Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2015 (15/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Miercoles 15 de MORDAZA de 2015

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actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el predio de 845,22 m², ubicado en la parte posterior del predio situado en la MORDAZA Los MORDAZA Nº 768-4, a 250 metros al Sureste de la interseccion de la Avenida Los Cedros con la MORDAZA Los MORDAZA, en la Urbanizacion El Abanico, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, solicitada la consulta catastral, mediante Informe Tecnico Nº 3742-2015-SUNARP-Z.R.Nº IX/OC de fecha 23 de febrero de 2015 (fojas 39 - 40), la MORDAZA Registral Nº IX-Sede MORDAZA senalo que el predio en consulta se ubica en ambito del cual, en la base grafica parcial del Mosaico de Predios, no se ha identificado a la fecha, informacion grafica de plano con antecedentes registrales, por lo que no es posible determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, el tercer parrafo del articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 248-2008-SUNARP-SN senala que no impide la inmatriculacion, el informe tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 16 de marzo de 2015, se verifico (fojas 41) que el terreno es de naturaleza eriaza, forma irregular, topografia accidentada con una pendiente mayor a 30% y suelo de textura arcillosa con afloramiento rocoso; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratandose de un predio sin inscripcion registral, corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado, del predio de 845,22 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de primera inscripcion de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 272-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 17 de marzode 2015 (fojas 46 - 49); SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado, del predio de 845,22 m², ubicado en la parte posterior del predio situado en la MORDAZA Los MORDAZA Nº 7684, a 250 metros al Sureste de la interseccion de la Avenida Los Cedros con la MORDAZA Los MORDAZA, en la Urbanizacion El Abanico, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima; segun plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX- Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1223728-21

Nº 20070-2014-SUNARP-Z.R.Nº IX/OC de fecha 23 de octubre de 2014(fojas 37 - 40), la MORDAZA Registral Nº IXSede Huaral, senalo que el predio en consulta se ubica en ambito del cual, en la base grafica de la Oficina de Catastro, no se han identificado anotaciones registrales; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 16 de diciembre de 2014, se verifico (fojas51) que el terreno es de naturaleza eriaza, forma irregular, topografia variada, en ladera de cerro y proximo a MORDAZA de expansion urbana; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratandose de un predio sin inscripcion registral, corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado, del predio de 42 792,79 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de primera inscripcion de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 290-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 20 de marzode 2015 (fojas59 - 62); SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado, del predio de 42 792,79 m², ubicado al Suroeste del Asentamiento Humano El MORDAZA, distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima; segun plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX- Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Huaral. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1223728-23 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 221-2015/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 26 de marzo del 2015 Visto el Expediente Nº 1133-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del predio de 845,22 m², ubicado en la parte posterior del predio situado en la MORDAZA Los MORDAZA Nº 768-4, a 250 metros al Sureste de la interseccion de la Avenida Los Cedros con la MORDAZA Los MORDAZA, en la Urbanizacion El Abanico, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos

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