TEXTO PAGINA: 20
El Peruano Martes 16 de junio de 2015 555142 Tres Mil Quinientos Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 4’203,540.00), para la extensión de los Programas de Maestría en Universidades Peruanas Convocatoria 2013 para el Año 2015, aprobada mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 074-2015-FONDECYT-DE; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT adjunta a su Ofi cio Nº 204-2015-FONDECYT-DE, el Informe Técnico Legal Nº 02-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES, suscrito por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Evaluación y Selección, la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, que determina la viabilidad técnica, presupuestal y legal para la aprobación de la transferencia fi nanciera y el otorgamiento de subvención por un monto total de Cuatro Millones Doscientos Tres Mil Quinientos Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 4’203,540.00), de los cuales la suma de Un Millón Doscientos Noventa y Dos Mil Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1’292,040.00) corresponde a la Transferencia que se efectuará a la Universidad Nacional de Tumbes (S/. 807,000.00) y a la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/. 485,040.00); y la suma de Dos Millones Novecientos Once Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2’911,500.00) corresponde al Otorgamiento de Subvenciones que se efectuará a la Universidad Peruana Cayetano Heredia (S/. 1’632,000.00), a la Universidad de Piura (S/. 853,500.00) y a la Universidad Católica de Santa María (S/. 426,000.00), asimismo, adjunta el Certifi cado de Crédito Presupuestario Nº 0000000352, la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 074-2015-FONDECYT-DE, y copias de los Convenios de Gestión Nº 024, Nº 025, Nº 030, Nº 031, Nº 033 y Nº 036- 2015-FONDECYT; Que, mediante Informe Nº 151-2015-CONCYTEC- OGPP, del 9 de junio del 2015, el Jefe (e) de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC informa que la transferencia fi nanciera y el otorgamiento de subvención solicitados por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, cuentan con disponibilidad presupuestal por la suma de Cuatro Millones Doscientos Tres Mil Quinientos Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 4’203,540.00); Que, asimismo, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto señala que con la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000000352 de la Unidad Ejecutora 002: FONDECYT por el monto de Cuatro Millones Doscientos Tres Mil Quinientos Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 4’203,540.00) fi nanciará la extensión de la Convocatoria 2013 para el Año 2015 del Esquema Financiero “Programa de Maestrías en Universidades Peruanas”; Que, mediante Informe Nº 138-2015-CONCYTEC- OGAJ, la Jefa (e) de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, señala que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 02- 2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES emitido por el FONDECYT, y en el informe presupuestal de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, se ha cumplido con lo dispuesto en el Numeral 4.2 de la Directiva Nº 002-2015-CONCYTEC-OGPP; Que, en atención a las opiniones técnicas emitidas, corresponde aprobar la transferencia fi nanciera y el otorgamiento de subvención solicitados por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, hasta por la suma de Cuatro Millones Doscientos Tres Mil Quinientos Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 4’203,540.00); Con el visto bueno del Secretario General, del Jefe (e) de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del FONDECYT, y de la Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), en el Decreto Supremo Nº 026-2014- PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, y en la Directiva Nº 002-2015-CONCYTEC-OGPP “Procedimiento para la aprobación de transferencias fi nancieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015”, aprobada por Resolución de Presidencia Nº 038-2015-CONCYTEC-P, modifi cada por Resolución de Presidencia Nº 064-2015-CONCYTEC-P; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera y el otorgamiento de subvención, por la suma de Cuatro Millones Doscientos Tres Mil Quinientos Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 4’203,540.00), en el marco del Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, conforme al detalle siguiente: Nº Tipo de fi nanciamiento Institución Monto aprobado S/. 1 Transferencia fi nanciera (entidad pública) Universidad Nacional de Tumbes 807,000.00 1’292,040.00 2 Universidad Nacional Agraria La Molina 485,040.00 3 Subvención (persona jurídica privada) Universidad Peruana Cayetano Heredia (2) 1’632,000.00 2’911,500.00 4 Universidad de Piura 853,500.00 5 Universidad Católica de Santa María 426,000.00 Monto Total S/. 4’203,540.00 Artículo 2º.- Notifi car la presente Resolución a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y a la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; así como a la Dirección Ejecutiva del Fondo Nacional de Desarrollo Científi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. GISELLA ORJEDA Presidente 1251068-2 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Aprueban Directiva “Procedimiento para el registro y atención de reclamos interpuestos por los usuarios en el Libro de Reclamaciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 033-2015-OEFA/SG Lima, 3 de junio de 2015 VISTOS: El Memorándum N° 218-2014-OEFA/OAJ, el Informe N° 098-2014-OEFA/OAJ, el Memorándum N° 500-2014-OEFA/OAJ, los Memorándums números 0016 y 175-2015-OEFA/OCAC, y el Informe N° 202-2015-OEFA/ OAJ, y; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo N° 042-2011-PCM, que establece la Obligación de las Entidades del Sector Público de contar con un Libro de Reclamaciones, regula en su Artículo 3° que las entidades de la Administración Pública, señaladas en los numerales del 1 al 7 del Artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General deben contar con un Libro de Reclamaciones en el cual los usuarios formulen sus reclamos consignando información relativa a su identidad y aquella necesaria a efectos de dar respuesta al reclamo formulado; Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 003-2012-OEFA/SG, se aprobó la Directiva N° 001-2012-