Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2015 (25/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

Viernes 25 de diciembre de 2015 /

El Peruano

Que, la importancia de este evento ha sido recogida por el gobierno, mediante Decreto Supremo N° 113-2016EF, al declarar su realización como de interés nacional. La reunión de Lima plantea una oportunidad sin precedentes para nuestro mercado de valores, tanto por la calidad y diversidad de los participantes de la conferencia, como por los temas vinculados al desarrollo de los mercados que podrán tratarse. Así, el debate sobre el futuro de los mercados de valores se trasladará al Perú y, en ese contexto, se aprovechará para llevar a cabo conferencias dirigidas al público que tenga interés en el desarrollo de estos mercados; en este contexto, la reunión de Bali, servirá también para coordinar con la Secretaría General de IOSCO, el presidente del IOSCO Board y el del GEM, acerca de la Conferencia Anual del próximo año; Que, actualmente la SMV participa de las reuniones del Comité de Mercados Crecientes y Emergentes y de su comité directivo (Steering Committee), por lo que la Conferencia Anual del GEMC en Bali, República de Indonesia, es una gran oportunidad para intercambiar experiencias y conectarse con varios de los principales agentes del mercado financiero y aportar en el debate sobre problemas de alcance mundial, que preocupan a las economías emergentes; Que, en este evento se tratarán temas que suscitan mayor preocupación tanto en el ámbito internacional como el ámbito interno del GEMC, cuyo énfasis será proveer consideraciones para enfrentar los riesgos asociados con un sistema financiero cada vez más digitalizado, actualizar el conocimiento respecto de diversas líneas de trabajo de la OICV y sus comités y, se propiciará el diálogo entre los reguladores de los distintos países emergentes y los participantes del mercado local y sector privado en general; Que, en dicho contexto, la participación de la señora Lilian del Carmen Rocca Carbajal, Superintendente del Mercado de Valores, permitirá promocionar las diversas iniciativas para fortalecer las mejores prácticas de buen gobierno corporativo en nuestro mercado de valores, siendo de importancia para la SMV y el país, por lo que se considera necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos serán con cargo al presupuesto de la SMV; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, dispone que los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú se autorizan mediante Resolución del Titular de la entidad; y, De conformidad con el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje de la señora Lilian del Carmen Rocca Carbajal, Superintendente del Mercado de Valores, a la ciudad de Bali, República de Indonesia, del 16 al 25 de enero de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al presupuesto de la Superintendencia del Mercado de Valores ­ SMV, de acuerdo con el siguiente detalle: - Viáticos - Pasajes US$ 2 500,00 US$ 4 651,24

ORGANOS AUTONOMOS

CONTRALORIA GENERAL
Aceptan donación dineraria efectuada por la Agencia Alemana de Cooperación Técnica Internacional - GIZ en el Perú, para la Reunión de Evaluación y Programación de Revisión entre Pares - 2016
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 368-2015-CG Lima, 23 de diciembre de 2015 VISTOS; la Hoja informativa N° 00063-2015-CG/FI del Departamento de Finanzas, mediante la cual propone la aceptación de recursos realizados por la Agencia Alemana de Cooperación Técnica Internacional ­ GIZ; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Contraloría N° 602-2014CG, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 019: Contraloría General, para el Año Fiscal 2015, ascendente a CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES VEINTINUEVE MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/. 451´029,185.00); Que, la Agencia Alemana de Cooperación Técnica Internacional - GIZ en el Perú, en adelante la GIZ, y la Contraloría General de la República del Perú, con fecha 23 de noviembre de 2015, han suscrito el Contrato de Financiamiento N° FV-83217179/15, en virtud del cual la GIZ otorga a la Contraloría General de la República cooperación no reembolsable para apoyar la organización de la Reunión de Evaluación y Programación de Revisión entre Pares-2016, actividad que se llevará a cabo a mediados del mes de febrero 2016; Que, el monto no reembolsable, materia del Contrato de Financiamiento, asciende a DIECISÉIS MIL CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 16,000.00), que la Contraloría General de la República, recibirá en dos desembolsos (US$ 14,400.00 y US$ 1,600.00) para materiales impresos y virtuales, pasajes internacionales y estancia de los delegados de otros países, que estarán a cargo del desarrollo del mencionado evento, cuyo objetivo principal es analizar los resultados obtenidos en las entidades fiscalizadoras superiores participantes en algunas revisiones entre pares y examinar la proyección de la aplicación de este instrumento; Que, mediante Memorando N° 1214-2015-CG/FI de fecha 10 de diciembre 2015, el Departamento de Finanzas, comunica que con relación al Contrato de Financiamiento N° FV-83217179/15 antes mencionado, aperturó la cuenta corriente en el Banco Scotiabank en moneda extranjera para los dos desembolsos que se realizarán por un importe parcial de CATORCE MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 14,400.00) que al tipo de cambio de S/. 3.371 tiene una equivalencia en moneda nacional de CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS CON 40/100 SOLES (S/. 48,542.40); Que, el artículo 69° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales e internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad consignando la fuente donante y el destino de esos fondos públicos; asimismo, dispone que dicha Resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donación supere los cinco (05) Unidades Impositivas Tributarias; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF;

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria deberá presentar un informe detallado de las acciones realizadas durante el viaje. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 1327513-1

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