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El Peruano Jueves 1 de enero de 2015 543812 correspondiente al Año Fiscal 2014, la misma que fue ratifi cada mediante Resolución Jefatural Nº 0477-2014- ONAGI-J, de fecha 06 de agosto de 2014; Que, el inciso 40.2 del artículo 40 de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto establece que: “Las modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano”; Que, el artículo IX del Título Preliminar de la precitada norma, señala que: “El Presupuesto del Sector Público tiene vigencia anual y coincide con el año calendario. Durante dicho período se afectan los ingresos percibidos dentro del año fi scal, cualquiera sea la fecha en los que se hayan generado, así como los gastos devengados que se hayan producido con cargo a los respectivos créditos presupuestarios durante el año fi scal”; Que, el numeral 15 del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1140, establece que el Jefe de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, puede delegar las atribuciones que estime conveniente en el Secretario General u otros funcionarios de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior que no sean privativas a su función; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0490-2014- ONAGI-J, de fecha 21 de agosto de 2014, modifi cada con Resolución Jefatural Nº 0514-2014-ONAGI-J, de fecha 15 de setiembre de 2014, se delegó diversas facultades y atribuciones a los funcionarios y servidores públicos de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; Que, de igual manera, el literal b) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2013-IN, establece que el Jefe Nacional es el encargado de planear, conducir, coordinar, supervisar y evaluar el desarrollo de las actividades de los órganos de línea de la Institución, en concordancia a lo establecido en los lineamientos de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, aprobado por Ley Nº 29158; Que, conforme a lo expuesto en los considerandos precedentes y con el propósito de mantener la fl uidez de la gestión administrativa de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, para el cumplimiento de los objetivos institucionales durante el Año Fiscal 2015, resulta necesario ratifi car la delegación de facultades y atribuciones realizadas a través de la Resolución Jefatural Nº 0009-2014-ONAGI- J, de fecha 15 de enero de 2014, Resolución Jefatural Nº 0477-2014-ONAGI-J, de fecha 06 de agosto de 2014, Resolución Jefatural Nº 0490-2014-ONAGI-J, de fecha 21 de agosto de 2014 y Resolución Jefatural Nº 0514-2014- ONAGI-J, de fecha 15 de setiembre de 2014; Estando a lo informado por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, contando con las visaciones de la Secretaría General, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, la Ofi cina General de Administración y Finanzas y la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1140, que crea la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, Decreto Supremo Nº 003-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; SE RESUELVE: Artículo 1.- RATIFICAR la desconcentración de facultades a favor de la Jefatura de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, para la formalización de las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático dentro de la Unidad Ejecutora 01: Ofi cina Nacional de Gobierno Interior del Pliego 071: Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, correspondiente al Año Fiscal 2015, contenida en la Resolución Jefatural Nº 0009-2014-ONAGI-J, de fecha 15 de enero de 2014, y Resolución Jefatural Nº 0477-2014-ONAGI-J, de fecha 06 de agosto de 2014. Artículo 2.- DISPONER que la Jefatura de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, en mérito a la desconcentración, dispuesta en la presente Resolución, realice las gestiones necesarias que puedan viabilizar la ejecución de la formalización de las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, efectuadas en los meses respectivos, las cuales deberán estar debidamente fundamentadas dentro del marco normativo; y, en caso de contravención se sujetará a las responsabilidades administrativas, civiles y penales, según corresponda. Artículo 3.- RATIFICAR para el Año Fiscal 2015 la delegación de facultades y atribuciones realizada a los funcionarios y servidores públicos de la Unidad Ejecutora 01: Ofi cina Nacional de Gobierno Interior del Pliego Presupuestal 071: Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, contenida en la Resolución Jefatural Nº 0490-2014- ONAGI-J, de fecha 21 de agosto de 2014, y Resolución Jefatural Nº 0514-2014-ONAGI-J, de fecha 15 de setiembre de 2014. Artículo 4.- DISPONER que la Ofi cina de Trámite Documentario y Archivo, de la Secretaría General, notifi que la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y a todos los funcionarios de las Unidades Orgánicas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior que abarque la ratifi cación de la delegación de facultades y atribuciones, para su conocimiento y fi nes. Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ENRIQUE PESTANA URIBE Jefe de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior (e) 1183937-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Autorizan actualización de la base de datos de afiliados del Régimen de Financiamiento Subsidiado del SIS RESOLUCION JEFATURAL N° 272-2014/SIS Lima, 30 de diciembre de 2014 VISTOS: El Memorando N° 796-2014-SIS-GA, el Informe N° 119-2014-SIS/GA-AF/PCF con Proveído Nº 354-2014-SIS/GA de la Gerencia del Asegurado y el Informe N° 209-2014-SIS/OGAJ/JIPL con Proveído N° 756-2014-SIS/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Seguro Integral de Salud (SIS) es un Organismo Público Ejecutor del Ministerio de Salud, cuya misión es captar y administrar los recursos destinados al fi nanciamiento de las prestaciones de salud individual incluidas en los planes de benefi cios, con la fi nalidad de cubrir los riesgos en salud de la población asegurada a nivel nacional, de conformidad con la política del Sector; Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014- SA, se establece el marco normativo del Aseguramiento Universal en Salud a fi n de garantizar el derecho pleno y progresivo de toda persona a la seguridad social en salud, así como normar el acceso y las funciones de regulación, fi nanciamiento, prestación y supervisión del aseguramiento, constituyéndose según el artículo 7, en una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud; Que, el Decreto Supremo Nº 008-2010-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, establece en el artículo 78, que uno de los criterios de afi liación para el régimen subsidiado, estará condicionado a la califi cación socioeconómica del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH), excepto en las zonas determinadas por norma