Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2015 (01/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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Que, en concordancia con lo anterior, el Literal c) del Articulo 8° del Reglamento de Organizacion y Funciones del OEFA establece que es funcion del Consejo Directivo del OEFA aprobar el Plan Anual de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - PLANEFA de la entidad; Que, en este contexto, las Direcciones de Evaluacion, de Supervision y de Fiscalizacion, Sancion y Aplicacion de Incentivos, en coordinacion con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, han formulado sus respectivos planes de intervencion para el ejercicio 2015, los cuales han sido priorizados y programados para garantizar el ejercicio adecuado de las competencias asignadas al OEFA, habiendo presentado el proyecto del Plan Anual de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - PLANEFA para su debida aprobacion y publicacion; Que, mediante Acuerdo N° 050-2014 adoptado en la Sesion Ordinaria N° 042-2014 del 30 de diciembre del 2014, el Consejo Directivo del OEFA decidio aprobar el Plan Anual de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental PLANEFA del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA correspondiente al ano 2015, por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolucion de Consejo Directivo, habiendose establecido la exoneracion del Acta respectiva a fin de asegurar su vigencia inmediata; Contando con los visados de la Secretaria General, de la Direccion de Supervision, de la Direccion de Evaluacion y de la Direccion de Fiscalizacion, Sancion y Aplicacion de Incentivos; asi como de la Oficina de Administracion, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en los Literales c) y n) del Articulo 8° del Reglamento de Organizacion y Funciones del OEFA aprobado por el Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el Plan Anual de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - PLANEFA del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA correspondiente al Ano 2015, el que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el diario oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe). Articulo 3°.- Disponer la publicacion en el MORDAZA Institucional del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe) del PLANEFA 2015 del OEFA, salvo lo relacionado a la respectiva programacion de acciones de fiscalizacion con la finalidad de asegurar la efectividad de la fiscalizacion ambiental a cargo de la entidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA APAC Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA 1183769-1

El Peruano Jueves 1 de enero de 2015

Amplian plazo para la MORDAZA de solicitud para el otorgamiento de incentivos en el ambito de la fiscalizacion ambiental correspondiente al periodo 2015
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO N° 049-2014-OEFA/CD MORDAZA, 30 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental (OEFA) como organismo publico tecnico especializado, con personeria

juridica de derecho publico interno, constituyendose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalizacion ambiental; Que, a traves de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por parte de los administrados, asi como supervisar y garantizar que las funciones de evaluacion, supervision y fiscalizacion ambiental ­a cargo de las diversas entidades del Estado­ se realicen de forma independiente, imparcial, agil y eficiente; Que, de acuerdo a lo previsto en el Literal a) del Numeral 11.2 del Articulo 11º de la Ley Nº 29325, modificado por la Ley Nº 30011, la funcion normativa del OEFA comprende la facultad de dictar, en el ambito y materia de sus competencias, las normas que regulen el ejercicio de la fiscalizacion ambiental en el MORDAZA del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental (SINEFA) y otras de caracter general referidas a la verificacion del cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables de los administrados a su cargo, asi como aquellas necesarias para el ejercicio de la funcion de supervision de Entidades de Fiscalizacion Ambiental (EFA), las que son de obligatorio cumplimiento para dichas entidades en los tres niveles de gobierno; Que, el Articulo 139° de la Ley N° 28611 - Ley General del Ambiente dispone la implementacion del Registro de Buenas Practicas Ambientales, en el cual se incorporara a toda persona natural o juridica que cumpla con sus compromisos ambientales y promueva buenas practicas ambientales; Que, el Articulo 150° de la Ley N° 28611 senala que corresponde otorgar un incentivo cuando por iniciativa del titular se implementan y ejecutan medidas o procesos destinados a reducir y/o prevenir la contaminacion ambiental y la degradacion de los recursos naturales, mas alla de lo exigido por la normatividad aplicable o la autoridad competente y que responda a los objetivos de proteccion ambiental contenidos en la Politica Nacional, Regional, Local o Sectorial, segun corresponda; Que, la Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29325 establece que el reglamento del Registro de Buenas Practicas Ambientales y el regimen de incentivos a los que se refieren los Articulos 139° y 150° MORDAZA citados, son aprobados por resolucion ministerial del Ministerio del Ambiente, y su aplicacion es supervisada o fiscalizada por el OEFA y las EFA; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 167-2014MINAM, publicada el 14 de junio del 2014, se establecio el Regimen de Incentivos en el ambito de la fiscalizacion ambiental con la finalidad de promover las practicas empresariales conducentes a prevenir y reducir en mayor medida los impactos negativos al ambiente, asi como, se dispuso que el OEFA apruebe las disposiciones reglamentarias correspondientes que permitan su adecuada implementacion; Que, asimismo, a traves de la mencionada Resolucion Ministerial se encargo al OEFA aprobar el reglamento del Registro de Buenas Practicas Ambientales, disponiendo que en este se inscribira a toda persona, natural o juridica que cumpla a cabalidad con sus obligaciones ambientales fiscalizables, y que dicha informacion sera difundida a traves del Sistema Nacional de Informacion Ambiental (SINIA) y el MORDAZA Web del OEFA; Que, por Resolucion de Consejo Directivo N° 0342014-OEFA/CD, publicada el 25 de octubre del 2014, se aprobo el Reglamento del Registro de Buenas Practicas Ambientales del OEFA, propiciando la difusion de las buenas practicas realizadas por personas naturales o juridicas, publicas o privadas, que cumplan con sus obligaciones ambientales y se encuentren bajo el ambito de competencia de esta entidad; Que, el 31 de octubre del 2014, se publico el Registro de Buenas Practicas Ambientales del OEFA, en el cual se encuentran inscritas cuarenta y cinco (45) unidades fiscalizables que cumplen con sus obligaciones ambientales, lo que evidencia su buen desempeno ambiental; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 040-2014-OEFA/CD, publicada el 18 de diciembre del 2014, se aprobo el Reglamento del Regimen de Incentivos en el ambito de la fiscalizacion ambiental a cargo del

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