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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (02/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 52

El Peruano Jueves 2 de abril de 2015 550014 b. Las equivalencias de los cargos a que se refi ere el artículo 1 del presente Decreto Supremo. c. Los criterios para determinar la capacidad fi nanciera de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de abril del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1220203-8 ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Aceptan renuncia de Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administración del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 046-2015-COFOPRI/DE Lima, 31 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece en su artículo 7º que, mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confi anza no contemplados en el Artículo 1º de dicha Ley; Que, de conformidad con el artículo 9º, concordado con el literal i) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007- VIVIENDA, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad, quien tiene entre sus funciones, la de designar y cesar a los empleados de confianza, de conformidad con la legislación vigente; Que, mediante Resolución Directoral N° 006-2015- COFOPRI/DE de fecha 13 de enero de 2015, se designó al señor Pedro Calcina Huanca, en el cargo de Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina de Administración del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI; Que, mediante Carta s/n de fecha 24 de marzo de 2015, el señor Pedro Calcina Huanca, presentó su renuncia al cargo de Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina de Administración de COFOPRI, por motivos profesionales, siendo su último día laborable el 31 de marzo de 2015; Que, en ese sentido, resulta necesario aceptar la renuncia presentada por el señor Pedro Calcina Huanca al cargo de Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina de Administración del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 y el Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA; Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir del 01 de abril de 2015, la renuncia presentada por el señor Pedro Calcina Huanca al cargo de Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina de Administración del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTHA FERREYROS PAREDES Directora Ejecutiva Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI 1219804-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN