Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2015 (26/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asesora del Despacho Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica Francesa, del 01 al 05 de marzo de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (incluido TUUA) Viaticos US$ 2,800.17 US$ 2,160.00

El Peruano Jueves 26 de febrero de 2015

Articulo 3.- Dentro de los siete (07) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona mencionada en el articulo 1 de la presente Resolucion Suprema, debera presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona mencionada debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje, asi como la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 5.- El cumplimiento de la presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1204922-4

Fiscal 2014, en adelante las Normas Reglamentarias, que autorizo al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a realizar intervenciones a traves de Nucleos Ejecutores, con la poblacion pobre y extremadamente pobre de las zonas rural y rural dispersa, para desarrollar proyectos de mejoramiento de vivienda rural, saneamiento rural, mejoramiento de infraestructura del Tambo e infraestructura productiva; Que, por la Trigesima Cuarta Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, se autoriza al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a realizar sus intervenciones a traves de Nucleos Ejecutores, con la poblacion pobre y extremadamente pobre de las zonas rural y rural dispersa, para desarrollar proyectos de mejoramiento de vivienda rural, saneamiento rural, construccion y mejoramiento de infraestructura del Tambo e infraestructura productiva; Que, asimismo, la citada Disposicion Complementaria Final senala que cada Nucleo Ejecutor goza de capacidad juridica y se sujeta a las normas que regulen las actividades del ambito del sector privado, asi como las funciones y atribuciones previstas en el Decreto Supremo N° 015-2014-VIVIENDA y demas normas complementarias; Que, en consecuencia, es necesario modificar las Normas Reglamentarias, con la finalidad de implementar lo dispuesto en la Trigesima Cuarta Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; En uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, y estando a lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1.- Modificase el articulo 1; el articulo 3; numeral 4.1 del articulo 4; numeral 5.1 del articulo 5; el numeral 6.1. del articulo 6 y los numerales 11.1 y 11.2 del articulo 11 de las Normas Reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 015-2014-VIVIENDA, para la implementacion de la Centesima Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, en adelante las Normas Reglamentarias Modificase el articulo 1; el articulo 3; el numeral 4.1. del articulo 4; el numeral 5.1 del articulo 5; el numeral 6.1 del articulo 6 y los numerales 11.1 y 11.2 del articulo 11 de las Normas Reglamentarias, para la implementacion de la Centesima Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, los cuales quedan redactados de la siguiente manera: "Articulo 1.- Objeto Las presentes Normas Reglamentarias establecen las disposiciones necesarias para la implementacion de los Nucleos Ejecutores en el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en el MORDAZA de la Ley Anual de Presupuesto del Sector Publico, con el objeto que a traves de estos realice sus intervenciones con la poblacion pobre y extremadamente pobre de las zonas rural y rural dispersa, para el desarrollo de proyectos de mejoramiento de vivienda rural, saneamiento rural, construccion y mejoramiento de infraestructura del Tambo, e infraestructura productiva. Articulo 3.- Definiciones Para efectos de la presente MORDAZA, se entendera por: (...) - Programas del MVCS: Son los Programas a cargo del MVCS dirigidos a la poblacion pobre y extremadamente pobre asentada en las zonas rural y rural dispersa que ejecuten proyectos de mejoramiento de vivienda rural, saneamiento rural, construccion y mejoramiento de infraestructura del Tambo e infraestructura productiva. (...) Articulo 4.- De las Atribuciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Decreto Supremo que modifica las Normas Reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo N° 015-2014VIVIENDA, para la implementacion de lo dispuesto en la Centesima Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014
DECRETO SUPREMO N° 004-2015-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 015-2014VIVIENDA se aprobaron las normas reglamentarias para la implementacion de lo dispuesto en la Centesima Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano

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