Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2015 (02/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Jueves 2 de MORDAZA de 2015

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IX. Paquete de Atencion Integral de la Familia PAIFAM." Articulo 4°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Salud, en la direccion electronica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/dge_normas.asp Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud

y lograr la mejora y aplicacion de las metodologias e instrumentos para la gestion sanitaria descentralizada en el ambito de salud de las personas, a nivel institucional y sectorial, entre otros, en el ambito nacional; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 597-2006/ MINSA, se aprobo la NT N° 022-MINSA/DGSP- V.02: "Norma Tecnica de Salud para la Gestion de la Historia Clinica"; Que, mediante el documento del visto, la Direccion General de Salud de las Personas, ha propuesto la modificacion de la NT N° 022-MINSA/DGSP-V.02: "Norma Tecnica de Salud para la Gestion de la Historia Clinica", aprobada por Resolucion Ministerial N° 597-2006/MINSA, a fin de incorporar algunas precisiones al numeral 1 Ficha Familiar, del sub acapite VI.1.2.1 Formatos Basicos, del acapite VI.1.2 Formatos de la Historia Clinica, del acapite VI.I Estructura dela Historia Clinica, del articulo VI Disposiciones Especificas, asi como remplazar el Anexo N° 01: Ficha Familiar por un MORDAZA Anexo N° 01: Ficha Familiar, a fin de que sea acorde al MORDAZA de reforma de salud que viene implementando el Ministerio de Salud, asi como adecuarlo a las necesidades actuales de la poblacion; Que, la modificacion propuesta a la precitada MORDAZA Tecnica de Salud permitira realizar de manera efectiva la identificacion de las necesidades, problemas y riesgos en salud publica de las familias desde los establecimientos de salud a traves de los Equipos Basicos de Salud, asi como establecer una relacion mas activa y afectiva entre el personal de la salud y el grupo familiar, en cumplimiento de una de las funciones esenciales de la Atencion Primaria de Salud, la longitudinalidad (ver a las familias a lo largo de la vida), lo que a su vez facilitara el desarrollo de actividades de educacion para la salud dirigida a la toma de conciencia y a procurar un cambio en el comportamiento de las personas, que contribuya al desarrollo de familias saludables entre otras acciones; por lo que es conveniente su modificacion; Con el visado de la Directora General de la Direccion General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, del Viceministro de Salud Publica y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto el Anexo N° 01: Ficha Familiar de la NT N° 022-MINSA/DGSP-V.02: "Norma Tecnica de Salud para la Gestion de la Historia Clinica", aprobada por Resolucion Ministerial N° 597-2006/MINSA. Articulo 2º.- Aprobar el Anexo N° 01: Ficha Familiar de la NT N° 022-MINSA/DGSP-V.02: "Norma Tecnica de Salud para la Gestion de la Historia Clinica", aprobada por Resolucion Ministerial N° 597-2006/MINSA, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Modificar el numeral 1 Ficha Familiar, del sub acapite VI.1.2.1 Formatos Basicos, del acapite VI.1.2 Formatos de la Historia Clinica, del acapite VI.1 Estructura de la Historia Clinica, del articulo VI Disposiciones Especificas, de la NT N° 022-MINSA/ DGSP-V.02: "Norma Tecnica de Salud para la Gestion de la Historia Clinica", aprobada por Resolucion Ministerial N° 597-2006/MINSA, cuyo texto quedara redactado de la siguiente manera: " 1. FICHA FAMILIAR Es el formato contenido en el Anexo N° 01, que permite la identificacion del grupo familiar, asi como la definicion de riesgos familiares y el seguimiento correspondiente. El contenido minimo de la Ficha Familiar es el siguiente: I. Datos generales. II. Localizacion de la vivienda y datos sociodemograficos. III. Visita de salud familiar. IV. Caracteristicas de los miembros de la familia. V. Instrumentos de evaluacion familiar. VI. Riesgos a identificar de acuerdo a la etapa de MORDAZA y como familia. VII. Caracteristicas de la familia y la vivienda. VIII: Riesgos del entorno.

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Reclasifican la jerarquia de la Ruta Departamental o Regional Nº HU-106 de trayectoria: Emp. PE-5N (Dv. Pto. Inca) - Pto. MORDAZA, como Ruta Nacional, asignandole el Codigo Nº PE-5N H
RESOLUCION MINISTERIAL N° 144-2015 MTC/01.02
MORDAZA, 27 de marzo de 2015 VISTOS: Los Oficios N° 091 y 092-2015-GRH/PR del Gobierno Regional MORDAZA, el Memorandum N° 609-2015-MTC/20 de la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, el Informe N° 102-2015-MTC/14.07 de la Direccion de Caminos, y, el Memorandum N° 584-2015-MTC/14 de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles; CONSIDERANDO: Que, con Oficio N° 091-2015-GRH/PR de fecha 16 de febrero de 2015, el Gobierno Regional MORDAZA, solicita la reclasificacion de la Ruta Departamental o Regional N° HU-106 de trayectoria: Emp. PE-5N (Dv. Pto. Inca) - Puerto MORDAZA, L= 9.16 Km., como Ruta Nacional, con la finalidad que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a traves del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, realice intervenciones en dicha via a nivel de asfaltado, considerando que al estar realizando el mejoramiento y rehabilitacion en la Ruta Nacional PE-5N, resulta conveniente y estrategico intervenir al mismo nivel el acceso a Puerto Inca; Que, mediante Oficio N° 092-2015-GRH/PR de fecha 16 de febrero de 2015, el Gobierno Regional MORDAZA, solicita la reclasificacion de la Ruta Departamental o Regional N° HU-107 de trayectoria: Emp. PE-5N (Bello Horizonte) - Yuyapichis, L= 5.88 Km., como Ruta Nacional, con la finalidad que PROVIAS NACIONAL intervenga en dicha ruta a nivel de asfaltado aprovechando el despliegue logistico para el mejoramiento y rehabilitacion en la Ruta Nacional PE-5N, por cuanto resulta pertinente y estrategico intervenir en el acceso al distrito de Yuyapichis; Que, con Memorandum N° 609-2015-MTC/20 de fecha 09 de marzo de 2015, la Direccion Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL, emitio opinion favorable solamente con respecto a la reclasificacion de la Ruta Departamental o Regional N° HU-106, como Ruta Nacional; Que, a traves del Memorandum N° 584-2015-MTC/14 de fecha 10 de marzo de 2015, la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, concuerda con el Informe N° 1022015-MTC/14.07, de la Direccion de Caminos, en el cual se considera procedente la reclasificacion definitiva de la Ruta Departamental o Regional N° HU-106 de trayectoria: Emp. PE-5N (Dv. Pto. Inca) - Pto. MORDAZA, como Ruta Nacional, asignandole el Codigo PE-5N H, considerando que la citada via cumple con uno de los criterios de jerarquizacion vial para ser incorporada a la Red Vial Nacional: "Interconectar los principales centros de produccion con los principales centros de consumo"; con la finalidad de no modificar la

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