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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (13/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 37

El Peruano Viernes 13 de febrero de 2015 546663 Artículo 2º.- APROBAR, el Plano Nº 084-2014- SGHUE-GDU/MDA y su respectiva Memoria Descriptiva que forman parte de la presente Resolución, siendo la distribución del área del terreno cuya habilitación urbana de ofi cio se aprueba la siguiente: AREA BRUTA = 10,706.00 M2 AREA UTIL = 7,285.88 M2 AREA DE VIAS = 3,155.29 M2 AREA DE COMPENSACION = 291.83 M2 Artículo 3º.- PRECISAR; que el terreno materia de esta habilitación urbano de ofi cio correspondiente al predio constituido por el Lote 6 de la Manzana J, de la Urbanización Barbadillo, en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, tiene asignada la Zonifi cación de Residencial Densidad Media “RDM”, de conformidad con el Plano de Reajusta de Zonifi cación y Usos de Suelo para el Distrito de Ate, aprobado mediante Ordenanza Nº 1099-MML, de la Municipalidad Metropolitana de Lima Artículo 4º.- DETERMINAR; que como resultado de la habilitación urbana que en este acto se declara, se obtienen setantinueve (79) Sub-Lotes, cuyos linderos y medidas perimétricas se detallan en el Plano Nº 084- 2014-SGHUE-GDU/MDA y en la Memoria Descriptiva que forman parte de la presente Resolución. Artículo 5º.- DISPONER; la inscripción en el Registro de Predios de Lima, Zona Registral IX Sede Lima – SUNARP, el cambio de uso de Rústico a Urbano de los sub-lotes que conforman la presente habilitación urbana de ofi cio, por cuenta y costo de la propietaria del inmueble. Artículo 6º.- DISPONER; la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, por cuenta y costo de los propietarios del inmueble. Artículo 7º.- ENCARGAR; el cumplimiento de la presente resolución a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración Tributaria, Sub-Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, Sub-Gerencia de Fiscalización Tributaria y demás áreas pertinentes de esta Corporación Edil, con conocimiento de la parte interesada. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1199627-1 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Establecen fecha de vencimiento para el pago de los arbitrios municipales y prorrogan vencimiento de la primera cuota DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2015-MDB Barranco, 6 de febrero de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO; VISTO, El Informe Nº 011-2015-SGFAT-GAT-MDB, de fecha 04 de febrero del 2015, emitido por la Sub Gerencia de Fiscalización y Administración Tributaria, el Informe Nº 004-GAT-MDB, de fecha 04 de febrero del 2015, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 054-2015-GAJ-MDB, de fecha 05 de febrero de 2015, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Memorando Nº 107-2015-GM-MDB, de fecha 05 de febrero del 2015; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollada por el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Informe Nº 011-2015-SGFAT-GAT- MDB, de fecha 04 de febrero del 2015, emitido por la Sub Gerencia de Fiscalización y Administración Tributaria propone establecer como fecha de vencimiento de los arbitrios municipales correspondiente al Ejercicio 2015, el último día hábil de cada mes y prorrogar el vencimiento de la primera cuota de los mismos hasta el 27 de febrero del 2015; Que, el artículo 29º del Decreto Supremo Nº 133- 2013-EF, del Texto Único Ordenado del Código Tributario establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogada con carácter general por la Administración Tributaria; Que, la Municipalidad Distrital de Barranco mediante la Ordenanza Nº 414-MDB estableció el marco normativo e importe de los Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2015, la misma que ha sido debidamente ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, con el Acuerdo de Concejo 2167; Que, la citada Ordenanza Nº 414-MDB, en su Primera Disposición Final faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la misma; Que, el artículo 42º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con su artículo 39º señala que mediante Decretos de Alcaldía se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas Que, siendo política de la Administración Municipal el otorgar facilidades a los vecinos del distrito para que paguen de manera oportuna sus tributos, se hace necesario establecer la fecha de vencimiento de los arbitrios municipales y la prórroga respecto a la primera cuota de vencimiento de los mismos; Estando a lo expuesto, y ejerciendo las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º, artículo 39º y artículo 42º, de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y con la visación de la Gerencia de Administración Tributaria, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- ESTABLECER como fecha de vencimiento para el pago de los arbitrios municipales, el último día hábil de cada mes. Artículo Segundo.- PRORROGAR el vencimiento de la primera cuota hasta el 27 de Febrero del 2014. Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Fiscalización y Administración Tributaria, Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, Sub Gerencia de Participación Vecinal y Social y Sub Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, en lo que fuera de su competencia. Regístrese, publíquese y cúmplase. FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 1199642-1 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Breña ORDENANZA Nº 429-2015/MDB-CDB Breña, 9 de febrero del 2015. El ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑA