Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2015 (26/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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para el adecuado cumplimiento del presente dispositivo legal. 2. El Ministerio de la Produccion elaborara el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) para consumo humano directo, en el plazo de noventa (90) dias calendario, contado desde la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo. 3. El Ministerio de la Produccion mediante Resolucion Ministerial aprueba los lineamientos para el establecimiento de los Limites Maximos Totales de Captura Permisible del Recurso Anchoveta para el Consumo Humano Directo (LMTCP - CHD) y Consumo Humano Indirecto (LMTCP - CHI), en funcion al Limite MORDAZA Total de Extraccion (LMTE) del Recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), en el plazo de sesenta (60) dias calendario, contado desde la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo. 4. La Direccion General de Supervision y Fiscalizacion aprobara el listado de los puntos de desembarque del Recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) para el consumo humano directo, en el plazo de treinta (30) dias calendario, contado desde la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo. SEGUNDA.Modificacion estructurales de embarcaciones de elementos

El Peruano Jueves 26 de febrero de 2015

se opongan a lo establecido en el presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de febrero del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion 1204922-2

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionario diplomatico a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0135/RE-2015 MORDAZA, 24 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, es interes del Estado peruano brindar mejores servicios consulares a traves de la adquisicion de inmuebles para la sede de sus Oficinas Consulares en el exterior; Que, a traves del Decreto Supremo N.º 025-2013RE, de 28 de MORDAZA de 2013, se autorizo al Ministerio de Relaciones Exteriores a adquirir el inmueble ubicado en la Avenida San MORDAZA 128, 136, 140 y 142, entre MORDAZA Mitre y MORDAZA General MORDAZA MORDAZA Peron, MORDAZA de Buenos Aires, Republica de MORDAZA, para la sede del Consulado General del Peru en Buenos Aires; Que, mediante Resolucion Ministerial N.º 0644-2014RE, de 10 de setiembre de 2014, se aprobo el Expediente Tecnico del Proyecto de Inversion Publica Mejoramiento del Servicio Consular en el Consulado General del Peru en Buenos Aires, Republica Argentina; Que, la inauguracion del MORDAZA local consular del Consulado General del Peru en Buenos Aires, Republica MORDAZA, se realizara el 27 de febrero de 2015, resultando necesaria la participacion, en dicho evento, del Director General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores; Teniendo en cuenta la Hoja de Tramite (GAC) N.° 721, del Despacho Viceministerial, de 16 de febrero de 2015; y los Memorandos (DGC) N.° DGC0247/2015, de la Direccion General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, de 17 de febrero de 2015; y (OPP) N.° OPP0226/2015, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 19 de febrero de 2015, que otorga certificacion de credito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley N.º 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 0472002-PCM, modificado por Decreto Supremo N.º 0562013-PCM; la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; la Ley N.º 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su reglamento; y el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley N.º 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; SE RESUELVE: Articulo 1. Autorizar el viaje, en comision de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a la MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA, el 27 de febrero de 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comision de servicios seran cubiertos por el

1. Autoricese a los armadores de las embarcaciones pesqueras de menor escala con permiso de pesca otorgado por el Ministerio de la Produccion para la extraccion del Recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) para el consumo humano directo y a las embarcaciones artesanales inscritas en el Registro de Embarcaciones Pesqueras Artesanales para la Extraccion del Recurso Anchoveta para Consumo Humano Directo, a modificar sus elementos estructurales (eslora, manga y puntal), segun corresponda, a fin de optimizar el desarrollo de sus actividades y mejorar las condiciones de seguridad y navegabilidad, siempre y cuando no se exceda la capacidad de bodega MORDAZA establecida en los citados permisos de pesca. La Autoridad Maritima Nacional se encuentra a cargo de la vigilancia y control de las modificaciones a que se refiere el parrafo anterior, conforme a sus atribuciones y las disposiciones legales vigentes. 2. La Direccion General de Supervision y Fiscalizacion verifica que la modificacion de los elementos estructurales (eslora, manga y puntal) de las embarcaciones artesanales y de menor escala, no incremente la capacidad de bodega. El aumento de la capacidad de bodega en forma no autorizada conlleva a la sancion del responsable, previo procedimiento administrativo, conforme a las disposiciones legales vigentes. TERCERA.Reportes de ocurrencia por infracciones cometidas por titulares de permisos de pesca de menor escala Los reportes de ocurrencia por infracciones cometidas por titulares de permisos de pesca de menor escala que se hubieren generado MORDAZA de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, se siguen tramitando por la autoridad sancionadora del Gobierno Regional competente.Para tal efecto, los inspectores acreditados envian los citados reportes de ocurrencia a la autoridad sancionadora del Gobierno Regional en el plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario, contado desde la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo. El Ministerio de la Produccion, a traves de sus organos sancionadores, conoce el tramite de los reportes de ocurrencia generados con relacion a titulares de permisos de pesca de menor escala, a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA UNICA.- MORDAZA derogatoria Deroguense el Decreto Supremo N° 005-2012PRODUCE, los numerales 3.10 y 3.11 del articulo 3 del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) para Consumo Humano Directo aprobado por Decreto Supremo N° 010-2010-PRODUCE, el primer parrafo del articulo 11 de la Resolucion Ministerial N° 433-2012-PRODUCE, y las demas disposiciones que

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