Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2015 (25/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 110

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NORMAS LEGALES

Viernes 25 de diciembre de 2015 /

El Peruano

Autorizan viaje de la Gobernadora Regional a Namibia, en comisión de servicios
ACUERDO REGIONAL Nº 099-2015-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 24 de noviembre del 2015 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191° de la "Constitución Política del Perú", concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales", los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Oficio Nº 4476-2015-GRA/SG la Secretaría General del Gobierno Regional de Arequipa, manifiesta que AUTOCOLCA ha cursado invitación a la Gobernadora para participar en la Décima Sesión del Comité para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial Windhoek, del 30/11/2015 al 04/012/2015 evento que se realizará en el Country Club and Resort de la ciudad de Windhoek en Namibia (África), evento en el cual la Danza del Wititi de la Provincia de Caylloma ha logrado la Declaratoria de Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad por parte de la UNESCO. Que, el artículo 10.1, de la Ley Nº 30281 "Ley del Presupuesto del Sector Público, para el Año Fiscal 2015", establece la prohibición de los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos, con cargo a los recursos del Estado. No obstante la participación de la Gobernadora Regional Abog. Yamila Osorio Delgado, será financiada por AUTOCOLCA, no irrogando ningún gasto al Gobierno Regional de Arequipa. Que, la Ley Nº 27619 regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM "Aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos", dicha norma en su artículo 11, establece que, los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gastos al Estado, deben ser autorizados, por tal motivo corresponde al Consejo Regional de Arequipa, pronunciarse respecto al otorgamiento de autorizaciones de viaje al exterior de los servidores o funcionarios públicos del Gobierno Regional de Arequipa. Que, el Art. 23 de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que el Vicepresidente Regional reemplaza al Presidente Regional en casos de licencia concedida por el Consejo Regional, que no puede superar los 45 días naturales al año, por ausencia o impedimento temporal, por suspensión o vacancia, con las prerrogativas y atribuciones propias del cargo. Cumple funciones de coordinación y aquellas que expresamente le delegue el Presidente. Percibe la remuneración correspondiente a su cargo, sin derecho a dietas. Que, por estas consideraciones y, siendo que corresponde al Consejo Regional otorgar la autorización, al amparo de la Ley Nº 27867 "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales", y en observancia del marco normativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 0012007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA; SE ACUERDA: Primero.- AUTORIZAR el viaje a la ciudad de Windhoek en Namibia África, en comisión de servicio, de la Gobernadora Regional, Abog. Yamila Osorio Delgado, los días 30/11/2015 al 04/12/2015, a efecto de que participe en la Décima Sesión del Comité para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial Windhoek, a cargo de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. Segundo.- DISPONER que dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la

Gobernadora Regional elevará al Consejo Regional de Arequipa, un informe de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, durante el viaje autorizado, para su conocimiento, bajo responsabilidad. Tercero.- DISPONER que durante el tiempo que dure la autorización concedida a la Gobernadora Regional, será reemplazada por el señor Vicegobernador. Cuarto.- NOTIFICAR copia del presente Acuerdo Regional a la Gobernadora del Gobierno Regional, al Vicegobernador y a Gerencia General. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. HENRRY IBAÑEZ BARREDA Presidente del Consejo Regional de Arequipa (e) 1326904-1

Disponen la publicación de concesiones mineras aprobadas en los meses de mayo a octubre de 2015
GERENCIA REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DE GERENCIA REGIONAL Nº 068-2015-GRA/GREM Arequipa, 29 de octubre de 2015 VISTO: El Informe Nº 320-2015-GRA/GREM-CM de fecha 29 de octubre de 2015 y la relación de Títulos Mineros otorgados por la Gerencia Regional de Energía y Minas de Arequipa, entre los meses de Mayo a Octubre de 2015, conforme lo informado por el (e) de Concesiones Mineras; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 10-AREQUIPA se aprobó la modificación de la estructura orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Arequipa, lo cual ha determinado la creación de la Gerencia Regional de Energía y Minas conforme al artículo 83º de la norma antes acotada, el cual establece su naturaleza y funciones; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 6772007-GRA/PR de fecha 27 de agosto de 2007, se delegó en el Gerente Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Arequipa la competencia de otorgamiento de concesiones para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 1792006-EM/DM y Nº 121-2008-EM/DM se declaró entre otros, que el Gobierno Regional de Arequipa concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas, siendo a partir de la fecha de sus publicaciones competente para ejercer entre otras, la función de otorgar concesiones mineras para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance regional; Que, conformidad con el artículo 124º del TUO de la Ley General de Minería aprobada por D.S. 014-92-EM; el Artículo 24º del Reglamento de Procedimientos Mineros aprobada por D.S. Nº 018-92-EM y el Inc. n) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 084-2007-EM y la Resolución Ejecutiva Regional Nº 009-2015-GRA/PR de fecha 05 de Enero del 2015; SE RESUELVE: Artículo Unico.- PUBLIQUESE en el Diario Oficial "El Peruano" las Concesiones Mineras cuyos títulos fueron aprobados entre los meses de Mayo a Octubre de 2015, de acuerdo a la Nomenclatura siguiente: A) NOMBRE DE LA CONCESIÓN; B) CÓDIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCIÓN; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VÉRTICES EXPRESADOS EN KILOMÉTROS: 1.-A) LUCERO 1 2015 B) 540000215 C) CORZO YTUZA COLBERT RAFAEL D) 032-2015-GRA/GREM 14/10/2015 E) 18 F) V1:N8279.97469 E798.12653

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