Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2015 (13/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Viernes 13 de febrero de 2015

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Que, mediante Ley Nº 30281 se aprueba el Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2015 y con Resolucion Ejecutiva Regional Nº 489-2014/GOB.REG. HVCA/PR de fecha 22 de diciembre del 2014, se promulga el Presupuesto Institucional de Gastos correspondiente al Ano Fiscal 2015 del Pliego 447 Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica; Que, de acuerdo al Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012EF, el Titular de una Entidad es la mas alta Autoridad Ejecutiva. En materia Presupuestal es responsable de manera solidaria, entre otros, con el Organismo Colegiado con que cuenta la Entidad, segun sea el caso. Dicha Autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad. El Titular es responsable solidario con el delegado; Que, asimismo, el numeral 40.1 del Articulo 40º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, establece que son modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico que se efectuan dentro del MORDAZA del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varien los creditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programatica compuesta por las categorias presupuestarias que permiten visualizar los propositos a lograr durante el ano fiscal; por su parte, el numeral 40.2 del Articulo 40º de la misma MORDAZA, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobacion, a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, para que el MORDAZA presupuestario en el ano 2015 adquiera un caracter expeditivo bajo los criterios de descentralizacion operativa y de centralizacion normativa, es necesario delegar a favor de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la facultad de emitir resoluciones de Modificaciones Presupuestales en el Nivel Funcional Programatico y demas acciones administrativas inherentes a sus funciones; en tal sentido, se expide el presente acto resolutivo; Estando a lo informado; y, Con visacion de la Gerencia General Regional, Oficina Regional de Asesoria Juridica y la Secretaria General; En uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru, Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DELEGAR, en el presente Ejercicio Presupuestal 2015, a favor de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Huancavelica, la facultad de emitir Resoluciones de Aprobacion de Modificaciones Presupuestales en el Nivel Funcional Programatico entre Unidades Ejecutoras y dentro de las Unidades Ejecutoras, y demas acciones administrativas inherentes a sus funciones. Articulo 2º.- La Resolucion que expedira la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se denominara Resolucion Gerencial Regional. Articulo 3º.- Las acciones delegadas deben ejecutarse con estricta sujecion a las normas legales vigentes sobre la materia, debiendo dar cuenta al Despacho de la Presidencia Regional de dichos actos, bajo responsabilidad. Articulo 4º.- DEJAR SIN EFECTO la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 001-2014/GOB.REG.HVCA/PR, de fecha 09 de enero del 2014. Articulo 5°.- COMUNICAR el presente Acto Administrativo a los Organos Competentes del Gobierno Regional Huancavelica, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 1199907-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Declaran habilitado MORDAZA de oficio a terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0548 Ate, 19 de diciembre de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; el Documento Nº 37500-2014 de fecha 21 de MORDAZA de 2014; el Informe Nº 010-2014-MDA/GDUSGHUE-JMUE, del area tecnica de la Sub-Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones; el Informe Nº 687-2014-SGHUE-GDU/MDA, de la Sub-Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones; el Informe Nº 11802014-MDA/GAJ, de la Gerencia de Asesoria Juridica; el Memorandum Nº 598-2014-MDA/GDU e Informe Nº 1872014-MDA/GDU, de la Gerencia de Desarrollo Urbano; y, el Proveido Nº 2236-2014-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica, y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica |en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Documento Nº 37500 de fecha 21 de MORDAZA de 2014, los co-propietarios del inmueble constituido por el lote de terreno de 10,706.00 m2, constituido por el Lote 6 de la Manzana J, de la Urbanizacion Barbadillo, del distrito de Ate, Provincia y Departamento de MORDAZA, con un area de 10,706.00 m2 cuyos linderos y medidas perimetricas se encuentran inscritas en la Partida Registral Nº 45142884 del Registro de Predio de MORDAZA, MORDAZA Registral IX Sede MORDAZA ­ SUNARP; cuenta con todas las obras de Habilitacion MORDAZA ejecutadas; por lo que solicitan acogerse a lo dispuesto en el articulo 24º de la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, a fin que el predio MORDAZA senalado sea declarado Habilitado MORDAZA de Oficio, acompanando la documentacion tecnica y legal sustentatoria; Que, mediante Informe Nº 010-2014-SGHUE-GDU/ MDA/JMUE, emitido por el Area Tecnica de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, se establece que el predio de propiedad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA TRILLO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ANILDA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CASALLO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y LA ASOCIACION DE TRABAJADORES COMERCIANTES DEL MORDAZA MORDAZA PARADO DE MORDAZA, con un area de 10,706.00 m2, constituido por constituido por Lote 6 de la Manzana J de la Urbanizacion Barbadillo, del distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima; inscrita en la Partida Registral Nº 45142884 del Registro de Predios, Registro de Predio de MORDAZA, MORDAZA Registral IX Sede MORDAZA ­ SUNARP, se encuentra registralmente calificada como MORDAZA y situado en una MORDAZA Consolidada, conforme la inspeccion ocular correspondiente, existiendo en el edificaciones, contando con los servicios basicos de agua, desague, energia electrica domiciliaria y publica, pistas y veredas; empero y no obstante su situacion consolidada desde hace varios anos, no cuenta con habilitacion urbana. Asimismo, el inmueble no se encuentra inmerso en ninguna causal de

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