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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (13/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 36

El Peruano Viernes 13 de febrero de 2015 546662 improcedencia establecida en el artículo 40-D, capítulo VII del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA. Por lo cual se Propone a fi n de sanear esta situación se proceda a dictar el acto administrativo que determine que dicha área sea declarada habilitada de ofi cio al amparo de lo dispuesto por el Artículo 24 de la Ley Nº 29090, y en conformidad con la Ley Nº 29898, ley que modifi ca la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, así como su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, que establece el procedimiento de Habilitación Urbana de Ofi cio. Que, mediante Informe Nº 687-2014-SGHUE-GDU/ MDA, de la Sub-Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, señala que con respecto al documento del señor Jhon Publio Vilcapuma de la Cruz, quien procede en representación de los propietarios mencionados en el considerando precedente, mediante el cual solicita la aprobación de la Habilitación Urbana de Ofi cio para uso de Residencial de Densidad Media “RDM” de un terreno de 10,706.00 m2, constituido por Lote 6 de la Manzana J de la Urbanización Barbadillo, distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima e inscrito en la Partida Registral Nº 45142884 del Registro de Predios de Lima, Registro de Predios, Zona Registral IX Sede Lima – SUNARP. Asimismo señala que el predio matriz cumple con los Literales de acuerdo al Capítulo VII del Articulo 40-C, del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, habiendo presentado la documentación requerida señalada en los literales del Capítulo VII del Articulo 40-E, de la norma antes glosada. En tal sentido, se recomienda proseguir con los trámites adminitrativos de la Habilitación Urbana de Ofi cio del terreno antes mencionado, a fi n que una vez cumplido los trámites de ley se eleve al Despacho de Alcaldía para la emisión de la Resolución correspondiente; Que, mediante Memorando Nº 598-2014-MDA/ GDU, de la Gerencia de Desarrollo Urbano, opina que habiéndose emitido el Informe técnico de la Sub-Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones señalado en el tercer y cuarto considerando de esta resolución, opina que el predio materia de evaluación técnica, constituido por el Lote 6 de la Manzana J de la Urbanización Barbadillo, del distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima, se encuentra ubicado en una zona consolidada y físicamente urbana, por lo que califi ca dentro de los parámetros establecidos por la normativa para ser declarado Urbano de Ofi cio, considerando factible proseguir y culminar el proceso administrativo, debiendo elevarse los actuados a la Alta Dirección, previo pronunciamiento del Órgano de Asesoría Jurídica de la Corporación Municipal; Que, mediante Informe Nº 1180-2014-MDA/GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que teniendo en cuenta la normatividad legal al respecto, así como los informes técnicos tanto de la Sub-Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones y, de la Gerencia de Desarrollo Urbano, que determinan la factibilidad de la aprobación de la Habilitación Urbana de Ofi cio de acuerdo a las exigencias técnicas de la Ley Nº 29090 y su Reglamento, resulta procedente aprobar la Habilitación Urbano de Ofi cio del predio constituido por el Lote 6 de la Manzana J de la Urbanización Barbadillo, del distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima; y estando a lo señalado en el Informe Técnico Nº 010-2014-MDA/ GDU-SGHUE-JMUE e Informe Nº 687-2014-SGHUE- GDU/MDA de la Sub-Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, no existe impedimento para aprobar la Habilitación Urbana de Ofi cio del terreno antes señalado de propiedad de DANIEL JORGE ZARATE MESIAS, LUZMILA ZARATE MESIAS DE GUTIERREZ, JUAN DE DIOS GUTIERREZ CUADROS, JULIAN PABLO ZARATE CONTRERAS, ANA MARIA ZARATE ROJAS, ALBERTO GUILLERMO ZARATE CONTRERAS, HILDA ADRIANA TRILLO ZARATE, ROLANDO MARCIAL ZARATE CONTRERAS, ROSA ANILDA LOPEZ ROMAN, PEDRO ARMANDO ZARATE CONTRERAS, ANA INES CASALLO ARROYO, JULIAN ROBERTO ZARATE CONTRERAS, GUMERCINDA LEONCIA BAZAN RAMOS Y LA ASOCIACION DE TRABAJADORES COMERCIANTES DEL MERCADO MARIA PARADO DE BELLIDO; Que, mediante Informe Nº 187-2014-MDA-GDU, la Gerencia de Desarrollo Urbano, señala que de la evaluación técnica ejecutada por la Sub-Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, que determina la factibilidad de declarar habilitado urbano de ofi cio el inmueble constituido por el Lote 6 de la Manzana J de la Urbanización Barbadillo, del distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima, mediante el Informe Nº 687- 2014-MDA/GDU-SGHUE, así como el Informe Nº 1180- 2014-MDA/GAJ, emitido por la Gerencia de Asesora Jurídica, determinándose la factibilidad legal del proceso de habilitación urbana de ofi cio, por lo que la Gerencia de Desarrollo Urbano considera factible la prosecución del procedimiento legal y somete a consideración de la Alta Dirección su elevación correspondiente para la emisión y suscripción de la resolución por el Titular de la Entidad; Que, el articulo 73º numeral 1.1.3 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones especifi cas, dentro de las cuales es la de organizar el espacio físico y uso del suelo, asimismo el articulo 79º numeral 3.6.1 de la referida Ley, establece como funciones exclusivas y especifi cas de las Municipalidades normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias como realizar fi scalización de habilitaciones urbanas; Que, el artículo 24º de la Ley Nº 29090 - Ley de Reglación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones (articulo modifi cado por la Ley Nº 29898), establece que las Municipalidades declaran la habilitación urbana de los predios registralmente califi cados como rústicos ubicados en zonas consolidadas, que cuentan con edifi caciones y servicios públicos domiciliarios; Que, el artículo 40º del Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencia de Edifi cación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, establece que: “La Declaración de Habilitación Urbana de Ofi cio es un procedimiento administrativo mediante el cual las municipalidades declaran habilitado de ofi cio un predio ubicado en zonas urbanas consolidadas”; Que, mediante Ordenanza Nº 223-MDA, modifi cada por Ordenanza Nº 292-MDA, la Municipalidad de Ate regula las Habilitaciones Urbanas de Ofi cio dentro de su Jurisdicción, facultando en su artículo 4º al Alcalde, para que mediante Resolución de Alcaldía declare habilitado como urbano de Ofi cio los predios que previa evaluación por las áreas competentes cumplan con las características señaladas en la presente Ordenanza. Asimismo en el artículo segundo de la Ordenanza Nº 292-MDA encarga a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Sub-Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, la identifi cación de los predios registralmente califi cados como rústicos y ubicados en zonas urbanas, debiendo cumplir dichos predios con lo establecido en las Ordenanzas antes señaladas; Que, mediante Proveído Nº2236-2014-MDA/GM de la Gerencia Municipal que indica se proyecte la Resolución de Alcaldía correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; y la Ley Nº 28989 Ley que modifi ca la Ley Nº 29090 – Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones. RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR HABILITADO URBANO DE OFICIO el terreno con un área de 10,706.00 m2, constituido por Lote 6 de la Manzana J de la Urbanización Barbadillo, en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; el cual se encuentra inscrito en la Partida Registral Nº 45142884 del Registro de Predios de Lima, Zona Registral IX Sede Lima – SUNARP, de propiedad de los señores DANIEL JORGE ZARATE MESIAS, LUZMILA ZARATE MESIAS DE GUTIERREZ, JUAN DE DIOS GUTIERREZ CUADROS, JULIAN PABLO ZARATE CONTRERAS, ANA MARIA ZARATE ROJAS, ALBERTO GUILLERMO ZARATE CONTRERAS, HILDA ADRIANA TRILLO ZARATE, ROLANDO MARCIAL ZARATE CONTRERAS, ROSA ANILDALOPEZ ROMAN, PEDRO ARMANDO ZARATE CONTRERAS, ANA INES CASALLO ARROYO, JULIAN ROBERTO ZARATE CONTRERAS, GUMERCINDA LEONCIA BAZAN RAMOS Y LA ASOCIACION DE TRABAJADORES COMERCIANTES DEL MERCADO MARIA PARADO DE BELLIDO, encontrándose califi cado con la zonifi cación “RDM” Residencial Densidad Media, de acuerdo al Plano Nº 084- 2014-SGHUE-GDU/MDA y Memoria Descriptiva que como anexos forman parte de la presente Resolución, en merito a los considerandos antes expuestos.