Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2015 (29/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano Miercoles 29 de MORDAZA de 2015

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El Comite Electoral tiene tres (03) dias habiles para resolver las tachas. Contra lo resuelto por el Comite Electoral no cabe impugnacion alguna. Articulo 25º.- Publicacion de candidatos Resueltas las Tachas formuladas contra los candidatos, el Comite Electoral procedera a realizar la publicacion definitiva de los Candidatos para el Consejo Distrital de la Juventud de Miraflores. Capitulo V Del MORDAZA Electoral Articulo 26º.- Etapas del MORDAZA electoral El MORDAZA electoral para la conformacion del Consejo Distrital de la Juventud es diferenciado, por areas y por organizaciones. 1) El MORDAZA electoral para candidatos por areas esta compuesto por las siguientes etapas: a) Instalacion de las Mesas de Sufragio o sus similares.- Los miembros de las Mesas de Sufragio se reunen en el local senalado para su funcionamiento media hora MORDAZA del inicio de la votacion, a fin de instalar la mesa de sufragio, la cual se MORDAZA constar en el Acta de Instalacion. b) Votacion.- Para la votacion los electores deben presentar el Documento Nacional de Identidad. Una vez emitido el MORDAZA, los electores colocaran su MORDAZA en el anfora respectiva y su firma y huella digital en la lista de asistencia. c) Escrutinio.- Al concluir la jornada electoral se levantara el Acta Electoral, que contendra la siguiente informacion: - Hora de inicio y conclusion del MORDAZA electoral. - Relacion de candidatos con el resultado de los votos obtenidos. - Firma de los miembros del Comite Electoral, opcionalmente podran firmar los observadores de estar presentes. Para la eleccion de los candidatos se debera contar con un minimo de treinta (30) votos del area a la que postulan. Una vez sobrepasado ese limite, el candidato ganador sera el que alcance la mayoria simple. Sin perjuicio de lo anterior, para los procesos electorales se podra implementar el sufragio electronico, contando con la asesoria y asistencia de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). Para tal efecto, el Comite Electoral aprobara este mecanismo para las elecciones correspondientes. 2) El MORDAZA electoral para candidatos por organizaciones juveniles esta compuesto por las siguientes etapas: a) Inscripcion en el Registro de Organizaciones Juveniles a cargo de la Gerencia de Desarrollo Humano. b) Encuentro de eleccion para candidatos de organizaciones juveniles: la eleccion se realizara mediante dialogo de todos los candidatos de las organizaciones juveniles acreditadas para participar del MORDAZA, segun la publicacion definitiva de las listas de candidatos respectiva. En este dialogo, todos los candidatos de organizaciones juveniles deberan elegir democraticamente a nueve (09) representantes de las organizaciones juveniles inscritas. Es un (01) MORDAZA por organizacion y corresponde al candidato inscrito. Este encuentro se debe llevar a cabo con al menos tres (03) instituciones observadoras y sera conducido por el Comite Electoral. c) Al concluir la jornada electoral se levantara el Acta Electoral, que contendra la siguiente informacion: - Acta de desarrollo del encuentro de eleccion. - Hora de inicio y conclusion del MORDAZA electoral. - Relacion de candidatos con el resultado de los votos obtenidos. - Firma de los miembros del Comite Electoral,

la Eleccion de los miembros del Consejo Distrital de la Juventud de Miraflores, donde se debera exponer como minimo lo siguiente: - Fecha de publicacion del padron electoral provisional. - Plazo para incluir y excluir electores del padron, el cual debe incluir a los jovenes de 18 a 29 anos que residan en el distrito de Miraflores. - Fecha de publicacion del padron electoral definitivo. - Fecha de inscripcion de los candidatos para cada area. - Fecha de inscripcion de los candidatos por organizaciones juveniles. - Fecha de publicacion provisional de las listas de candidatos. - Plazo para formular tachas contra los candidatos. - Plazo para resolver las tachas interpuestas contra los candidatos. - Fecha de publicacion definitiva de las listas de candidatos. - Fecha y hora de la eleccion. - Fecha de publicacion de los resultados. Capitulo IV De la Inscripcion de candidatos Articulo 22º.- Inscripcion de candidatos por organizaciones juveniles Los miembros de las organizaciones juveniles que deseen participar como candidatos en el MORDAZA electoral de los miembros del Pleno del Consejo Distrital de la Juventud de Miraflores, deberan reunir los siguientes requisitos: a) Tener entre 18 y 29 anos de edad. b) Ser representante de una organizacion juvenil, con un periodo de funcionamiento no menor de tres (03) meses previo a la inscripcion. c) Las organizaciones juveniles a las que integren deben contar con un minimo de cuatro (04) miembros jovenes, y deben estar domiciliadas en el distrito de Miraflores. d) Ficha de inscripcion al MORDAZA electoral debidamente llenada y entregada a la Municipalidad de Miraflores. e) Residir en Miraflores y estar inscrito en el Padron Electoral. f) Presentar Documento Nacional de Identidad correspondiente a la jurisdiccion del distrito de Miraflores. g) Presentar Hoja de MORDAZA sin documentar. Es impedimento y causal de inhabilitacion para postular al Consejo Distrital de la Juventud, el no cumplir los requisitos descritos en el presente articulo. La verificacion del cumplimiento de los requisitos estara a cargo del Comite Electoral. Articulo 23º.- Inscripcion de candidatos por areas territoriales Para el caso de los candidatos por areas, deberan contar con los siguientes requisitos: a) Tener entre 18 y 29 anos de edad. b) Residir en el area del distrito por la que postulan. c) Presentar Documento Nacional de Identidad correspondiente a la jurisdiccion del distrito de Miraflores. d) Relacion de adherentes que respaldan las candidaturas. El numero minimo de adherentes sera de veinte (20) personas y deben residir en el area del distrito. e) Ficha de inscripcion al MORDAZA electoral debidamente llenada y entregada a la Municipalidad de Miraflores. f) Presentar Hoja de MORDAZA sin documentar. Es impedimento y causal de inhabilitacion para postular al Consejo Distrital de la Juventud, el no cumplir los requisitos descritos en el presente articulo. La verificacion del cumplimiento de los requisitos estara a cargo del Comite Electoral. Articulo 24º.- Tachas Todo joven elector esta en la capacidad de formular tachas contra los postulantes, para lo que debera presentar las pruebas pertinentes de manera documentada; caso contrario se desestimara la tacha.

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