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El Peruano Sábado 6 de junio de 2015 554457 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 299-2015 MTC/01.02 Lima, 3 de junio de 2015 VISTA: La Nota de Elevación N° 122-2015-MTC/33 de fecha 02 de junio de 2015, de la Dirección Ejecutiva de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, y CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, en su Quinta Disposición Complementaria Final declaró de necesidad pública la ejecución del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Líneas 1 y 2, y Línea 4: Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta, al ser considerado como una obra de infraestructura ferroviaria de interés nacional y de gran envergadura y, en consecuencia, se autorizó la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para su ejecución; Que, la Ley N° 30327, Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible, establece en sus artículos 29 y 36, que el procedimiento de expropiación regulado en el Título V de la citada ley es aplicable en la expropiación de los bienes inmuebles que se requieran para la ejecución de las obras de infraestructura contenidas en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025 y en lo no previsto en el Título V, resulta de aplicación supletoria lo establecido en la Ley N° 27117, Ley General de Expropiaciones, y en la Ley N° 30025; Que, la Ley N° 30327, en el numeral 30.4 de su artículo 30, prevé, entre otros, que el valor de tasación se determina en base a los criterios establecidos en el Artículo 5 de la Ley N° 30025 y que la aprobación de la ejecución de la expropiación del bien y del valor total de la tasación se realiza mediante Resolución Ministerial, debiendo contener: a) Identificación del sujeto activo y del sujeto pasivo de la expropiación; b) Identificación precisa del bien, estableciendo los linderos, medidas perimétricas y el área total, de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal; así como la referencia al informe expedido por la Oficina de Catastro del Registro respectivo y/o el Certificado de Búsqueda Catastral, según corresponda; c) La orden de consignar en el Banco de la Nación el monto del valor total de la tasación a favor del sujeto pasivo; d) La orden de inscribir el bien a favor del sujeto activo ante el Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la SUNARP; y, e) La orden de notificar al sujeto pasivo del bien a expropiarse, requiriéndole la desocupación y entrega del bien expropiado dentro de un plazo de treinta días hábiles siguientes de notificada la resolución, bajo ANEXO VALOR TOTAL DE TASACIÓN CORRESPONDIENTE A UN (01) PREDIO AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO LÍNEA 2 Y RAMAL AV. FAUCETT – AV. GAMBETTA DE LA RED BÁSICA DEL METRO DE LIMA Y CALLAO No. CÓDIGO DE IDENTIFI- CACIÓN DEL PREDIO SUJETO ACTIVO SUJETO PASIVO UBICACIÓN MONTO DE LA TASACIÓN EN NUEVOS SOLES MAS EL 10% A QUE SE REFIERE EL NUMERAL 5.3 DEL ARTÍCULO 5 DE LA LEY N° 30025 COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL 1 TE-149 MINISTERIO DE TRANS- PORTES Y COMUNI- CACIONES -Eduardo Leoncio Manuel Rios Naranjo. -Delia Maria Concepción Luna Rios. -Maria del Pilar Luna Rios. -Rodolfo Martin Luna Rios. -Eduardo Manuel Martin Luna Rios. -Juan Pablo Luna Rios. -Delia Blanca Milena Rios Diaz. -Blanca Milena Diaz Alva de Ríos. -Rodolfo Luna Calderón. LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA TOTAL DE EDIFICACION: • Por el frente: Colinda con la Av. 28 de Julio, con 4. 00 ml. • Por la derecha: Colinda con la Casa de Bajos signada con la Av. 28 de Julio N° 2023, con 21 ml. • Por la izquierda: Colinda con la escalera de la casa de altos de la Av. 28 de Julio No. 2017, dobla a la izquierda colindando con la misma escalera, dobla a la derecha hasta encontrar el fondo colindando con la casa de bajos de la Av. 28 de Julio N°. 2011, con 1.40 ml y 17.10 ml. • Por el Fondo: Colinda con la Casa en Calle Prolongación Cangallo N°. 381, con 5.40 ml. ÁREA DEL TERRENO: 54.43 m2 (área que representa el porcentaje de participación sobre el terreno considerado como bien común, según lo establecido en el Informe Técnico de Tasación) ÁREA AFECTADA DE LA EDIFICACION: 96.26 m2. PARTIDA REGISTRAL No. 47486858 del Registro de Predios de Lima de la Zona Registral No. IX Sede Lima, Ofi cina Registral Lima. Informe Técnico N° 13952 -2014- SUNARP-Z.R.N° IX/OC, emitido por la Ofi cina de Catastro de la Zona Registral N° IX Sede Lima, Ofi cina Registral Lima de SUNARP. S/. 309.106.19 VÉRTICE LADO DISTANCIA ESTE NORTE A A-B 21.00 280000.8158 8665809.3249 B B-C 4.00 280003.6958 8665788.5233 C C-D 3.90 279999.7336 8665787.9748 D D-E 1.40 279999.1987 8665791.8379 E E-F 17.10 279997.8119 8665791.6459 F F-A 5.40 279995.4668 8665808.5843 1246542-1