLOBAL SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - GLOBAL SERCO S.A.C. con RUC Nº 20537030338 y domicilio en Av. MORDAZA MORDAZA Nº 6707, MORDAZA y tercer piso, Urbanizacion San MORDAZA, distrito de Comas, Provincia y Departamento de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una Licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III, y de la Clase B Categoria II-c; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2659-2011MTC/15 de fecha 18 de MORDAZA de 2011, se autorizo a La Escuela, para impartir los cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria I; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2089-2013MTC/15 de fecha 20 de MORDAZA de 2013, se autorizo a la Escuela la ampliacion de local ubicado en el Jr. MORDAZA MORDAZA Condorcanqui S/N, 1er y 2do Piso, Barrio MORDAZA MORDAZA, Distrito, Provincia y Departamento de Huancavelica; Que, mediante Parte Diario Nº 022363 de fecha 05 de febrero de 2015, La Escuela solicita la modificacion de los

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.