Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2015 (24/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Jueves 24 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

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Urbano, hasta por la suma de UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 1 686 600,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.), destinada al financiamiento de la elaboración del Estudio de Pre-Inversión a nivel de Factibilidad del Proyecto de Inversión Pública "Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado de los Sectores 334, 335, 336, 337, 343 y 344 - Distritos de Comas e Independencia", con código SNIP N° 319956. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para lo cual se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015. Artículo 5.- Información La Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.), informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros del Estudio de Pre-Inversión, del proyecto a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el marco del convenio suscrito por las partes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1327248-1

Autorizan Transferencias Financieras a EPS SEDAPAR S.A., EPS EMAPA HUARAL S.A. y EPS EMAQ S.R.L. destinadas a financiar medidas de prevención y mitigación ante posibles efectos del Fenómeno el Niño
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 350-2015-VIVIENDA Lima, 23 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, mediante la Resolución Ministerial Nº 445-2014-VIVIENDA se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2015 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda,

Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 4 488 740 633,00, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto; y el detalle de los recursos que lo financian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica de Ingreso; Que, el inciso vi) del literal a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30281, autoriza de manera excepcional, en el presente año fiscal, la realización de transferencias financieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento; las mismas que según el numeral 12.2 de dicho artículo se efectúan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Memorando Nº 1253-2015-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, solicita gestionar el dispositivo que autorice Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 1 943 635,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de tres (03) Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, destinadas al financiamiento de actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y de los posibles efectos que pudiera ocasionar el Fenómeno El Niño, para lo cual, se han suscritos los Convenios de Financiamiento correspondientes, en el marco del artículo 12 de la Ley N° 30281; precisando que las transferencias financieras serán atendidas con cargo a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano; Que, con Memorando Nº 3733-2015/VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo el Informe Nº 599-2015/VIVIENDA-OGPPOP de la Oficina de Presupuesto, por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 1 943 635,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de tres (03) Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, destinadas al financiamiento de actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y de los posibles efectos que pudiera ocasionar el Fenómeno El Niño; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso vi) del literal a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30281, es necesario aprobar las transferencias financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 1 943 635,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de tres (03) Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, destinadas destinadas al financiamiento de actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y de los posibles efectos que pudiera ocasionar el Fenómeno El Niño; De conformidad con lo establecido la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con el Decreto Supremo N° 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la EPS SEDAPAR S.A. Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES

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