Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2015 (18/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Sábado 18 de julio de 2015 /

El Peruano

inversión y/o mantenimiento de las intervenciones, a cuyo efecto elaborará la lista priorizada de las solicitudes aprobadas; Que, mediante Informe N° 056-2015-MIDIS/VMPES/ FONIE/ST, la Secretaría Técnica de Gestión del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE) aprobó, en el marco de sus competencias, una lista consolidada de veintidós (22) proyectos de inversión pública de agua y saneamiento a ser financiados con recursos del FONIE, ubicados en diez (10) departamentos del país (Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Cuzco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Lambayeque, Puno y San Martín), hasta por la suma total de SESENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 65 605 553,00); Que, mediante Informe N° 319-2015-MIDIS/SG/ OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MIDIS propone y emite opinión favorable sobre la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma indicada en el considerando precedente, con cargo a los recursos del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales ­ FONIE, asignados al pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a favor del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para el financiamiento de los citados veintidós (22) proyectos de inversión pública de agua y saneamiento referidos, en mérito de lo cual, a través del Oficio N° 632-2015-MIDIS/SG, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a favor del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por la suma de SESENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 65 605 553,00), para el financiamiento de veintidós (22) proyectos de inversión pública de agua y saneamiento ubicados en diez (10) departamentos del país (Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Cuzco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Lambayeque, Puno y San Martin), con cargo a los recursos del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE), asignados en el presupuesto institucional del presente año fiscal del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, la Quincuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, el artículo 32 y la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 y el Reglamento del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE), aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2013-MIDIS; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de SESENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 65 605 553,00), del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a favor del pliego 037: Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, para el financiamiento de veintidós (22) proyectos de inversión pública de agua y saneamiento, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO En Nuevos Soles : Gobierno Central 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ­ Sede Central MIDIS CATEGORIA PRESUPUESTAL 9002 : Asignación Presupuestaria que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5005483 : Transferencia Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTOS DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias: 65 605 553,00 -------------------TOTAL EGRESOS 65 605 553,00 =========== A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO En Nuevos Soles : Gobierno Central 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 005 : Programa Nacional de Saneamiento Rural PROGRAMA PRESUPUESTAL 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5001778 : Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Rural FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTOS DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias : 65 605 553,00 ------------------TOTAL EGRESOS 65 605 553,00 ===========

1.2 El pliego habilitado en la Sección Segunda del numeral 1.1 del presente artículo, el monto de transferencia por proyecto, así como las respectivas codificaciones, se detallan en el Anexo I "Transferencia de Partidas para financiar intervenciones con recursos del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales ­ FONIE", que forma parte integrante del presente decreto supremo y que es publicado en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado y habilitador en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Desagregación de los Ingresos que corresponden a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo II que forma parte integrante de la presente norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica; y, se presentarán junto con la Resolución a la que se hace referencia en el párrafo precedente. Dicho Anexo se publica en los portales institucionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial el Peruano. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a los que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados.

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