Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2015 (18/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Sábado 18 de julio de 2015 /

El Peruano

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, a la Gerencia Central de Potencial Humano, a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al interesado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación (e) Presidente de la Junta de Fiscales Supremos 1264930-1

Aceptan renuncia de Fiscal Adjunto Superior Mixto Titular del Distrito Judicial de Huancavelica
RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 107-2015-MP-FN-JFS Lima, 16 de julio de 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: La solicitud presentada por el doctor MÁXIMO BELISARIO TORRES CRUZ, mediante la cual formula renuncia al cargo de Fiscal Adjunto Superior Mixto Titular del Distrito Judicial de Huancavelica, con efectividad al 12 de junio de 2015; Que, mediante Acuerdo N° 3912 adoptado en Sesión Extraordinaria de Junta de Fiscales Supremos de fecha 15 de julio de 2015, acordó por unanimidad aceptar la renuncia presentada por el mencionado Fiscal, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, con efectividad al 12 de junio de 2015, la renuncia formulada por el doctor MÁXIMO BELISARIO TORRES CRUZ, al cargo de Fiscal Adjunto Superior Mixto Titular del Distrito Judicial de Huancavelica. Artículo Segundo.- Remitir la presente Resolución a la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura para los fines pertinentes. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huancavelica, a la Gerencia Central de Potencial Humano, a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al interesado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación (e) Presidente de la Junta de Fiscales Supremos 1264930-2

de competencia a los Distritos de Ancón, Santa Rosa, Ventanilla y Mi Perú; Actualmente la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, viene funcionando, 01 Sala Penal de Apelaciones, 01 Sala Mixta, 02 Juzgados Unipersonales, 02 Juzgados de Investigación Preparatoria, 02 Juzgados Penales, 01 Juzgado Penal Transitorio, 02 Juzgados de Familia, 01 Juzgado de Familia Transitorio, 01 Juzgado Mixto, 01 Juzgado Mixto Transitorio, 01 Juzgado de Seguridad Vial, 01 Juzgado de Seguridad Vial Transitorio y 03 Juzgados Civiles; Que, la Junta de Fiscales Supremos mediante Acuerdo N° 3827, en Sesión Ordinaria acordó por unanimidad la creación del Distrito Fiscal de Ventanilla; Asimismo, mediante Acuerdo N° 3827 la Junta de Fiscales Supremos en Sesión Extraordinaria, acordó por unanimidad aprobar la creación de los Despachos Fiscales y Órganos de Apoyo para el Distrito Fiscal de Ventanilla; En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y en cumplimiento de los Acuerdos Nº 3827 y N° 3876, adoptado por la Junta de Fiscales Supremos; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Distrito Fiscal de Ventanilla, con competencia territorial en los distritos de Ancón, Santa Rosa, Ventanilla y Mi Perú. Artículo Segundo.- Crear en el Distrito Fiscal de Ventanilla, los Despachos Fiscales que a continuación se detallan: · Fiscalía Superior Civil y Familia de Ventanilla. · Cuarta Fiscalía Provincial Penal de Ventanilla. · Fiscalía Provincial de Tránsito y Seguridad Vial de Ventanilla. · Primera Fiscalía Provincial Civil y Familia de Ventanilla. · Segunda Fiscalía Provincial Civil y Familia de Ventanilla. · Fiscalía Provincial Mixta de Mi Perú con sede en el Distrito de Mi Perú. · Fiscalía Provincial Mixta de Ancón y Santa Rosa, con sede en el Distrito de Ancón. Artículo Tercero.- Crear las plazas fiscales para los Despachos Fiscales señalados en los artículos precedentes, así como para las Fiscalías que se conviertan y las fortalecidas, además de las plazas de personal administrativo, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Disponer que las Fiscalías creadas entren en funcionamiento luego de que el Ministerio de Economía y Finanzas, autorice la transferencia financiera, para su implementación. Artículo Quinto.- Facultar al Fiscal de la Nación para la distribución y/o redistribución de las plazas fiscales que conforman los Despachos creados en la presente resolución, de acuerdo a las necesidades y requerimientos del servicio. Artículo Sexto.- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de Ventanilla, conforme a lo establecido en el artículo 77º, literal g) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 067-2009-MP-FN de fecha 23 de enero de 2009, disponga las medidas destinadas al cumplimiento de la presente resolución. Artículo Sétimo.- Disponer que la Gerencia General del Ministerio Público adopte las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Octavo.- Hacer de conocimiento la presente resolución, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ventanilla, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano y a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación (e) Presidente de la Junta de Fiscales Supremos 1264930-3

Crean el Distrito Fiscal de Ventanilla
RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 108-2015-MP-FN-JFS Lima, 17 de julio de 2015 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Administrativas N°s 128, 219, 279, 288 y 366-2014-CE-PJ, de fechas 23 de abril, 27 de junio, 12 de agosto, 27 de agosto y 12 de noviembre de 2014, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la creación y funcionamiento del ahora denominado Distrito Judicial de Ventanilla, con sede en el Distrito de Ventanilla, quedando delimitado su ámbito

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