Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2015 (18/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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el procedimiento sancionador seguido en contra del partido politico Restauracion Nacional, emita un MORDAZA pronunciamiento, en atencion a las consideraciones senaladas en la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Marallano MORDAZA Secretaria General (e) 1252287-1

El Peruano Jueves 18 de junio de 2015

A traves del Oficio Nº 000725-2015/SGEN/RENIEC, recibido el 15 de junio de 2015, la secretaria general del Reniec remitio el Informe Nº 000079-2015/GRE/SGVFAE/ RENIEC, detallando que, del MORDAZA lote de firmas, se alcanzo un total de 19 215 (diecinueve mil doscientos quince) registros validos. En consecuencia, se ha acreditado un total de 60 757 (sesenta mil setecientos cincuenta y siete) firmas validas. CONSIDERANDOS 1. De conformidad con lo dispuesto en el literal b del articulo 6 de la Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos, estos tienen derecho a presentar iniciativas en la formacion de leyes para lo cual deberan acompanar a su solicitud firmas comprobadas de no menos del cero punto tres por ciento (0.3%) de la poblacion electoral nacional, conforme refiere el articulo 11 de la citada ley. 2. Tal como se senalo en los antecedentes, el Reniec ha acreditado que la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dammert MORDAZA MORDAZA alcanzo un total de 60 757 (sesenta mil setecientos cincuenta y siete) registros validos, cifra que supera el numero minimo de adherentes establecido en la Resolucion Nº 0604-2011-JNE, de fecha 6 de junio de 2011, en cuyo articulo tercero se establecio que la cifra minima de adherentes para presentar una iniciativa legislativa es de 59 580, calculada en funcion al padron electoral aprobado para las Elecciones Generales de 2011, mediante Resolucion Nº 020-2011-JNE, del 20 de enero de 2011, tal como se indica en el articulo primero de aquella resolucion. 3. En tal sentido, en vista de que en el presente caso las firmas validas presentadas por el promotor superan el minimo requerido para el fin solicitado, corresponde dar cuenta al Congreso de la Republica de la certificacion de registros validos de adherentes informada por el Reniec. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Unico.- HACER DE CONOCIMIENTO del Congreso de la Republica, asi como de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dammert MORDAZA MORDAZA, la certificacion de 60 757 (sesenta mil setecientos cincuenta y siete) registros validos de adherentes, otorgada por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en el tramite del MORDAZA de iniciativa legislativa de "Capitalizacion e integracion de Petroperu garantiza la soberania energetica del Peru". Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1252287-2

Hacen de conocimiento del Congreso de la Republica, y de promotor, la certificacion de registros validos de adherentes, otorgada por el RENIEC, en el tramite del MORDAZA de iniciativa legislativa de "Capitalizacion e integracion de Petroperu garantiza la soberania energetica del Peru"
RESOLUCION Nº 166-2015-JNE Expediente Nº J-2015-00057 VERIFICACION DE AUTENTICIDAD DE FIRMAS MORDAZA, dieciseis de junio de dos mil quince. VISTO el expediente sobre verificacion de autenticidad de firmas de adherentes, promovida por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dammert MORDAZA Aguirre. ANTECEDENTES Con fecha 6 de marzo de 2015, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dammert MORDAZA MORDAZA, en su calidad de promotor, solicito la verificacion de firmas de adherentes para dar inicio a un MORDAZA de iniciativa legislativa de "Capitalizacion e integracion de Petroperu garantiza la soberania energetica del Peru". En tal sentido, presento 7442 (siete mil cuatrocientos cuarenta y dos) planillones de firmas de adherentes para su respectiva comprobacion de autenticidad. Con Oficio Nº 00952-2015-SG/JNE, de fecha 11 de marzo de 2015, se remitio la documentacion pertinente al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (Reniec), para el respectivo cotejo. A su vez, con el Oficio Nº 000430-2015/SGEN/ RENIEC, recibido el 24 de marzo de 2015, la secretaria general del Reniec remitio el Informe Nº 000045-2015/ GRE/SGVAE/RENIEC, comunicando que no es posible iniciar la verificacion de firmas de las listas de adherentes (planillones) por presentar inconsistencias entre los registros fisicos y digitales. El 7 de MORDAZA de 2015, luego de subsanar las observaciones, el promotor presento 7141 (siete mil ciento cuarenta y un) planillones; los cuales, por medio del Oficio Nº 01435-2015-SG/JNE, de fecha 8 de MORDAZA de 2015, fueron remitidos al Reniec para el tramite de verificacion. Mediante el Oficio Nº 000610-2015/SGEN/RENIEC, recibido el 7 de MORDAZA de 2015, la secretaria general del Reniec adjunto el Informe Nº 000064-2015/GRE/ SGVFAE/RENIEC, en el que se detalla que la solicitud de certificacion de firmas de adherentes, formulada por el promotor, alcanzo un total de 41 542 (cuarenta y un mil quinientos cuarenta y dos) registros validos. En atencion al Oficio Nº 01701-2015-SG/JNE, de fecha 11 de MORDAZA de 2015, el promotor, con fecha 25 de MORDAZA del ano en curso, presento 3132 planillones adicionales, en tanto que el registro digital subsanado fue presentado el 28 de MORDAZA de 2015, los cuales, en dicha fecha, fueron remitidos al Reniec con el Oficio Nº 01930-2015-SG/JNE, para el correspondiente cotejo.

Dejan sin efecto credencial expedida a congresista y expiden credencial que acredita a ciudadana como congresista de la Republica, para completar el periodo legislativo 2011 - 2016
RESOLUCION Nº 168-2015-JNE Expediente Nº J-2015-0175 MORDAZA, 17 de junio de dos mil quince.

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