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El Peruano Jueves 1 de enero de 2015 543836 autoridades municipales debe ser interpretada atendiendo a la fi nalidad constitucional y legítima que esta persigue: garantizar la continuidad y normal desarrollo de la gestión municipal, que puede resultar entorpecida por la imposibilidad del alcalde o regidor de ejercer las funciones y competencias propias de su cargo. Por tales motivos, tomando en consideración que el artículo 14.2.3 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que son actos administrativos afectados por vicios no trascendentes y que ameritan ser conservados, como aquellos cuya realización correcta no hubiera impedido o cambiado el sentido de la decisión fi nal en aspectos importantes, y en aras de optimizar los principios de economía y celeridad procesales, este órgano colegiado considera que debe disponerse la suspensión del alcalde Renan Saavedra Sandoval. 4. En ese contexto, al existir un mandato de detención vigente, y en aplicación del artículo 25, numeral 3, de la LOM, corresponde suspender provisionalmente a Renan Saavedra Sandoval en el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Mariscal Cáceres, departamento de San Martín. En ese contexto, corresponde convocar al primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, Paulo Santiago Pinchi Tafur, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 01004225, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Mariscal Cáceres, entre tanto se resuelva la situación jurídica de Renan Saavedra Sandoval. 5. Asimismo, con el propósito de completar el número de regidores, corresponde convocar a la candidata no proclamada del partido político Movimiento Nueva Izquierda, Vicky Eslith Salazar Rodriguez, con Documento Nacional de Identidad Nº 41487252, a efectos de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Provincial de Mariscal Cáceres. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de suspensión de Renan Saavedra Sandoval en el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Mariscal Cáceres, departamento de San Martín, por la causal establecida en el artículo 25, numeral 3, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, provisionalmente, la credencial otorgada a Renan Saavedra Sandoval en el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Mariscal Cáceres, departamento de San Martín. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Paulo Santiago Pinchi Tafur, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 01004225, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Mariscal Cáceres, departamento de San Martín, debiéndose otorgar la respectiva credencial que la faculta como tal. Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Vicky Eslith Salazar Rodríguez, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 41487252, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de Mariscal Cáceres, departamento de San Martín, debiéndose otorgar la respectiva credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1183707-4 MINISTERIO PUBLICO Crean plaza de Fiscal Superior para la Fiscalía Superior Nacional Especializada contra la Criminalidad Organizada RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 120-2014-MP-FN-JFS Lima, 29 de diciembre de 2014 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30077, publicada el 20 de agosto de 2013, en el Diario Ofi cial El Peruano, se dispuso la implementación de la Ley contra el Crimen Organizado, estableciendo una serie de reglas y procedimientos efi caces para la investigación y sanción de los integrantes o cualquier persona que se encuentre vinculada a organizaciones criminales, diseñada para luchar contra las bandas organizadas y facilitar la labor coordinada de los operadores del sistema de justicia, como la Policía Nacional, Ministerio Público y Poder Judicial. Que, mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos Nº 084-2014-MP-FN-JFS, de fecha 16 de septiembre de 2014, se crearon a nivel nacional diversos despachos y plazas fi scales especializadas contra la Criminalidad Organizada, por lo que resulta necesario la creación de una plaza de Fiscal Superior Nacional Especializada contra la Criminalidad Organizada. Que, existiendo la necesidad de creación de nuevas plazas fi scales, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052 – Ley Orgánica del Ministerio Público, y en cumplimiento del Acuerdo Nº 3728, adoptado por unanimidad en Sesión Extraordinaria de Junta de Fiscales Supremos de fecha 26 de diciembre de 2014. SE RESUELVE: Artículo Primero.- CREAR, Una (01) plaza de Fiscal Superior para la Fiscalía Superior Nacional Especializada contra la Criminalidad Organizada. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento de la presente Resolución al Consejo Nacional de la Magistratura, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, a la Secretaria General de la Fiscalía de la Nación, a la Gerencia General, a la Gerencia de Potencial Humano, y a la Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AMÉRICO RAMOS HEREDIA Fiscal de la Nación Presidente de la Junta de Fiscales Supremos 1183959-1 Proclaman Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores y Provinciales en los diversos Distritos Judiciales a nivel nacional para el período 2015 - 2016 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 5472-2014-MP-FN Lima, 29 de diciembre del 2014 VISTO Y CONSIDERANDO: Mediante Ley Nº 29286 publicada el 4 de diciembre de 2008, se modifi có el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, en lo que concierne al Sistema de Elección y Funciones de las máximas autoridades del Ministerio Público; Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1654- 2008-MP-FN de fecha 11 de diciembre de 2008, se aprobó la Directiva Nº 004-2008-MP-FN, respecto a las