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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (11/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 48

El Peruano Jueves 11 de junio de 2015 554778 exoneración del respectivo pase a Comisión Ordinaria; del debate de los miembros del Consejo Regional de Lima, y con el voto por UNANIMIDAD de los consejeros regionales concurrentes a la sesión del Consejo Regional se aprueba la exoneración del pase a Comisión Ordinaria de Agricultura, Áreas Protegidas, Medio Ambiente y Defensa Civil y la aprobación de la presente ordenanza regional; En uso de sus facultades conferidas en el artículo 15º inciso a), c) y s) de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR el Plan Maestro 2015- 2019 del Área de Conservación Regional Albufera de Medio Mundo, el mismo que consta de: I.- Diagnóstico Situacional, II.- Planeamiento Estratégico, III.- Estructura Programática, IV.- Seguimiento y Evaluación, Anexos, Índice de Figuras y Índice de Cuadros y, referidos en el ANEXO I, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DEROGAR toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del Trámite de lectura y aprobación del Acta. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza se publicará en el Diario O fi cial “El Peruano”, en un diario de circulación regional y en el portal del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe). En Huacho, a los treinta días del mes de diciembre del dos mil catorce. POR TANTO:Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. HUGO F. GONZALEZ CARHUAVILCA Consejero DelegadoConsejo Regional Mando se comunique, publique y cumpla.Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los cinco días del mes de marzo del dos mil quince. NELSON CHUI MEJIA Gobernador Regional de Lima 1233032-1 Aprueban la institucionalización del tercer domingo de octubre como el “Día del Chancho al Palo” y evento de interés turístico regional en la provincia de Huaral ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2014-CR-RL EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima en su Sesión Extraordinaria del día 30 de diciembre del 2014 en la ciudad de Huacho, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: Carta 001-2014-CEPORAITDODCHP-CR/GR del Consejero Regional por la provincia de Huaral, Oswaldo Merino Espinal; Presidente de la Comisión Especial encargada de evaluar el proyecto de ordenanza regional que aprueba la institucionalización del tercer domingo de octubre como Día del Chancho al Palo, remitido por Ofi cio Nº302-2014-GRL/GGR de Gerencia General, quien solicita que se agende la aprobación del informe fi nal y/o Dictamen de la comisión mencionada.CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, dispone que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el mismo sentido, el Art. 2 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Que, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por Ley Nº 27680, “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, establece: “Los gobierno regionales tienen autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia (…) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fi scalizador (…)”. Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (…)”. Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y. el literal a) del artículo 15º de la misma norma, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; En su artículo 63º se establecen las funciones de los Gobiernos Regionales en materia de turismo, y especí fi camente en su literal l) Declarar eventos de interés turístico regional, y literal q) Organizar y conducir las actividades de promoción turística de la región en coordinación con las organizaciones de la actividad turística y los gobiernos locales. Que, la presente ordenanza se enmarca dentro de las funciones establecidas en el artículo 63º de la Ley Nº 27687 -Ley de Gobiernos Regionales, señalando que el “Chancho al Palo” es un plato tradicional y plato bandera de la provincia de Huaral, con gran éxito no solamente en la región, sino a nivel nacional e internacional, sobre todo con su relevante y ya famosa participación en la Feria Gastronómica Internacional “Mistura”, constituyendo una de las plataformas de desarrollo gastronómico, turístico y cultural, que promueve y difunde la cultura gastronómica de la Región Lima. Que, el “Chancho al Palo” es un plato tradicional de la provincia de Huaral, que en inicios se preparaba solo en las fi estas familiares y posteriormente se ofrece en los restaurantes campestres de Huaral. Que, el “Día del Chancho al Palo”, constituye para la provincia de Huaral Región Lima, una de las plataformas del desarrollo gastronómico, turístico y cultural, que promueve y genera el fortalecimiento de las actividades como desarrollo integral y sostenible, el chancho al palo es uno de los platos banderas de la provincia de Huaral, su sabor y aroma se obtienen gracias a la utilización de carne de cerdo y leña de calidad propia de la zona. Teniendo en cuenta la amplia cultura gastronómica, así como las posibilidades de incursionar en el marcado internacional con este producto, se vienen impulsando en la Región la participación de la gastronomía en la Feria Internacional Mistura. Que, en el marco del “Día del Chancho al Palo” se realizará el Festival del Chancho al Palo con la exposición y venta de este producto bandera, el cual tiene como objetivo fomentar y promover la gastronomía Huaralina, asimismo impulsar el turismo y visita a los principales atractivos turísticos de la provincia de Huaral. Además dicha actividad se realiza en la semana de aniversario de la Provincia de Huaral. Que, asimismo es necesario que el “Día del Chancho al Palo” y el Festival sean incluidos en el Calendario Turístico Regional que difunde el Ministerio de Comercio Exterior y