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El Peruano Miércoles 29 de abril de 2015 551618 opcionalmente podrán fi rmar los observadores, de estar presentes. Artículo 27º.- De la elección del Secretario General Una vez elegidos los dieciséis (16) jóvenes consejeros miembros del Pleno del Consejo Distrital de la Juventud de Mirafl ores, éstos se reúnen en sesión plenaria, con un quórum mínimo para su instalación de la mitad más uno, para elegir al Secretario General del Consejo Distrital de la Juventud. Para dicha elección, solo podrán ser candidatos los consejeros miembros del Pleno del Consejo Distrital de la Juventud de Mirafl ores. Artículo 28º.- Apoyo de instituciones en el proceso de elección A fi n de llevar a cabo de manera idónea y asegurar la transparencia de los procesos electorales, el Comité Electoral podrá coordinar la asesoría especializada de instituciones públicas como el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), la Secretaria Nacional de la Juventud (SENAJU), entre otros. Capítulo VI De la Proclamación de Resultados Artículo 29º.- Proclamación Los Miembros de Mesa entregaran al Comité Electoral los resultados fi nales contenidos en las Actas Electorales. El Comité Electoral proclamará a los candidatos ganadores por áreas que hayan obtenido la mayor cantidad de votos, y a los candidatos ganadores de la elección por organizaciones juveniles. En el caso de la existencia de empate en la elección por áreas, se realizará un sorteo con la presencia de los candidatos que obtuvieron la mayor cantidad de votos. El Comité Electoral proclamará a los candidatos que resulten elegidos, mediante comunicación escrita al Alcalde indicando la relación de los candidatos electos y adjuntando las Actas Electorales. Artículo 30º.- Del reconocimiento del Consejo Distrital de la Juventud de Mirafl ores Mediante resolución de Alcaldía se reconocerá ofi cialmente a los dieciséis (16) jóvenes consejeros del Consejo Distrital de la Juventud de Mirafl ores; así como al Secretario Técnico designado por la Gerencia de Desarrollo Humano. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Facultar al Alcalde de Mirafl ores dictar, mediante decreto de alcaldía, las medidas complementarias y necesarias para la aplicación de la presente ordenanza. Segunda.- Crear el Registro de Organizaciones Juveniles a cargo de la Gerencia de Desarrollo Humano. Tercera.- El Consejo Distrital de la Juventud de Mirafl ores se encargará de la elaboración y aprobación de su Estatuto, en un plazo máximo de sesenta (60) días calendario de su instalación. Cuarta.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Humano. Quinta.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el Portal Institucional (www.mirafl ores.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1230203-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Disponen inicio de procedimiento administrativo disciplinario contra ex servidores de la municipalidad RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 001-2015-MDPH Punta Hermosa, 19 de marzo de 2015 EL GERENTE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA VISTO: El Informe Nº 002-2015-ST/MDPH, emitido por la Secretario Técnico de los órganos instructores para los Procesos Administrativos Disciplinarios para los servidores de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Memorando Nº 073-2014-MDPH/OCI, de fecha 5 de setiembre del 2014 el Jefe del Órgano de Control Institucional da cuenta que no se ha concluido con el deslinde de las responsabilidades de todos los ex servidores de la entidad comprendidos en la observación pre determinada por dicho órgano de control contenida en el Informe Nº 790-2013-CGVDE-EE Examen Especial a la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa “Proceso de Subasta Pública del Predio Ubicado en la Manzana U, Lote 1, de la Urbanización Miramar”, solicitando se cumpla con determinar la situación de los tres (03) funcionarios que se encuentran pendientes a fi n proceder a la determinación de las responsabilidades respectivas, conforme a la normativa vigente; Que, mediante Informe Nº 002-2015-ST/MDPH el Secretario Técnico eleva a este Despacho el informe conteniendo la Precalifi cación de la presunta falta imputada a los ex servidores señalados por el órgano de control, estableciéndose a partir de dicho instrumento los siguientes puntos: IDENTIFICACIÓN DE LOS SERVIDORES CIVILES Abg. IVETTE JENNIFER PITA PEÑA, Ex Jefe de la Ofi cina de Asesoría Legal Ing. RICARDO WILLY JUSTINIANO SOLANO, Ex Jefe de la División de Infraestructura Social y Productiva Ing. JULIO MARTINEZ CONDOR, Ex Jefe de la División de Infraestructura Social y Productiva DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS QUE CONFIGURARÍAN LA FALTA Mediante el Examen Especial antes señalado, el órgano de control institucional establece como Observación general que la entidad subastó irregularmente un predio de dominio público con un parea de 14,082.62 m2, ubicado en una zona de recreación pública, a pesar de no haber efectuado previamente su desafectación de uso ante la Municipalidad Metropolitana de Lima, conllevando a que se pierda un área de Recreación Pública destinada a la colectividad. El indicado órgano señala a su vez que la observación antes indicada comprende las siguientes defi ciencias: SE SUBASTÓ UN PREDIO DE DOMINIO PÚBLICO CON UN ÁREA DE 14,082.62 M2, SIN HABERSE EFECTUADO SU DESAFECTACIÓN DE USO ANTE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA. Señalando como causas de estas defi ciencias los siguientes hechos: Defi ciencias en los Informes Técnico y Legal que sustentaron la aprobación de la Subasta Pública: El Informe Nº 015-2011-GDPIST-DUCT-MDPH de fecha 10.01.2011 suscrito por el Ing. RICARDO