Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2015 (25/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

Viernes 25 de diciembre de 2015 /

El Peruano

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Aprueban "Directiva que regula el procedimiento para el reconocimiento de las acreditaciones realizadas a instituciones educativas, carreras, programas u opciones ocupacionales por agencias o redes acreditadoras del extranjero y nacionales vinculadas a agencias o redes acreditadoras internacionales"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 175-2015-SINEACE/CDAH-P Lima, 22 de diciembre de 2015 VISTOS: El Informe Nº 028-2015-SINEACE/ST-DEA-ESU, de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria; el Informe N° 052-2015-SINEACE/ ST-DEA-IEES, de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas; e, Informe N° 049-2015/SINEACE/ST-DEA-EBTP de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Básica y Técnico Productiva; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2° de la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE define a dicho sistema como el conjunto de organismos, normas y procedimientos estructurados e integrados funcionalmente, destinados a definir y establecer los criterios, estándares y procesos de evaluación, acreditación y certificación a fin de asegurar los niveles básicos de calidad que deben brindar las instituciones a las que se refiere la Ley General de Educación Nº 28044, y promover su desarrollo cualitativo; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declaró en reorganización el SINEACE, autorizando al Ministerio de Educación a que mediante resolución ministerial constituya un Consejo Directivo Ad Hoc para el Sistema, a fin de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del organismo y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de su reorganización; Que, el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 269-2015-MINEDU, que modifica el artículo 7 de la Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, establece como una de las funciones del Consejo Directivo Ad Hoc aprobar los planes, lineamientos, directivas y demás documentos de gestión para ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del SINEACE y los procesos en desarrollo; Que, el el numeral 17.3 del artículo 17° del Reglamento de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE, aprobado con Decreto Supremo N° 018-2007-ED, establece que a solicitud de las instituciones y programas educativos, se podrán reconocer procesos de acreditación realizados por agencias acreditadoras del extranjero, cuyas funciones sean compatibles con la naturaleza del SINEACE y tengan reconocimiento oficial en sus respectivos países o por el organismo internacional a que pertenecen; Que, la "Norma que regula la formulación y aprobación de Directivas en el SINEACE", aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N° 040-2015-COSUSINEACE/CDAH-P, establece que todas las dependencias del Ente Rector del SINEACE

pueden formular un proyecto de Directiva, conforme al procedimiento dispuesto en la norma citada; Que, en atención a las normas antes citadas, mediante informes de vistos, las Direcciones de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria, de Institutos y Escuelas y de Educación Básica y Técnico Productiva del SINEACE, recomiendan la aprobación del documento denominado "Directiva que regula el procedimiento para el reconocimiento de las acreditaciones realizadas a instituciones educativas, carreras, programas u opciones ocupacionales por agencias o redes acreditadoras del extranjero y nacionales vinculadas a agencias o redes acreditadoras internacionales"; Que, el proyecto de la mencionada directiva fue aprobado por el Consejo Directivo Ad Hoc en Sesión Ordinaria del 09 de noviembre 2015, mediante Acuerdo N° 157-2015-CDAH; Con el visto bueno de la Secretaría Técnica, Oficina de Planificación y Presupuesto y Oficina de Asesoría Jurídica; y, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 0182007-ED la Ley N° 30220, Ley Universitaria y con las facultades otorgadas mediante la Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el documento técnico normativo denominado "Directiva que regula el procedimiento para el reconocimiento de las acreditaciones realizadas a instituciones educativas, carreras, programas u opciones ocupacionales por agencias o redes acreditadoras del extranjero y nacionales vinculadas a agencias o redes acreditadoras internacionales", que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución y anexo en el portal web del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc COSUSINEACE 1326896-1

INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO
Asignan montos recaudados por concepto de pago de derecho de vigencia de derechos mineros, y por derecho de vigencia y penalidad de pagos efectuados en el mes de noviembre de 2015 por la formulación de petitorios
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 151-2015-INGEMMET/PCD Lima, 21 de diciembre de 2015 VISTO; el Informe Nº 035-2015-INGEMMET/DDV/D de la Dirección de Derecho de Vigencia de fecha 18 de diciembre de 2015, respecto a la distribución de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia de derechos mineros vigentes formulados al amparo del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; así como, los montos recaudados por Derecho de Vigencia y Penalidad de los pagos efectuados en el mes de noviembre del año 2015 por la formulación de petitorios, conforme el referido Decreto Legislativo; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29169, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 20 de diciembre de 2007, se modificó el

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