Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2015 (26/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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Con la visacion de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Publica y de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con el literal o) del articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar como cargo de destino para la asignacion de profesionales que conforman el Cuerpo de Gerentes Publicos, el que se indica a continuacion: ENTIDAD SOLICITANTE Municipalidad Provincial de MORDAZA CARGO DE DESTINO Director de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion

El Peruano Jueves 26 de febrero de 2015

Articulo Segundo.- Publicar en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional de SERVIR la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES CARCELEN Presidente Ejecutivo 1204211-1

Que, de conformidad con la reglamentacion anterior, acorde con la vigente, la Comision ha venido ejecutando el Plan de Revision y Actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas, aprobadas durante la gestion del INDECOPI, con el objeto de poner a disposicion de los usuarios normas tecnicas confiables que satisfagan sus expectativas; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo el Comite Tecnico de Normalizacion de Leche y productos lacteos, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, continuando con el Plan de Actualizacion, la Comision recibio la opinion favorable del Comite Tecnico de Normalizacion mencionado para mantener vigente un grupo de 05 Normas Tecnicas Peruanas; Que, recibida la opinion de dicho Comite, la Comision aprobo que las referidas Normas Tecnicas Peruanas aprobadas durante la gestion del INDECOPI, conservasen su vigencia con el texto resultante de la revision efectuada en el presente ano; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolucion 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros. RESUELVE Primero.- APROBAR las siguientes Normas Tecnicas Peruanas en su version 2015: NTP 202.137:2005 (revisada el 2015) LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS. Leche en polvo. Determinacion de humedad. 2ª Edicion Reemplaza a la NTP 202.137:2005 NTP 202.187:2000 (revisada el 2015) LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS. Determinacion del contenido de lactosa en leche. Metodo volumetrico. 1ª Edicion Reemplaza a la NTP 202.187:2000 NTP 202.190:2000 (revisada el 2015) LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS. Leche en polvo. Determinacion de particulas quemadas. 1ª Edicion. Reemplaza a la NTP 202.190:2000 NTP 202.191:2002 (revisada el 2015) LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS. Determinacion de sacarosa en leche condensada por titulacion iodometrica. 1ª Edicion Reemplaza a la NTP 202.191:2002 NTP 202.200:2007 (revisada el 2015) LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS. Buenas practicas de ordeno. 1ª Edicion Reemplaza a la NTP 202.200:2007 Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Tecnicas Peruanas: NTP 202.137:2005 LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS. Leche en polvo. Determinacion de humedad. 2ª Edicion LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS. Determinacion del contenido de lactosa en leche. Metodo volumetrico. 1ª Edicion

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Aprueban Normas Tecnicas Peruanas referidas a leche y productos lacteos
RESOLUCION COMISION DE NORMALIZACION Y DE FISCALIZACION DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 15-2015/CNB-INDECOPI MORDAZA, 12 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 28º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Articulos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalizacion y Acreditacion, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta MORDAZA Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales no Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comites Tecnicos de Normalizacion; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la Organizacion Mundial del Comercio, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion 0482008/CNB-INDECOPI; Que, el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas vigente, establece en su articulo 15 que las Normas Tecnicas Peruanas seran revisadas periodicamente para lograr su actualizacion;

NTP 202.187:2000

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