Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2015 (21/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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Penal, del Gerente de Administracion Distrital de la Corte del Callao, del Jefe de la Oficina Distrital de Imagen Institucional, de los Senores Magistrados de este Distrito Judicial, y de los designados para sus fines pertinentes. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1190881-1

El Peruano Miercoles 21 de enero de 2015

Conforman el Equipo Tecnico Distrital de Implementacion de la Ley Procesal del Trabajo de la Corte Superior de Justicia del Callao
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 28-2015-P-CSJCL/PJ Callao, 13 de Enero del 2015 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS Y CONSIDERANDO Que, es atribucion del Presidente de la Corte Superior de Justicia, dirigir la politica del Poder Judicial en su Distrito Judicial, a tenor de lo establecido en el inciso 3) del articulo 90 del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Que, la Ley 29497 ­ Nueva Ley Procesal de Trabajo establece en su MORDAZA Disposicion Transitoria, que el Poder Judicial dispondra la creacion e instalacion progresiva de Juzgados y MORDAZA Laborales en los Distritos Judiciales de la Republica que lo requieran, para fortalecer la especialidad laboral a efectos de brindar un servicio de justicia eficiente. Que, mediante Resolucion Administrativa Nro. 002-2012CE-PJ de fecha 10 de Enero del 2012, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobo la estructura organizacional y funcional del Equipo Tecnico Institucional de implementacion de la Nueva Ley Procesal de Trabajo ­ ETI LABORAL. Que, por Resolucion Administrativa Nro. 061-2013CE-PJ, de fecha 03 de MORDAZA del 2013, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, aprobo por el plazo de cuatro meses, la "Nueva Estructura Organizacional y Funcional del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo", en cuyo articulo 5 literal b) se establece que el Equipo Tecnico mencionado debe estar integrado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia, quien lo preside; un Juez Superior, un Juez Especializado, un Juez de Paz Letrado que apliquen la Nueva Ley Procesal de Trabajo y un Secretario Tecnico ­ Administrador del Modulo Laboral. Que, mediante Resolucion Administrativa Nro. 2942014-P-CSJCL/PJ, se oficializo el Acuerdo de Sala Plena de fecha 04 de Diciembre del ano proximo pasado, a traves del cual se proclamo al MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao para el periodo 2015-2016. Que, en virtud a ello, resulta necesario reconformar el Equipo Tecnico Distrital de Implantacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, estando al MORDAZA presidente electo. En consecuencia, en uso de las atribuciones otorgadas a los Presidentes de Corte, por los incisos 3 y 9 del articulo 90 del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nro. 017-93-JUS. SE RESUELVE: Articulo Primero: CONFORMAR EL EQUIPO TECNICO DISTRITAL DE IMPLEMENTACION DE LA LEY PROCESAL DEL TRABAJO de la Corte Superior de Justicia del Callao, el mismo que estara integrado de la siguiente manera: - Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, quien la presidira. - Dr. MORDAZA MORDAZA RAMAL BARRENECHEA, Juez Superior Titular de la Sala Laboral Permanente del Callao, integrante.

- Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular Especializado de Trabajo ­ Nueva Ley Procesal de Trabajo, integrante. - Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado Especializado en lo Laboral, integrante - Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Administrador del Modulo de los Juzgados de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, quien actuara como Secretario Tecnico del Equipo Tecnico Distrital de Implementacion de la Ley Procesal del Trabajo. Articulo Segundo: PRECISAR que el Equipo Tecnico Distrital de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo tiene como funciones las senaladas en el articulo 21 de la Resolucion Administrativa Nro. 061-2013-CE-PJ de fecha 03 de MORDAZA del 2013, siendo las siguientes: a) Planificar, conducir, coordinar, evaluar y monitorear el MORDAZA de implementacion de la Ley Nro. 29497 en el Distrito Judicial de su competencia, coadyuvando a su consolidacion, en concordancia con los objetivos establecidos por el ETI- NLPT. b) Formular y elevar al Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, las propuestas de mejoras institucionales en el MORDAZA de implementacion de la reforma procesal laboral, en el Distrito Judicial que corresponda. c) Coordinar con los representantes de la Comision Distrital de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, respecto al MORDAZA de implementacion y aplicacion progresiva de la citada MORDAZA procesal. d) Formular y remitir al ETI ­NLPT, el plan de implementacion de la Nueva Ley Procesal de Trabajo en el Distrito Judicial; conteniendo el diagnostico situacional y la conformacion de organos jurisdiccionales para la Nueva Ley Procesal del Trabajo y de liquidacion. e) Formular y remitir al Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, los planes de capacitacion y difusion, para su evaluacion respectiva. f) Elaborar y elevar al ETI ­NLPT, los informes de evaluacion de la implementacion de la Ley Nro. 29497. g) Promover convenios con el Gobierno Regional, Municipal y/o Distrital, universidades entre otras instituciones afines, para viabilizar el MORDAZA de la reforma procesal laboral. h) Coordinar con el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo y con sus organos de asistencia, los aspectos relacionados a la reforma procesal laboral. i) Proporcionar la informacion que solicite el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo y sus organos de asistencia. j) Las demas que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de sus fines. Articulo Tercero: DEROGAR, las disposiciones administrativas que se opongan a la presente resolucion. Articulo Cuarto: PONGASE la presente Resolucion en conocimiento de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Ley Procesal de Trabajo, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, del Gerente General de la Corte Distrital del Callao, de la Oficina Distrital de Imagen Institucional, de los Senores Magistrados del este Distrito Judicial, y de los designados para sus fines pertinentes. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1190882-1

Designan Jueza Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA ESTE RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 027-2015-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, 20 de enero de 2015

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