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El Peruano Miércoles 29 de abril de 2015 551624 el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, hasta el 27 de agosto de 2015, contados a partir de la vigencia del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- Exonerar del Proceso de Selección para la adquisición del Producto Leche Evaporada Entera en Bolsa de 410 gramos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo. Artículo Tercero.- Autorizar a la Sub Gerencia de Logística de la Municipalidad, como órgano encargado de las contrataciones de la entidad, la adquisición del insumo requerido para El Programa del Vaso de Leche, siguiendo el proceso de exoneración del Proceso de Selección de acuerdo a lo establecido en el artículo 135º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Artículo Cuarto.- Facultar al Señor Alcalde Distrital, para que en su calidad de Titular de la Entidad, inicie las medidas conducentes al deslinde de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales, de los funcionarios y/o servidores involucrados, que han originado la confi guración de la causal de desabastecimiento, si las hubiere, de conformidad con la normatividad vigente. Artículo Quinto.- Encargar a las unidades orgánicas competentes la publicación del presente acuerdo de aprobación en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) dentro de los 10 días hábiles siguientes, así como remitir copia del Acuerdo y de los informes técnico- legal a la Contraloría General de la República, dentro del Plazo de Ley. Artículo Sexto.- Dar cuenta a Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Administración, Sub Gerencia de Logística, Ofi cina de Control Interno, Sub Gerencia de Programas Sociales y demás unidades orgánicas pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. CARLOS A. PALOMINO ARIAS Alcalde 1230839-1 Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 039-2015-MVMT Villa María del Triunfo, 21 de abril del 2015 EL ALCALDE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTO, el Memorándum Nº 0289-2015-GM/MVMT de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 084-2015-GA/MVMT de la Gerencia de Administración, el Informe Nº 268-2015- SGP-GA/MVMT de la Sub Gerencia de Personal, y; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo es un órgano de gobierno local, que goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordantes con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1057 se regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, el cual tiene por objeto garantizar los principios de méritos y capacidad, igualdad de oportunidades y profesionalismo de la administración pública; asimismo mediante Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 012- 2004-TR de la Ley Nº 27736 señala que todo organismo público y empresa del Estado está obligada a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar. Los organismos públicos y empresas del Estado remitirán con diez (10) días hábiles de anticipación al inicio del concurso los puestos de trabajo vacantes a ofertar. Asimismo, los organismos públicos y empresas del Estado designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designación debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la entrada en vigencia de la presente norma; Que, mediante Informe Nº 084-2015-GA/MVMT de fecha 17 abril de 2015, la Gerencia de Administración señala la necesidad de designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad de Villa María del Triunfo al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Estando a lo expuesto, y en el uso de las facultades conferidas en el Art. 20, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al Sub Gerente de Personal como el funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad de Villa María del Triunfo al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de toda convocatoria que se realice a través del régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios – C.A.S. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Procesos su difusión en el portal institucional (página web). Regístrese, comuníquese, cúmplase y publiquese. CARLOS A. PALOMINO ARIAS Alcalde 1230845-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHACHAPOYAS Declaran la habilitación urbana denominada “Asociación de Vivienda Monte Sol - AVIRMOS” RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 065-2015-MPCH San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, 5 de febrero de 2015 VISTO: El Expediente Administrativo Nº 30704 de fecha 19 de setiembre de 2014 presentado por la Asociación de Vivienda Residencial Monte Sol – AVIRMOS - que solicita Licencia de Habilitación Urbana, e Informe Legal Nº 002- 2015-MPCH/SRRM de fecha 05 de febrero de 2015, y; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Chachapoyas es un órgano de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, conforme lo dispone el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, adoptando para su administración una estructura gerencial, sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión y control concurrente. Que, por solicitud de fecha 19 de setiembre de 2014 ingresado con Nº de Trámite 30704, la Asociación de