TEXTO PAGINA: 71
El Peruano Sábado 10 de enero de 2015 544541 u obras, así como también regulan las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; Que, el artículo 5° de la citada Ley, concordante con el artículo 5° de su Reglamento, establece que el Titular de la Entidad podrá delegar mediante Resolución, la autoridad que la Ley le otorga, no pudiendo ser objeto de delegación, la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de ofi cio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establecen en el citado Reglamento; Que, el Jefe de la ONPE ejerce la representación legal de la Entidad en todos sus actos, además, tiene la atribución de delegar las facultades administrativas y/o legales que sean procedentes, de acuerdo a las leyes y disposiciones vigentes, de conformidad con los literales c) y u) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado y modifi cado por Resoluciones Jefaturales N° 063 y N° 216-2014-J/ONPE, respectivamente; Que, a efecto de lograr una gestión administrativa más dinámica y garantizar la celeridad de los procedimientos dentro de un marco de juridicidad, en materia de contratación pública, resulta necesario delegar en el Gerente General la facultad de aprobación del Plan Anual de Contrataciones de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales para el Ejercicio Fiscal 2015 y sus modifi catorias; En uso de las facultades conferidas en el literal u) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la Entidad aprobado y modifi cado por Resoluciones Jefaturales N° 063 y N° 216-2014-J/ONPE, respectivamente y de conformidad con lo señalado en el Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF; y Con el visado de la Secretaría General y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Delegar en el Gerente General, la facultad de aprobar el Plan Anual de Contrataciones de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales para el Ejercicio Fiscal 2015, y las modifi catorias que correspondan. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el portal institucional, www.onpe.gob.pe, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO CUCHO ESPINOZA Jefe 1186352-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Aprueban gratuidad de la emisión de Certificados Digitales a favor de las Entidades del Sector Público en su calidad de Titular y a todos los Suscriptores que estas soliciten RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 01-2015/JNAC/RENIEC Lima, 9 de enero de 2015 VISTOS: La Hoja de Elevación Nº 000139-2014/ GCRD/RENIEC (03DIC2014), el Memorando Nº 000597- 2014/GCRD/RENIEC (30DIC2014), emitidos por la Gerencia de Certifi cación y Registro Digital; los Informes Nº 000174-2014/GCRD/SGRD/RENIEC (02DIC2014), Nº 000191-2014/GCRD/SGRD/RENIEC (30DIC2014), emitidos por la Sub Gerencia de Registro Digital de la Gerencia de Certifi cación y Registro Digital; el Memorando Nº 001204-2014/GG/RENIEC (19DIC2014), emitido por la Gerencia General; la Hoja de Elevación Nº 000002-2015/ GPP/RENIEC (05ENE2015), emitida por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; los Informes Nº 000183- 2014/GPP/SGPL/RENIEC (31DIC2014), emitido por la Sub Gerencia de Planifi cación y el Informe Nº 000001- 2015/GPP/SGP/RENIEC (05ENE2015), emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; la Hoja de Elevación Nº 000055-2014/GAJ/ SGAJR/RENIEC (26DIC2014) e Informe Nº 000007-2015/ GAJ/SGAJR/RENIEC (07ENE2015), emitidos por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica y las Hojas de Elevación Nº 000764- 2014/GAJ/RENIEC (26DIC2014) y Nº 000014-2015/ GAJ/RENIEC (07ENE2015), emitidas por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 183º de la Constitución Política del Perú, es competencia funcional del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, mantener actualizado el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales y emitir los documentos que acreditan su identidad; Que conforme a lo dispuesto en el artículo 26º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (DNI) es público, personal e intransferible, constituye la única cédula de identidad personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado, es el único título de derecho al sufragio de la persona a cuyo favor ha sido otorgado; Que el artículo 98º del Decreto Supremo Nº 015-98- PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, otorga la facultad a la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los costos por los servicios que considere pertinente; Que en atención a ello, mediante la Resolución Jefatural Nº 08-2014/JNAC/RENIEC, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 18 enero de 2014, se aprobó la gratuidad de la emisión de Certifi cados Digitales a favor de las Entidades del Sector Público en su calidad de Titular y a todos los Suscriptores que estas soliciten; Que a través de los documentos de vistos, la Gerencia de Certifi cación y Registro Digital manifi esta que conforme lo ejecutado en los años anteriores y, considerando que los actuales usuarios de los certifi cados digitales continúen utilizándolos en diferentes servicios, y que además, se extienda su uso a más entidades, se estima que la proyección de meta física mínima para el año 2015, sea de 5,000 certifi cados digitales; Que en atención a lo señalado precedentemente, la acotada Gerencia solicita se amplíe el plazo para continuar con la emisión gratuita de Certifi cados Digitales durante el año 2015 para las Entidades del Sector Público, lo que permitirá fortalecer el desarrollo del gobierno electrónico en el país, masifi cando el uso de los certifi cados digitales y permitiendo realizar transacciones electrónicas seguras; Que en ese sentido la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, mediante los documentos de vistos, señala que la gratuidad para la emisión mínima de 5,000 Certifi cados Digitales a favor de las Entidades del Sector Público para el año 2015, solicitada por la Gerencia de Certifi cación y Registro Digital, será con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la Entidad para el presente año 2015, los que serán atendidos en la medida que se realicen los trámites correspondientes; Que en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad administrativa podrá disponer en el mismo acto administrativo que éste tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; en tal sentido, resulta legalmente viable la gratuidad solicitada por la Gerencia de Certifi cación y Registro Digital con efi cacia anticipada al primer día útil de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2015;