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El Peruano Viernes 3 de abril de 2015 550070 Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prorroga la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014, del artículo 3 de la aludida Ley N° 29608, respecto a las acciones de saneamiento de la información contable en el sector público, fi jándose como plazo de presentación de avances el primer semestre del año 2014 y los resultados fi nales de dicho año en el plazo establecido para la presentación de las rendiciones de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0275-2011- AG, de fecha 06 de julio de 2011, se conformó el Comité de Saneamiento Contable del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, que tiene a su cargo el desarrollo de las acciones que permitan reconocer, clasifi car y medir las cuentas contables cuyos saldos actuales ameriten la aplicación de las acciones de saneamiento contable; Que, el artículo 5 de la Resolución Directoral N° 012- 2014-EF/51.01 y el artículo 2 de la Resolución Directoral N° 013-2014-EF/51.0, disponen que los titulares de las entidades gubernamentales y empresariales del Estado, efectuarán el procedimiento para culminar el proceso de saneamiento contable; Que, el artículo 1 de la Resolución Directoral N° 001-2015-EF/51.01, dispone que las entidades gubernamentales y las empresas del Estado emitan una Resolución o Acuerdo de Directorio, según corresponda, suscrito por el Titular de la entidad pública; indicando la culminación del saneamiento contable según lo informado por el Comité de Saneamiento Contable, la registren en el Módulo de Saneamiento Contable - SISCO y la remitan a la Dirección General de Contabilidad Pública – DGCP, adjuntando los reportes del ejercicio 2014 obtenidos del indicado módulo, a más tardar el 31 de marzo de 2015; Que, mediante Memorándum N° 0503-2015- MINAGRI-OGA de fecha 30 de marzo de 2015, el Director General de la Ofi cina General de Administración solicita emitir la Resolución Ministerial que declare la conclusión del proceso de saneamiento contable, para lo cual sustenta su pedido en el Acta N° 07 del Comité de Saneamiento Contable del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, en la que señala que se han concluido las acciones de saneamiento contable al 31 de diciembre de 2014, de las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego Ministerio de Agricultura y Riego; Que, las acciones de saneamiento contable aludidas en el considerando precedente se encuentran resumidas en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, que detalla los registros realizados por periodos que han sido ingresados en el Módulo de Saneamiento Contable - SISCO, para su remisión a la Dirección General de Contabilidad Pública; Que, en base a lo expuesto, y de conformidad con la normatividad expuesta, es pertinente declarar la culminación del saneamiento contable del Pliego Ministerio de Agricultura y Riego, según lo informado por el Comité de Saneamiento Contable conformado mediante Resolución Ministerial N° 0275-2011-AG y disponer las acciones relativas a su registro y remisión; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluidas las acciones de saneamiento de la información contable, al 31 de diciembre de 2014, de las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego Ministerio de Agricultura y Riego, que se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina General de Administración ejecute las acciones necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 1 de la Resolución Directoral N° 001-2015-EF/51.01. Artículo 3º.- Dar por concluidas las funciones del Comité de Saneamiento Contable del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, conformado mediante Resolución Ministerial N° 0275- 2011-AG. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1219807-1 Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión Multisectorial para el Desarrollo de Capacidades en Gestión Pública de los Gobiernos Regionales y Locales, creada por D.S. Nº 002-2008-PCM. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0152-2015-MINAGRI Lima, 31 de marzo de 2015 VISTO: La Nota N° 065-2015-MINAGRI-DVM PA-DGAI/DG, de fecha 24 de marzo de 2015, del Director General de la Dirección General de Articulación Intergubernamental del Ministerio de Agricultura y Riego; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 002-2008-PCM, modificado mediante el numeral 8.4 del Artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2009-PCM, en adelante el Decreto Supremo, se creó la Comisión Multisectorial para el Desarrollo de Capacidades en Gestión Pública de los Gobiernos Regionales y Locales, de carácter permanente, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, en adelante “PLATAFORMA”; encargada de ejercer funciones de concertación, aportes técnicos, monitoreo y evaluación en la implementación del Plan Nacional de Desarrollo de Capacidades para la Gestión Pública y Buen Gobierno en el proceso de descentralización que se desarrolle en el país; Que, asimismo, mediante el artículo 4 del Decreto Supremo, se estableció la conformación de la mencionada Comisión Multisectorial, la cual está integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, el cual debe ser designado mediante resolución del Titular del Sector; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0031-2014- MINAGRI, de fecha 29 de enero de 2014, se designó a los señores Juan Pablo Miranda Leo y Miriam Beatriz Castillo de Tenorio, como representantes titular y alterna, respectivamente, del Ministerio de Agricultura y Riego, ante la Comisión Multisectorial para el Desarrollo de Capacidades en Gestión Pública de los Gobiernos Regionales y Locales, creada por Decreto Supremo Nº 002-2008-PCM; Que, mediante el documento de Visto, el Director General de la Dirección General de Articulación Intergubernamental propone la actualización de la representación del Ministerio de Agricultura y Riego ante la mencionada Comisión Multisectorial; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048; y, su Reglamento de