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El Peruano Martes 16 de junio de 2015 555136 proyectos para la promoción y fortalecimiento de las familias; así como para la adecuada atención de la población por las Sociedades de Benefi cencia Pública y los referidos a personas adultas mayores y sus derechos; Que, en mérito a lo señalado, mediante Memorando Nº 219-2015-MIMP/DGFC del 2 de junio de 2015, la Dirección General de la Familia y la Comunidad hace suyo el Informe Nº 033-2015-MIMP-DGFC-DIBP-AACG, el cual solicita la transferencia de recursos fi nancieros a favor de treinta y un (31) Sociedades de Benefi cencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, hasta por la suma de CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 25/100 NUEVOS SOLES (S/. 466 847,25), para el pago de remuneraciones y pensiones, correspondiente al mes de junio de 2015; Que, con Memorando Nº 347-2015-MIMP/OGPP del 3 de junio de 2015, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 020-2015-MIMP/ OGPP-OPR de la Ofi cina de Presupuesto, a través del cual emite opinión favorable para la transferencia fi nanciera a favor de treinta y un (31) Sociedades de Benefi cencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para el pago de remuneraciones y pensiones, correspondiente al mes de junio de 2015, por lo que otorga la disponibilidad presupuestaria por el monto de hasta CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 25/100 NUEVOS SOLES (S/. 466 847,25) en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, especifi ca de gastos “2.4.1.3.1.4 a Otras Entidades Públicas” y metas presupuestarias señaladas en el Cuadro Nº 1 adjunto al citado Informe; Que, mediante Memorando Nº 847-2015-MIMP/ OGA del 4 de junio de 2015, la Ofi cina General de Administración ha señalado que no encuentra objeción para la transferencia fi nanciera propuesta por la Dirección General de la Familia y la Comunidad, mediante Memorando Nº 219-2015-MIMP/DGFC, la cual deberá ser formalizada con resolución ministerial, en virtud de lo establecido en el literal c) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; Que, en tal sentido, a fi n de efectivizar el pago de remuneraciones ypensiones, correspondiente al mes de junio de 2015, de los trabajadores y pensionistas de las treinta y un (31) Sociedades de Benefi cencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, resulta pertinente emitir el acto por el que se apruebe la transferencia fi nanciera hasta por la suma de CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 25/100 NUEVOS SOLES (S/. 466 847,25) a favor de las citadas Sociedades de Benefi cencia Pública; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina General de Administración y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 26918 - Ley de creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo - SPR; el Decreto Legislativo Nº 1098 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, el Decreto Supremo Nº 003- 2012-MIMP que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, modifi cado por Decreto Supremo N° 002- 2015-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central, hasta por la suma de CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 25/100 NUEVOS SOLES (S/. 466 847,25) a favor de treinta y un (31) Sociedades de Benefi cencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, la cual será destinada al pago de remuneraciones y pensiones, correspondiente al mes de junio de 2015, de los trabajadores y pensionistas de las citadas Sociedades de Benefi cencia Pública. Artículo 2.- La Ofi cina General de Administración deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Las Sociedades de Benefi cencia Pública deberán efectuar las rendiciones respectivas de los recursos transferidos, debiendo informar las mismas a la Dirección de Benefi cencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad. Los recursos asignados que no fueren utilizados deberán ser revertidos al Tesoro Público. Artículo 4.- La Dirección General de la Familia y la Comunidad, a través de la Dirección de Benefi cencias Públicas, y la Ofi cina General de Administración, en el marco de sus competencias, serán los responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas de los recursos materia de transferencia. Artículo 5.- Disponer que el Anexo a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución se publique en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1251097-1 Designan Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Piura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 125-2015-MIMP Lima, 15 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 195-2014- MIMP, entre otras acciones, se designó a la licenciada MERCEDES FRANCO TEMPLE DE HECK como Presidenta del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Piura; Que, por convenir al servicio, es necesario dar por concluida la citada designación y designar a la persona que se desempeñará en dicho cargo; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, de la Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26918 - Ley de Creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo; en la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 1098 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP, modifi cado por Decreto Supremo Nº 002-2015-MIMP; y en el Decreto Supremo Nº 004-2010-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la licenciada MERCEDES FRANCO TEMPLE DE HECK como Presidenta del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Piura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor TOMAS MORENO ROSADO como Presidente del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1251097-2