Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2015 (29/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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modificacion de la resolucion de alcaldia indicada en el parrafo precedente, senalando que el Sr. CHISTOPHER MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA, Sub Gerente de Informatica, sea designado como responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Lurin, y; Que mediante la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, cuyo texto unico ordenado fue aprobado por D.S. Nº 043-2003-PCM, se promueve la transparencia de los actos del Estado y se regula el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 del Art. 2º de la Constitucion Politica del Estado. Que, conforme lo establece el Art. 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y acceso a la Informacion Publica, bajo el MORDAZA de publicidad se desprende que todas las actividades y disposiciones de las Entidades de la Administracion Publica, a las que hace referencia el Titulo Preliminar de la Ley 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, estan sometidas, al MORDAZA de publicidad, y; Que, la referida MORDAZA legal en su Art. 5º senala que la Entidad debera identificar al Funcionario responsable de la elaboracion de los portales de Transparencia, y; Que, conforme lo establece el Art. 3º del D.S. Nº 072 -2003-PCM, constituye obligacion de la MORDAZA autoridad de la Entidad, designar al funcionario responsable de entregar la informacion de acceso publico y designar al funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de transparencia, asimismo, en el Art. 4º de la mencionada MORDAZA, se establece que la designacion del funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA, se efectuara mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad de la entidad y sera publicado en el Diario Oficial El Peruano, y; Que, en uso de las facultades que le confiere en el Inc. 6º del Art. 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. SE RESUELVE: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolucion de Alcaldia Nº 047-2015-ALC/ML de fecha 22 de enero de 2015. Articulo Segundo.- DESIGNAR, a partir de la fecha al Sr. CHISTOPHER MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Sub Gerente de Informatica de la Municipalidad Distrital de Lurin como responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Lurin. Articulo Tercero.- DISPONER que los Gerentes, Sub Gerentes y las demas areas que componen el organigrama estructural de esta Corporacion Municipal proporcionen al funcionario designado en el articulo precedente toda informacion y documentacion que este solicite, bajo responsabilidad, a fin de que se cumpla, dentro de los plazos establecidos en los dispositivos de la materia, bajo responsabilidad en caso de incumplimiento. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ARAKAKI NAKAMINE MORDAZA 1229883-1 POR CUANTO:

El Peruano Miercoles 29 de MORDAZA de 2015

El Concejo de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru establece que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, el articulo 197 de la Carta Magna, senala que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local; Que, segun el articulo 17 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, los gobiernos locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, el debate y la concertacion de los planes de desarrollo y presupuesto, asi como en la gestion publica. Asi tambien, dicha ley senala que la participacion de los ciudadanos se canaliza a traves de los espacios de consulta, coordinacion, concertacion y vigilancia existentes, y otros que los gobiernos regionales y locales establezcan de acuerdo con la ley; Que, de igual modo el numeral 2.9 del articulo 84 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, indica que es funcion exclusiva de las municipalidades distritales, promover el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar fisico, psicologico, social, moral y espiritual, asi como su participacion activa en la MORDAZA politica, social, cultural y economica del gobierno local; Que, segun el articulo V del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud, por el MORDAZA de Participacion se establece que el Estado promueve la participacion organizada de la juventud como organo de consulta y coordinacion en materia de juventud, a nivel del gobierno local, regional y nacional; Que, el literal b) del articulo 145 de la Ordenanza Nº 347/MM, que aprueba la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Miraflores, senala que la Gerencia de Desarrollo Humano tiene como funcion planear, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las acciones de los programas sociales de jovenes en la jurisdiccion del distrito de Miraflores, entre otras; Que, en ese contexto, la Gerencia de Desarrollo Humano, a traves del Memorandum Nº147-2015-GDH/ MM de fecha 17 de marzo de 2015, propone la ordenanza de creacion del Consejo Distrital de la Juventud de Miraflores, como un espacio de convergencia, dialogo, analisis, propuesta concertada y participacion de los jovenes del distrito; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica, con Informe Legal Nº 091-2015-GAJ/MM de fecha 19 de marzo de 2015, concluye que es viable la aprobacion de la propuesta mencionada, la misma que debe ser puesta a consideracion del Concejo Municipal para los fines correspondientes; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el articulo 9, numeral 8, y articulo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo, por UNANIMIDAD, y con dispensa del tramite de aprobacion del acta, aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL CONSEJO DISTRITAL DE LA JUVENTUD DE MIRAFLORES Titulo I

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Ordenanza que crea el Consejo Distrital de la Juventud de Miraflores
ORDENANZA Nº 442/MM Miraflores, 23 de MORDAZA de 2015 EL MORDAZA DE MIRAFLORES

Capitulo I Aspectos Generales Articulo 1º.- Objeto La presente ordenanza tiene por objeto crear, reglamentar el MORDAZA de conformacion y establecer las funciones del Consejo Distrital de la Juventud de Miraflores. Articulo 2º.- Finalidad La finalidad de la presente ordenanza es promover el desarrollo humano integral de la juventud, para que

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