Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2015 (01/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano Jueves 1 de enero de 2015

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formalizar sus propiedades, hasta la entrega de sus titulos de propiedad, f. empadronamiento de posesionarios y conductores de los sectores urbanos beneficiarios con el MORDAZA de formalizacion, g. tramites registrales hasta la obtencion de la inscripcion de la propiedad y h. llenado de los formatos de los titulos de propiedad a ser entregados a los beneficiarios de los procesos de formalizacion de la propiedad." Asi pues, mediante el referido convenio, se encargo a Jhonny MORDAZA MORDAZA MORDAZA la realizacion de los procedimientos tecnicos y legales correspondientes al saneamiento fisico legal de los asentamientos humanos en la Provincia de Jaen; no obstante que, esta es una funcion propia y exclusiva de las municipalidades en el ambito de sus circunscripciones territoriales, conforme a lo establecido en el articulo 73, numeral 1.4 y articulo 79, numeral 1.4.3, de la LOM, concordante con la Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotacion de Servicios Basicos, la cual senala en el articulo 4, numeral 4.1, que las municipalidades provinciales asumen de manera exclusiva y excluyente la competencia correspondiente a la formalizacion de la propiedad informal hasta la inscripcion de los titulos de propiedad. 9. De igual forma, obra en autos, de fojas 100 a 105, los Recibos de Pago, Nº A00317, de fecha 6 de enero de 2011, Nº A00349, de fecha 25 de enero de 2011, Nº 0000026, de fecha 31 de MORDAZA de 2011, Nº 0000048, de fecha 22 de junio de 2011, Nº 0000050, de fecha 4 de MORDAZA de 2011, y Nº 0000146, de fecha 2 de setiembre de 2011, todos ellos girados por Jhonny MORDAZA MORDAZA MORDAZA (estudio juridico MORDAZA Tello), a favor del Comite Pro Titulacion MORDAZA MORDAZA, con la precision "Programa: Saneamiento fisico legal de zonas urbanas titulacion de inmuebles urbanos, Proyecto: "Iniciativa ciudadana para la formalizacion de la propiedad informal", con los cuales se evidencia que, la autoridad cuestionada ejercio las funciones propias del convenio entre enero a setiembre de 2011. 10.En tal sentido, aunque el convenio se celebro cuando el regidor cuestionado no tenia tal condicion y, por ende, no se encontraba impedido de ejecutar las obligaciones pactadas en el convenio, cabe precisar que su ejecucion con posterioridad a la MORDAZA del cargo de regidor que actualmente ostenta Jhonny MORDAZA MORDAZA MORDAZA, si constituye el ejercicio de funciones administrativas o ejecutivas propias de la division de desarrollo MORDAZA y catastro de la entidad municipal. 11. Por consiguiente, al encontrarse acreditado con los mencionados recibos de pago, que, durante los meses de enero a setiembre de 2011, la autoridad MORDAZA cuestionada continuo realizando las labores pactadas en el Convenio Nº 048-2010, el ejercicio de funciones ejecutivas o administrativas se encuentra configurado, aun cuando el referido convenio no fue aprobado por el Concejo Provincial de MORDAZA, habiendo sido suscrito por el exalcalde MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en representacion de la municipalidad provincial. 12.Por su parte, la autoridad cuestionada alega en su defensa que el Convenio Nº 048-2010 no se ejecuto y que el MORDAZA de titulacion del asentamiento humano MORDAZA MORDAZA, si bien se inicio bajo su asesoramiento en el ano 2010, posteriormente, en el ano 2011 el MORDAZA de titulacion continuo siendo tramitado por la empresa BEIBEI Industrial Company E.I.R.L. Sobre el particular, resulta necesario precisar que los recibos de pago glosados en el considerando ocho de la presente resolucion, los cuales, fueron girados por el regidor cuestionado a favor del Comite Pro Titulacion MORDAZA MORDAZA, demuestran que entre los meses de enero y setiembre de 2011, Jhonny MORDAZA MORDAZA MORDAZA ejecuto las labores propias del convenio de saneamiento fisico legal. A mayor abundamiento, de acuerdo con lo precisado por la junta directiva del asentamiento humano MORDAZA MORDAZA en el Acta de Reunion, de fecha 6 de agosto de 2013 (fojas 803), el MORDAZA de titulacion colectivo se habria tramitado y elaborado por Jhonny MORDAZA MORDAZA MORDAZA a quien cada socio le habria pagado la suma de S/. 300,00 (trescientos y 00/100 nuevos soles). 13.Dicho esto, es oportuno recordar que, conforme a los lineamientos establecidos por este Supremo Tribunal Electoral, resulta MORDAZA que la infraccion al articulo 11 de la LOM se identifica con el ejercicio indebido de una competencia que no es propia del cargo de regidor, asi,

impedido de asumir funciones administrativas o ejecutivas dentro de la misma municipalidad, de lo contrario entraria en un conflicto de intereses asumiendo un doble papel, la de administrar y fiscalizar" (Resolucion Nº 241-2009JNE). 4. Asi, cabe precisar que, por funcion administrativa o ejecutiva se entiende a toda actividad o toma de decision que suponga una manifestacion concreta de la voluntad estatal que esta destinada a producir efectos juridicos sobre el administrado. De ahi que cuando el articulo 11 de la LOM establece la prohibicion de realizar funciones administrativas o ejecutivas respecto de los regidores, ello supone que dichas autoridades no estan facultadas para la toma de decisiones con relacion a la administracion, direccion o gerencia de los organos que comprenden la estructura del concejo. 5. Conforme a ello, este organo colegiado ha establecido que para la configuracion de esta causal deben concurrir dos elementos: a) que el acto realizado por el regidor cuestionado constituya una funcion administrativa o ejecutiva, y b) que dicho acto anule o afecte su deber de fiscalizacion (Resolucion Nº 481-2013-JNE). 6. De esta manera, para efectos de declarar la vacancia en el cargo de un regidor, en virtud de la causal MORDAZA senalada, no resulta suficiente realizar la conducta tipificada expresamente en la ley ­el ejercicio de funciones administrativas o ejecutiva­, ni tampoco que dicha conducta sea realizada voluntaria y conscientemente por parte del regidor ­principio de culpabilidad­, sino que, adicionalmente, resultara imperativo acreditar que dicha actuacion que sustenta un pedido de declaratoria de vacancia implique o acarree un menoscabo en el ejercicio de la funcion fiscalizadora, que si resulta un deber inherente al cargo de regidor, conforme a lo dispuesto en el articulo 10, numeral 4, de la LOM. Asimismo, es preciso senalar que dicha interpretacion no es novedosa al interior de este organo colegiado, en efecto, ya en la Resolucion Nº 398-2009-JNE, de fecha 5 de junio de 2009, se indico que "el regidor podra eximirse de responsabilidad que suponga la vacancia de su cargo, siempre que el ejercicio excepcional de la funcion administrativa o ejecutiva no suponga la anulacion o considerable menoscabo de las funciones que le son inherentes: las fiscalizadoras". Sobre el caso en concreto 7. En el presente caso, se le atribuye al regidor Jhonny MORDAZA MORDAZA MORDAZA haber ejercido funciones ejecutivas o administrativas durante el ano 2011, al realizar gestiones propias de los trabajadores municipales en los procesos de formalizacion de la propiedad de los sectores urbanos y asentamiento de la provincia de MORDAZA, las cuales efectuo al MORDAZA del Convenio Nº 048-2010, celebrado con el MORDAZA de la anterior gestion MORDAZA, el 24 de marzo de 2010. 8. Al respecto, con relacion al primer elemento que debe concurrir para tener por acreditada la causal de vacancia por ejercicio de funciones administrativas o ejecutivas, cabe senalar que obra en autos de fojas 41 a 43, el Convenio Nº 048-2010, celebrado el 24 de marzo de 2010, entre la Municipalidad Provincial de MORDAZA y el estudio juridico MORDAZA MORDAZA y abogados, con una vigencia de dos anos a partir de su suscripcion, en el cual se precisa que el estudio juridico integrado por Jhonny MORDAZA MORDAZA MORDAZA, persona natural, quien presta servicios de consultoria y asesoria profesional, asimismo, en la clausula tercera se establece como objeto del convenio que, "[...] A traves del presente convenio se encarga la gestion del MORDAZA de formalizacion al estudio juridico, el mismo que gestionara y ejecutara todos los MORDAZA tecnicos legales y registrales que se requieran para la formalizacion de la propiedad.", ademas, en la clausula sexta, se fija como obligaciones del estudio juridico, vale decir, del letrado Jhonny MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las siguientes: "a. diagnostico fisico legal de los terrenos que se van a afectar con el MORDAZA formalizacion de la propiedad, b. elaboracion del expediente tecnico para el MORDAZA de formalizacion, c. elaboracion de los informes que se requieran en el MORDAZA de formalizacion de la propiedad, d. elaboracion de los proyectos de resolucion de alcaldia que se necesiten para los MORDAZA de elaboracion de la propiedad, e. asesoramiento legal y tecnico a los beneficiarios de los diferentes sectores donde requieran

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