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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2015 (21/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 39

El Peruano Miércoles 21 de enero de 2015 545117 Supernumeraria del 3° Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, a partir del día 21 de enero del presente año y mientras dure la promoción del doctor Aguirre Salinas. Artículo Tercero: DESIGNAR al doctor GUILLERMO EMILIO NUE BOBBIO, Juez Titular del 17° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Quinta Sala Laboral de Lima, a partir del 21 de enero del presente año y mientras dure la licencia y vacaciones de la doctora Gómez Carbajal, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: QUINTA SALA LABORAL Dr. Juan Emilio Gonzáles Chávez Presidente Dra. Rocío Del Pilar Romero Zumaeta (T) Dr. Guillermo Emilio Nue Bobbio (P) Artículo Cuarto: DESIGNAR a la doctora YSABEL JURADO MONTEAGUDO, como Juez Supernumeraria del 17° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima, a partir del día 21 de enero del presente año, y mientras dure la promoción del doctor Nue Bobbio. Artículo Quinto: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, de la Unidad Ejecutora de esta Corte Superior, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1190849-1 Conforman el Equipo Técnico Distrital de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao para el año judicial 2015 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 27-2015-P-CSJCL/PJ Callao, 13 de Enero del 2015 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS El Oficio Nro. 001-2015-ADMMPNCPP-CSJCL/PJ, cursado por el Secretario Técnico del Equipo Técnico Distrital de Implementación del Nuevo Modelo Procesal Penal. CONSIDERANDO Que, es atribución del Presidente de la Corte Superior de Justicia, dirigir la política del Poder Judicial en su Distrito Judicial, a tenor de lo establecido en el inciso 3) del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Que, mediante Resolución Administrativa Nro. 039- 2012-CE-PJ, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 23 de marzo del 2012, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, aprobó la nueva estructura organizativa y funcional del Equipo Técnico Institucional de Implementación del nuevo Código Procesal Penal. Que, por Resolución Administrativa Nro. 061-2013-CE- PJ de fecha 03 de abril del 2013, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó por el plazo de cuatro meses, la “Nueva Estructura Organizacional y Funcional del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal”, en cuyo artículo 5 literal b) se establece que el Equipo Técnico mencionado, debe estar integrado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia, quien lo preside; un Juez Superior, un Juez Especializado que apliquen el Código Procesal Penal; asimismo, un Juez de Investigación Preparatoria (al venir aplicando en este Distrito Judicial el Código Procesal Penal en el marco de la Ley 29574 y Ley 29648); así como , el Administrador del Módulo Penal, en calidad de Secretario Técnico del ETI distrital. Que, mediante Resolución Administrativa Nro. 294- 2014-P-CSJCL/PJ, se oficializó el Acuerdo de Sala Plena de fecha 04 de Diciembre del año próximo pasado, a través del cual se proclamó al nuevo Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao para el período 2015-2016. Que, en virtud a ello, resulta necesario reconformar el Equipo Técnico Distrital de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, estando al nuevo presidente electo, así como a sus demás integrantes. En consecuencia, en uso de las atribuciones otorgadas a los Presidentes de Corte, por los incisos 3 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nro. 017-93-JUS. SE RESUELVE: Artículo Primero: CONFORMAR EL EQUIPO TÉCNICO DISTRITAL DE IMPLEMENTACIÓN DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL, de la Corte Superior de Justicia del Callao, para el año judicial 2015, el mismo que estará integrado de la siguiente manera: - DR. CESAR JOSÉ HINOSTROZA PARIACHI, Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, quien la Presidirá - DR. WALTER BENIGNO RIOS MONTALVO, Juez Superior Titular de la Tercera Sala Penal del Callao, integrante. - DR. RICARDO HUMBERTO RODOLFO PASTOR ARCE, Juez Especializado Titular del Cuarto Juzgado Penal del Callao, integrante. - DR.CERAPIO ROQUE HUAMANCONDOR, Juez Titular del Juzgado de Investigación Preparatoria, integrante. - DR. JUAN ROBERTO ROMANI ROMANI, Administrador del Módulo de los Juzgados del Nuevo Código Procesal Penal, quien actuará como Secretario Técnico del Equipo Técnico Distrital de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal Articulo Segundo: ESTABLECER que de acuerdo al artículo 15 de la Estructura Organizativa y Funcional del Equipo Técnico Institucional de la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, el Equipo Técnico Distrital de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, supervisa el proceso de implementación de la reforma procesal penal en la Corte Superior de su competencia, coadyuvando a consolidar el proceso de implementación. Artículo Tercero: PRECISAR que el Equipo Técnico Distrital de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, tiene como funciones las señaladas en el artículo 16 de la Estructura Organizativa y funcional del Equipo Técnico Institucional del Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, siendo las siguientes: 1. Coordinación Directa con el Equipo Técnico de Implementación Institucional. 2. Coordinar con el Equipo Técnico de Implementación Institucional la información que se proporcione a las Comisiones Distritales de Implementación del NCCP. 3. Elevar el Plan de Capacitación Anual de acuerdo a su competencia. 4. Seguimiento y monitoreo de los requerimientos efectuados. 5. Coordinación directa con la Unidad Ejecutora para la atención de sus requerimientos. 6. Elevar propuestas de mejora del proceso de reforma, al Equipo Técnico de Implementación Institucional para su consideración. Artículo Cuarto: DEROGAR, las disposiciones administrativas que se opongan a la presente resolución. Artículo Quinto: PÓNGASE la presente Resolución en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, del Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal